Autor: Mónica Arnouil Seguel, académica dela Universidad Autónoma
Permisología y humedales
E Los puntos de inflexión ambiental no están en sólo obligar a las empresas arealizar “bien” su evaluación ambiental, sino en la obligación del Estado en su rol de protector de nuestros derechos fundamentales, como el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación.
Lamento que las empresas refieran al Servicio de Evaluación Ambiental como “la permisología”, pero en eso se ha convertido, en un sistema queno logra complir con su mandato preventivo, El Estado no sólo se debe centrar en crear leyes, sino en asegurar su eficacia obligatoria; hoy somos testigos de sentencias del Tercer Tribunal Ambiental que han dejado sin efecto resoluciones del propio Ministerio de Medio Ambiente que habían declarado en categoría de Humedales Urbanos en ciertas localidades.
Asíen humedales, por ejemplo, de Pucón y Puerto Montt se continuará construyendo, terminando de destruir su ciclo vital, es decir, menos agua dulce de reserva y paisaje para las personas de esos territorios. ¿La necesidad, entonces, está en insistir que las empresas cumplan con su trabajo en la evaluación ambiental o en exigir una eficiente y oportuna evaluaciónambiental conforme a la ley, y velar por su cumplimiento?