AGRICOLA GANADERA Y FORESTAL CANTA RANA LIMITADA 77.398.400-K
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.177 Miércoles 18 de Junio de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2660904 EXTRACTO Gonzalo Cruz Gutiérrez, Notario Público Titular de la Primera Notaria de Lautaro, con oficio en Calle José Miguel Carrera 340, Of 31, de la comuna de Lautaro, CERTIFICA QUE: por escritura de fecha doce de Junio de dos mil veinticinco, Rep 658-2025 don GASTON RENE FERNANDEZ ROJAS, con domicilio en Santa Petronila Lote dos, kilometro dos camino Lautaro a Curacautin, de la ciudad de Lautaro; y doña GISELA ANGELICA MENKE VEGA, domiciliada en Avenida Martin Lutero cero dos mil quinientos noventa, departamento número setecientos dos, de la ciudad de Temuco; modificaron pacto social “AGRICOLA, GANADERA Y FORESTAL CANTA RANA LIMITADA”. Constituida por escritura pública de fecha diez de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, otorgada en la notaría de Temuco de don Claudio González Rosas. El extracto de la referida escritura fue inscrito a fojas veintiséis número veinticuatro en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil. El rol único tributario es setenta y siete millones trescientos noventa y ocho mil cuatrocientos guión K. - El capital social es la suma de doscientos millones de pesos.
Modificaciones: A) La cláusula SEGUNDA, acuerdan modificar el nombre o razón social, por “INVERSIONES CANTA RANA LIMITADA”. B) La cláusula TERCERA, acuerdan modificar el objeto social, reemplazando por el siguiente: “El objeto de la sociedad será la inversión en toda clase de títulos o valores mobiliarios.
Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dicha inversiones, obtener rentas; formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de bienes.
Todo tipo de actividades relacionadas con la construcción, explotación, comercialización de este rubro, tales como obras viales, obras hidráulicas, obras civiles, viviendas, obras de urbanización, de alcantarillado, agua potable, proyectos de ingeniería eléctrica, como también de su ejecución, de gas, combustible, ejecución de montajes, caminos, y en general la ejecución de toda la clase de obras y labores relacionadas con la construcción; desarrollar proyectos inmobiliarios, comprar, vender, enajenar y arrendar bienes raíces o muebles; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas, estacionamientos, edificios y viviendas acogidas o no franquicias tributarias o de subsidios habitacionales, de obras de generación eléctrica; importar, exportar, comprar, vender o distribuir toda clase de materiales de construcción y repuestos de maquinarias afines, productos eléctricos, equipos de ingeniería eléctrica, diseñar, planificar, desarrollar, ejecutar, con recursos propios o de terceros, todo tipo de proyectos y de obras de construcción de ingeniería eléctrica, efectuar y mantener instalaciones eléctricas, montajes industriales, construcción de líneas de alta, media y baja tensión y todo tipo de instalaciones domiciliarias e industriales sin límite de potencia eléctrica; realizar consultorías y asesorías en relación a las actividades antes mencionadas. ” C) La cláusula SEPTIMA, acuerdan modificarla, en sentido que las utilidades y eventuales pérdidas de la sociedad se repartirán entre los socios a prorrata de su participación en el capital social. D) La cláusula OCTAVA, acuerdan que la duración de la sociedad será indefinida, salvo acuerdo unánime de las partes para modificar su duración o acordar su disolución. Demás modificaciones escritura extractada. En lo no modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Lautaro, 12 de Junio de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2660904 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl