Decreto exento número 1.016, de 2025.- Autoriza al Ejército de Salvación para efectuar colecta pública anual
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.225 Jueves 14 de Agosto de 2025 Página 1 de 2 Normas Particulares CVE 2684077 MINISTERIO DEL INTERIOR Subsecretaría del Interior AUTORIZA A LA ENTIDAD DENOMINADA "EJÉRCITO DE SALVACIÓN", PARA EFECTUAR COLECTA Núm. 1.016 exento. - Santiago, 25 de junio de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 10.262, que faculta al Presidente de la República para autorizar rifas, sorteos, etc., de las características y en las condiciones que indica; la ley Nº 16.436, que declara que las materias que indica podrán ser objeto de decretos o resoluciones expedidos por las autoridades que señala, con la sola firma del respectivo funcionario; en la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.175, orgánica constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior; en la ley Nº 21.073, que regula la elección de Gobernadores Regionales y realiza adecuaciones a diversos cuerpos legales; en el decreto supremo Nº 955, de 1974, del Ministerio del Interior, que establece el Reglamento sobre realización de Rifas, Sorteos y Colectas; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, y los antecedentes adjuntos. Considerando: 1. - Que, mediante carta de fecha 24 de abril de 2025, dirigida al Ministro del Interior, Sr. Álvaro Elizalde Soto, el Representante Legal de la Institución denominada "Ejército de Salvación", Sr.
Alfredo Márquez Zambrano, solicita autorización para realizar colecta nacional anual, exceptuando las regiones de Coquimbo, Aysén y del Maule, los días 14 y 15 de noviembre de 2025.2.- Que, la Institución "Ejército de Salvación"es un movimiento internacional, sin fines de lucro, presente en 132 países alrededor del mundo;en Chile, funciona desde el año 1909, y está presente en todo el territorio chileno, desde Arica a Punta Arenas, a través de sus programas de ayuda social, que tienen como propósito primordial atender a los sectores más vulnerables de la sociedad. 3.- Que, mediante decreto supremo Nº 955, de1974, el Ministerio del Interiorestablece el Reglamento sobre realización de Rifas, Sorteos y Colectas.
Decreto: 1. - Autorízase a la entidad denominada "Ejército de Salvación"para realizar una colecta anual pública, exceptuando las regiones de Coquimbo, Aysén y del Maule, los días 14 y 15 de noviembre de 2025.2.- Las utilidades que se generen producto de la presente colecta serán destinadas íntegramente a financiar alimentación para 10.000 personas de escasos recursos en época de Navidad, a través de Cenas de Navidad y/o entregade Canastas Familiares. 3.- Las erogaciones sólo podrán recibirse en alcancías numeradas y controladas por el Delegado Presidencial Regional o Provincial respectivo o las personas que se designen en su representación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2684077 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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