Autor: Felipe Lizama Silva Sacerdote
Columnas de Opinión: Nuncio apostólico, Decano del Cuerpo Diplomático
Columnas de Opinión: Nuncio apostólico, Decano del Cuerpo Diplomático Inio Kast?". Ante el acto oficial del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), no fueron pocos los que se hicieron esta pregunta y vincularon su participación en la explícita confesionalidad Católica del proclamado Presidente. Larazón de su participación, que es de naturaleza histórica y jurídica, manifiesta el rol relevante de la Iglesia (Santa Sede) en el derecho internacional, tan citado en estos días. La derrota de Napoleón en Waterloo (Bélgica, 1815) marcó el fin del Imperio Francés y puso a las potencias europeas en una urgente situación. El Congreso de Viena de 1815 buscó restaurar el orden político, reorganizar Europa y regular la diplomacia.
Sobre este último punto es importante indicar que el Congreso aprobó el "Reglamento sobre el rango de los agentes diplomáticos". En él se clasifican los agentes diplomáticos: 1 Embajadores, legados y nuncios, 2º Ministros plenipotenciarios y 3 Encargados de Negocios (Art. 1). Los nuncios (apostólicos) son equiparados a los embajadores.
Además, se establece la igualdad de estos (Art. 2), aunque se le reconoce al nuncio de Su Santidad una precedencia consuetudinaria en el derecho internacional (Art. 3). Para ser precisos, el Reglamento "no introduce novedad respecto de los representantes del Papa"; preserva la praxis anterior, confirmando una costumbre, no constituyendo una norma distinta o nueva.
La Santa Sede fue la primera institución europea en la proclamación del Presidente electo José Antohile es un país laico. ¿ Qué hace el nuncio apostolico con diplomacia permanente, lo reconocen los firmantes del concordato (estados confesionales y no confesionales). Posteriormente, la Convención de Viena de 1961 confirmó esta práctica en el Art. 16 3, precisando que los Estados no están obligados a reconocer al nuncio como decano del cuerpo diplomático, y que pueden decidir de otro modo (como puede ser por la antigüedad personal o del oficio). Esta norma es razonable, entendiendo que además de Estados laicos (como el nuestro), donde se tutela la libertad religiosa, pueden existir sistemas de tradición laicistas o abiertamente confesionales no católicos.
En el caso de Chile, el Ministerio de Relaciones Exteriores establece dos principios normativos importantes que debemos considerar y que son parte de nuestra tradición de política internacional: Primero, "el Gobierno de Chile reconoce como Decano del Cuerpo Diplomático al nuncio apostólico de Su Santidad" (Art. 3 del Decreto 171 de 2016) y, segundo, en las ceremonias oficiales del Estado, el Decano del Cuerpo Diplomático forma parte de las autoridades nacionales o extranjeras que están dentro del protocolo, debiendo ocupar el primer lugar frente a los demás embajadores (Art. 1º del Decreto 377 de 1969). Por tanto, la participación del nuncio de Su Santidad en el acto del Tribunal Calificador de Elecciones y los demás actos oficiales del Estado, no responde a una contingencia, sino a una norma positiva que consagra en Chile una costumbre del derecho internacional. Autor: Felipe Lizama Silva Sacerdote. C Columna