Decreto número 38, de 2025.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el ex Cuartel de Investigaciones, ubicado en calle Ibieta N° 165, Sitio de Memoria Ex Centro de Detención CNI de Rancagua, comuna de Rancagua, Región del Libertador General Bernardo O'Higgins
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2746882 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL EX CUARTEL DE INVESTIGACIONES, UBICADO EN CALLE IBIETA N 165, SITIO DE MEMORIA EX CENTRO DE DETENCIÓN CNI DE RANCAGUA, COMUNA DE RANCAGUA, REGIÓN DEL LIBERTADOR BERNARDO O'HIGGINS Núm. 38.- Santiago, 18 de diciembre de 2025.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3 N 25 de la ley N 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N 17.288, que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes N 16.617 y N 16.719, deroga el decreto ley N 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo N 11, del 2018, que modifica el decreto supremo N 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en actas de sesiones ordinarias de fechas 20 de noviembre de 2024 y de 5 de febrero de 2025, ambas del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución N 36, de 2024, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1. Que, la solicitud de declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Sitio de Memoria ex centro de detención CNI de Rancagua, fue presentada por la Sra. Lucía Muñoz Sandoval, Secretaria Regional Ministerial de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, mediante carta de fecha enero de 2022.2. Que, el inmueble se encuentra ubicado en la calle Ibieta N 165 en la comuna de Rancagua y su sistema constructivo es el de albañilería confinada.
El recinto, que albergó a la Policía de Investigaciones, funcionó conjuntamente como un centro clandestino de la Central Nacional de Informaciones (CNI). Fue utilizado como centro transitorio de reclusión, interrogatorio y tortura de prisioneros políticos, durante la década de 1970 y 1980.3. Que, si bien el inmueble ha sufrido modificaciones como la subdivisión de espacios y algunas ampliaciones, se mantiene muy similar a las condiciones en las que funcionaba como sitio de represión y tortura. 4.
Que, el territorio de lo que hasta 1974 eran las provincias de O'Higgins y Colchagua fue escenario de grandes transformaciones estructurales de la década de 1960 hasta 1973, tales como el inicio y profundización de la reforma agraria, el proceso de nacionalización del cobre, con Eduardo Frei Montalva y Salvador Allende, respectivamente, y la recordada Huelga de El Teniente en 1973. Al momento en que arribó la dictadura a la región, se vive un momento de fuerte polarización política y un alto nivel de sindicalización y organización por los sectores de izquierda. El Informe Valech consigna que durante las primeras horas se conocieron las primeras Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746882 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 2 de 4 detenciones en comisarías, regimientos y cárceles. Militares y Carabineros detuvieron a dirigentes sindicales de la mina El Teniente y a miembros de organizaciones rurales, sociales y políticas. Entre los años 1973 y 1974 se consolidó el mayor número de detenidos y diversos lugares sirvieron como centros de detención. En los años posteriores, la totalidad de los recintos carcelarios de la región fueron lugares de reclusión permanente o transitoria. Para la región, se reconocen alrededor de 60 sitios de detención, interrogatorio y tortura. 5.
Que, a través de testimonios se ha podido conocer el funcionamiento del espacio, el cual originalmente estuvo destinado a la Policía de Investigaciones, sin embargo, y como ocurrió también en otros espacios represivos, la CNI utilizó las dependencias para identificar e interrogar a las personas detenidas por motivos políticos.
Los testimonios han permitido identificar que las torturas se realizaban mayoritariamente en un subterráneo, donde hubo celdas, y que en el segundo piso los detenidos eran llevados después de las sesiones para "reponerse". Además, denunciaron que frecuentemente eran llevados a la Fiscalía Militar, o hacia la cárcel de mujeres "El Buen Pastor" para ser interrogados y torturados. El expediente de declaratoria consigna 5 causas judiciales asociadas al sitio, desarrolladas entre 2011 y 2019.
Se pone de relieve el caso de Julio Muñoz Otárola, dirigente sindical de la Mina El Teniente, cuya casa en Machalí fue allanada por Carabineros en noviembre de 1981 para detenerlo a él y a su hermano. 6.
Que, el historial posterior de uso del inmueble ha sido variado, pero dentro de estos destaca el uso y habilitación del sitio como sede de la Comisión chilena de Derechos Humanos de Rancagua, que ha contribuido sustancialmente a la recuperación del sitio y a su puesta en valor como sitio de memoria.
Prueba de ello es la instalación de una placa que indica el lugar como un ex centro de tortura, la incorporación del espacio en la ruta de la memoria, proyecto realizado en conjunto con el museo de la memoria, el trabajo de recopilación de testimonios que se realizó con los Familiares de la Agrupación de Detenidos Desaparecidos y Ejecutados de la Sexta Región, la creación de un libro de biografías de diferentes organizaciones sociales de Rancagua, entre otras iniciativas.
Actualmente, es la sede de la CUT y en ambos niveles, las oficinas son utilizadas por diversos gremios y asociaciones sindicales como la Confederación de Funcionarias y Funcionarios de la Salud Municipal, la Asociación de Funcionarios de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y el Sindicato de Trabajadores de la Educación Municipal. En la edificación se realizan conversatorios, actividades culturales y de organización sindical con un alto grado de legitimidad y participación por parte de la comunidad. 7.
Que, los atributos que presenta el bien y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, son los siguientes: La fachada del inmueble, con elementos de arquitectura moderna, que conserva sus características morfológicas desde su uso original, y posteriormente, como centro de detención y tortura. Recintos que conservan las características de su uso como espacio represivo, con su distribución dentro del inmueble y superficie. En específico: 10 habitaciones del primer nivel, y 6 habitaciones del segundo nivel, utilizadas como salas de interrogatorios y torturas. El patio central interior, que conserva en gran parte sus características durante su uso como espacio de detención y tortura. Fue reconocido a través de testimonios como lugar donde se permitía circular a los detenidos antes de los apremios ilegítimos, y actualmente ha sido resignificado como espacio de encuentro y memoria.
Elementos que se conservan de la época, tales como marcos de ventanas, mástil en antejardín utilizado por la Policía de Investigaciones, pavimentos del patio (cerámica amarillo y verde) y del pasillo del segundo piso (cerámica amarillo y verde) y puertas interiores y puerta de acceso. 8.
Que, como valores históricos, de memoria y derechos humanos que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: Su ubicación estratégica en el centro de la ciudad de Rancagua configuró un circuito represivo utilizado durante la dictadura civil-militar, estableciendo el traslado de personas detenidas hacia la ex cárcel de Rancagua, la antigua Intendencia y la Cárcel del Buen Pastor. Este lugar formó parte de la red de sitios vinculados a violaciones sistemáticas de derechos humanos en la Región de O'Higgins.
La preservación del inmueble ha permitido el desarrollo de un proceso de identificación a través de la memoria de ex presos políticos y sobrevivientes, mediante testimonios y registros orales, contribuyendo al esclarecimiento de los hechos y a la verdad judicial. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746882 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 3 de 4 El uso actual del inmueble lo ha resignificado como un espacio para la reflexión y el quehacer político, al ser un lugar de encuentro para la comunidad, particularmente las organizaciones sindicales y trabajadores de la Región de O'Higgins, y anteriormente, como sede de la Comisión Chilena de DDHH de Rancagua, siendo un foco de la promoción de los Derechos Humanos en la región.
La preservación del inmueble en el tiempo, es una contribución a la educación y promoción de los derechos humanos del conjunto de la sociedad, como expresión de la obligación estatal de garantizar la verdad de los hechos, reparar simbólicamente a las víctimas, sus familiares, a la sociedad en su conjunto y generar garantías efectivas de no repetición en el ámbito de la cultura y el patrimonio. " 9. Que, para esta declaratoria se realizaron las siguientes consultas de opinión: Ministerio de Bienes Nacionales, que, mediante su entonces Ministra, Sra. Marcela Sandoval Osorio, en Ord. Gabm. N 185, del mes de mayo de 2024, si bien no se pronunció respecto de la declaratoria, remitió antecedentes sobre el inmueble. Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, que, mediante su Jefa de Colecciones e Investigación, Sra.
María Fernanda García Iribarren, en carta MMDH N290/2024, de fecha 12 de febrero de 2024, si bien no se pronunció respecto de la declaratoria, señaló no haber encontrado documentación sobre el Sitio de Memoria ex cuartel de Investigaciones de Rancagua. Subsecretaría de Derechos Humanos, que, mediante su Subsecretaria, Sra. Daniela Quintanilla Mateff, en Ord. N 716, de fecha 2 de septiembre de 2024, se pronunció favorablemente a la declaratoria. Central Unitaria de Trabajadores (CUT), que, mediante su Presidente Nacional, Sr. David Acuña Millahueique, mediante correo electrónico, de fecha 15 de abril de 2024, se pronunció favorablemente a la declaratoria. 10. Que, el inmueble es de propiedad del fisco y, a través del Ministerio de Bienes Nacionales, se encuentra actualmente en concesión de uso gratuito en favor de la Central Unitaria de Trabajadores. 11.
Que, en sesión ordinaria de fecha 20 de noviembre de 2024, el Consejo de Monumentos Nacionales, de forma unánime, acordó aprobar la solicitud de declaración y pedir a la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Sitio de Memoria ex centro de detención CNI de Rancagua, incorporando a dicho decreto el plano de límites oficial N 29-2024.12.
Que, en sesión ordinaria de fecha 5 de febrero de 2025, el Consejo de Monumentos Nacionales dictó fe de erratas respecto del acta de fecha 20 de noviembre de 2024, en cuanto a errores formales y precisiones respecto de los atributos y valores del Sitio de Memoria.
Decreto: Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, el ex cuartel de Investigaciones, ubicado en calle Ibieta N 165, Sitio de Memoria ex centro de detención CNI de Rancagua, comuna de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O'Higgins, individualizado y graficado según plano de límites oficial N 29-2024, el cual se adjunta, estableciendo un área protegida de 351 m², en los siguientes términos: DESCRIPCIÓN DEL ÁREA DE PROTECCIÓN Tramo Descripción A - B Límite nororiente, línea por fondo de predio. Límite suroriente, línea por deslinde de predio, proyectada hasta solera norte B - C de calle Ibieta. C - D Límite surponiente, línea por solera norte de calle Ibieta. Límite norponiente, línea desde solera norte de calle Ibieta, proyectada hasta D - A línea oficial, siguiendo por deslinde de predio, hasta el fondo del mismo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746882 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.343 Jueves 8 de Enero de 2026 Página 4 de 4 POLÍGONO DE PROTECCIÓN Coordenadas SIRGAS-CHILE / UTM 19 Sur Punto Este (x) Norte (y) A 339.797 6.217.200 B 339.811 6.217.197 C 339.807 6.217.174 D 339.793 6.217.176 Artículo segundo: Archívese oficialmente el plano N 29-2024 de límites del ex cuartel de Investigaciones, ubicado en calle Ibieta N 165, Sitio de Memoria ex centro de detención CNI de Rancagua, comuna de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O'Higgins, con el fin de dejar constancia indubitada de su contenido y ajustarse al principio de transparencia y publicidad que debe imperar en los procedimientos administrativos de los órganos de la Administración del Estado.
Artículo tercero: Incorpórase el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3 N 30 de la ley N 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo cuarto: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, ex cuartel de Investigaciones, ubicado en calle Ibieta N 165, Sitio de Memoria ex centro de detención CNI de Rancagua, comuna de Rancagua, Región del Libertador Bernardo O'Higgins, en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el N 4 del artículo 30 de la ley N 21.045. Anótese y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2746882 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl