EXTRACTOS: NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: “CENTRO COMERCIAL CENCOSUD SHOPPING EN VITACURA” (Extracto)
EXTRACTOS: NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: “CENTRO COMERCIAL CENCOSUD SHOPPING EN VITACURA” (Extracto) SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL;1] NOTIFICA RESOLUCIÓN DE INICIO DE PROCESO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PROYECTO: “CENTRO COMERCIAL CENCOSUD SHOPPING EN VITACURA” (Extracto);0] De conformidad con lo dispuesto en el artículo 94 del D.S.
N40/2012, del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, se comunica que, mediante Resolución Exenta N20241 3001 51 0 del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana, del 1 8 de diciembre de 2024, se ha resuelto dar inicio a un proceso de participación ciudadana, por un plazo de 20 días hábiles de acuerdo a lo establecido en el artículo 30 bis de la Ley N19.300, en el procedimiento de evaluación ambiental de la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto denominado “Centro Comercial Cencosud Shopping en Vitacura cuyo titular es CENCOSUD SHOPPING SA.
Que, conforme a la descripción y naturaleza del proyecto “Centro Comercial Cencosud Shopping en Vitacura que hace obligatorio su ingreso al SElA, es pertinente señalar que se ubica específicamente en Avenida Santa Cruz N5050, comuna de Vitacura, provincia de Santiago, Región Metropolitana, y consiste en un nuevo proyecto inmobiliario de equipamiento, en particular un centro comercial. Se ejecutará en un terreno de aproximadamente 12,5 ha de superficie. El centro comercial considera 3 niveles de altura destinado a locales comerciales, tiendas anda, supermercado, tienda hogar, cine, centro médico, entre otros, y un nivel subterráneo destinado principalmente principalmente a estacionamientos. Se contempla la habilitación de 24 unidades de estacionamientos para camiones, 2.492 estacionamientos para vehículos livianos, incluyendo 36 unidades para personas con movilidad reducida, además de 4.450 estacionamientos para bicicletas.
Que, esta Dirección Regional estima que se genera carga ambiental pues pertenece al tipo de proyectos que generan beneficios sociales a la vez que ocasionan externalidades ambientales negativas en localidades próximas durante su construcción u operación, de acuerdo con lo establecido en el inciso 6 del artículo 30 bis de la Ley N19.300 En virtud de lo anterior, y conforme al artículo 30 bis de la Ley N19.300 ; y los artículos 94 y 95 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, la comunidad podrá realizar observaciones a la Declaración dentro de un plazo de 20 días hábiles, contados desde la presente publicación. El texto íntegro de la resolución antes individualizada puede ser conocido en: Dirección Regional del SEA, ubicada en calle Miraflores N1 78, piso 3, Santiago. Sitio web www.sea.gob.cI Arturo Farías Alcaíno Director Regional Servicio de Evaluación Ambiental Región Metropolitana de Santiago Firmado por: Arturo Farías Alcaino Fecha: 18/12/2024 16:14:47 CLST.