Ley número 21.714.- Autoriza construir un monumento en homenaje a la primera mujer minera
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.031 Lunes 23 de Diciembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2587826 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO LEY NÚM. 21.714 AUTORIZA CONSTRUIR UN MONUMENTO EN HOMENAJE A LA PRIMERA MUJER MINERA Teniendo presente que el H.
Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley que tuvo su origen en una moción de las diputadas Marta González Olea, Alejandra Placencia Cabello y Carolina Tello Rojas y de los diputados Jaime Araya Guerrero, Luis Cuello Peña y Lillo, Andrés Giordano Salazar, Cosme Mellado Pino, Raúl Soto Mardones, Cristián Tapia Ramos y Héctor Ulloa Aguilera, Proyecto de ley: “Artículo 1. - Autorízase a construir un monumento en homenaje a la primera mujer minera en Chile, señora Alejandra Graciela Arévalo Troncoso, en la comuna de Machalí, Región del Libertador Bernardo O'Higgins. Artículo 2. - Créase un fondo para dar cumplimiento a lo señalado en el artículo precedente constituido por donaciones y aportes privados que se destinarán a la concreción e instalación del referido monumento.
Artículo 3. - Créase una comisión especial encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, que estará integrada por los siguientes miembros ad honórem: a) Un representante del Ministerio de Minería. b) Un representante del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. c) Un representante del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. d) Un representante del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género. e) Un representante de la Cámara de Diputados. f) El alcalde o alcaldesa de la Ilustre Municipalidad de Machalí. g) Un representante del Sindicato de Supervisores y Profesionales Rol - A SISET División “El Teniente”. h) Un representante de la Corporación Patrimonial Sewell, que oficiará como secretario ejecutivo de la comisión. El quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de mayoría simple de sus integrantes.
Artículo 4. - La comisión especial tendrá las siguientes funciones: a) Llamar a concurso público para la realización de la obra monumento, fijar sus bases y determinar el jurado que definirá al ganador de dicha convocatoria. b) Proponer el lugar en que se ubicará el monumento en coordinación con la Ilustre Municipalidad de Machalí, con el Consejo de Monumentos Nacionales y demás autoridades competentes. c) Administrar el fondo creado por el artículo 2. d) Determinar lo dispuesto en el artículo 5. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2587826 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Artículo 6. - Reemplázase en el artículo único de la ley N 20.363, que Instituye el Día del Minero, la expresión “Día del Minero” por “Día del Minero y la Minera”.”. Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República. Santiago, 9 de diciembre de 2024. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Saluda atentamente a usted, Jimena Jara Quilodrán, Subsecretaria de las Culturas ylas Artes. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2587826 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl