Corte Suprema dice que los whatsapp escritos en computadores compartidos no son privados
Corte Suprema dice que los whatsapp escritos en computadores compartidos no son privados Tribunal rechazó recurso de carabinero que denunció a colega por divulgar mensajes personales Corte Suprema dice que los whatsapp escritos en computadores compartidos no son privados La corte dice que fue responsabilidad del denunciante no cerrar las sesiones de WhatsApp Web. Académico de la UC dice que la sentencia es un error.
Juan MORALES E 23 de septiembre de 2024, un E 23 de septiembre de 2024, un sargento segundo de Carabineros ingresó al retén El Tránsito, al que pertenecía, en lo profundo de la comuna Alto del Carmen, región de Atacama, después de completar el primer patrullaje de la jornada. Como buen retén de una localidad así de apartada, se trata de un recinto de modestas dimensiones, con poca dotación y pocos computadores, un detalle importante para esta historia. En determinado momento el sargento mandó a imprimir un documento a la impresora del retén. Cuando fue a buscar los papeles, se dio cuenta de que estaban "en cola", es decir que figuraban en la lista de documentos para ser impresos, unos whatsapp. Para su sorpresa, el sargento pudo distinguir que esos whatsapp eran suyos. Correspondían a una conversación que sostuvo con un colega de la Comisaría de Alto del Carmen. Alguien había tenido acceso a esas conversaciones y las estaba imprimiendo. El sargento denunció el hecho al jefe del retén. Siguieron las sorpresas.
Su jefe le dijo que el día anterior una compañera suya, carabinera de una compañera suya, carabinera de una compañera suya, carabinera de El denunciante perdió ante la Corte de Apelaciones de Copiapó y ante la Suprema. la misma dotación, le había mostrado estos whatsapp impresos para presentar una denuncia en su contra.
El sargento supo que esos whatsapp los había obtenido la funcionaria por un computador compartido por varios funcionarios, pero que estaba vinculado con su celular a través de la aplicación WhatsApp Web, que permite usar el whatsapp en el computador. Los fallos El sargento presentó un recurso de protección a la Corte de Apelaciones de Copiapó por la vulneración del derecho a la privacidad. La decisión fue un mazazo para el sargento.
La Corte rechazó el recurso porque consideró que, siendo un computador compartido entre ambos carabineros, "es responsabilidad de cada funcionario, en calidad de usuario, el correcto cierre de las sesiones de los programas que apertura, la seguridad de sus cuentas y contraseñas y, en general, todo el manejo de su información confidencial". "A partir de esta conducta", continuó el tribunal, "es dable plantear, que el recurrente expuso su información, permitiendo que de un modo tácito terceros pudieran acceder al contenido de su mensajería". El sargento apeló al fallo, argumentando que, a pesar de que una persona deba mantener un debido cuidado sobre el control y administración de sus bienes y recursos tecnológicos, es absolutamente indiscutible que ello no faculta a terceros a divulgar y disponer sin consentimiento, y públicamente, de información que es sustancialmente privada". La decisión de la Corte Suprema fue muy breve: confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones. El sargento la Corte de Apelaciones. El sargento la Corte de Apelaciones.
El sargento O Z S Z E S E] y S 0) Z z había perdido en los tribunales por segunda vez. "¿Un error evidente" Pareciera que con esta sentencia, cada vez es más estrecho lo que la ley entiende como parte de la privacidad de las personas, convirtiendo en público conversaciones por whatsapp por el solo hecho de no cerrar bien una sesión en el computador. Matías Aránguiz, profesor de Derecho UC, subdirector del Programa Derecho, Ciencia y Tecnología, no está de acuerdo en lo absoluto. "Aquí evidentemente hubo un error interpretativo de la Corte Suprema", sostiene.
Lo más grave de esta decisión, argumenta Aránguiz, es que dice que "la responsabilidad de proteger los medios de comunicación es responsabilidad de la persona y que si no lo hace, no tendría protección de ese derecho". Sería lo mismo, agrega, "que la inviolabilidad de mi hogar desapareciera porque dejé la reja de mi casa abierta.
La inviolabilidad de mi hogar no es más débil por el hecho de que no tenga completamente implementados los resguardos". Dicho en otras palabras: "Si yo no protejo mis derechos, tengo un sistema jurídico que me los protege.
Si la Corte desconoce que la garantía existe en la Constitución, aún cuando yo no sea diligente en su protección, la Corte evidentemente comete un error". Por último, dice el académico de la UC, existe algo en Derecho que se conoce como "expectativa de privacidad", que dice relación con lo que la sociedad espera, razonablemente, que sea privado. "¿Esperamos que los mensajes de whatsapp sean privados?", se pregunta Aránguiz. "Por supuesto que sí", responde. "Y por lo tanto es razonable que no me lean los whatsapp, aún cuando estén disponibles en un computador compartido".. - - -