SOCIEDAD INMOBILIARIA SAAVEDRA Y DIAZ DRILLING LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.460 Jueves 28 de Mayo de 2026 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2816317 EXTRACTO PEDRO FELIPE VILLARINO KRUMM, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de la comuna de La Serena, con domicilio en Los Carreras NÂ529, La Serena, certifico: Por escritura pública de fecha 15 de mayo de 2026, Repertorio 1581-2026 ante mí;comparece: don WILSON GABRIEL SAAVEDRA RODRÍGUEZ chileno casado técnica en sondaje cedula de identidad número ocho millones trescientos sesenta y tres mil cuatrocientos sesenta y tres guion cuatro con domicilio en Almagro quinientos dieciséis ciudad y comuna de La Serena y don MAURICIO ALEXIS DÍAZ ÁLVAREZ, chileno, casado cedula de identidad número nueve millones ciento siete mil setecientos dieciséis guion siete con domicilio en calle Colonial Numero dos mil seiscientos sesenta y ocho ciudad y comuna La Serena, IV Región de Coquimbo comparecientes mayores de edad, quienes acreditan su identidad con la cédula antes citadas, y exponen;: PRIMERO: Por el presente instrumento, las comparecientes constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, en conformidad a las prescripciones de la ley número tres mil novecientos dieciocho, de fecha catorce de marzo de mil novecientos veintitrés y sus modificaciones, por las estipulaciones contenidas en el presente contrato de sociedad, y supletoriamente, por las disposiciones del Código de comercio y del Código Civil, y por las leyes y normas reglamentarias que versan sobre la materia, que los complementan y que les fueren aplicables.
RAZÓN SOCIAL, será SOCIEDAD INMOBILIARIA SAAVEDRA Y DIAZ DRILLING LIMITADA, Sin embargo, la empresa podrá funcionar y actuar, inclusive con los bancos con el nombre de fantasía SAAVEDRA Y DIAZ DRILLING LIMITADA. domicilio de la sociedad será la ciudad de La Serena La sociedad tiene por objeto a) la perforación o prospección por sondajes de rocas, y minerales de todo tipo, sean estos de extracción de testigos o residuos; b) la perforación o prospección a diamantina, aire reverso y agua, en superficie y subterráneo; así como por cualquier otro método que la empresa quiera utilizar; c) la perforación o prospección de pozos para la exploración de agua subterránea; d) todo tipo de perforaciones o prospecciones mineras en general; e) la fabricación, industrialización, elaboración, exportación e importación, distribución, comercialización y representación por cuenta propia o ajena, de toda clase de artículos, elementos, objetos, partes, piezas, productos en bruto, elaborados o semielaborados, metales, minerales, servicios y asesorías en todas las ramas de la perforación o prospección, geología, minería, geotecnia, ingeniería en minas y medio ambiente o bienes que digan relación con el ramo de la minería y otros similares; f) en general, a la inversión de capitales en toda clase de bienes muebles, e inmuebles corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; adquirir, enajenar, y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial propiedades mineras bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier actividad relacionada o necesaria, en la actualidad o en el futuro, con la realización y cumplimiento de los anteriores la celebración y/o ejecución de toda clase de operaciones, actos y contratos, civiles o comerciales, necesarias o conducentes para el desarrollo del objeto social, pudiendo además dedicarse a cualquier otra actividad o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, y todo otro negocio o actividad relacionada o no con las expresadas que los socios acuerden. - La sociedad comenzará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de veinte años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso El capital de la sociedad será es la cantidad de ochenta millones de pesos, Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2816317 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.460 Jueves 28 de Mayo de 2026 Página 2 de 2 que los socios se obligan a aportar y pagar en proporciones, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderán, conjuntamente, a don Wilson Gabriel Saavedra Rodríguez y a don Mauricio Alexis Díaz Álvarez, quienes, actuando por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades, Los socios responderán ante la Compañía y ante terceros solamente hasta el monto de sus aportes.
Don WILSON GABRIEL SAAVEDRA RODRÍGUEZ a aporta el inmueble denominado o consistente en propiedad LOTE UNO: Presenta una superficie aproximada de cinco mil setecientos coma cuarenta y nueve metros cuadrados y los siguientes deslindes especiales: Al Nororiente: en setenta y seis coma veintisiete metros con camino de acceso (línea de ferrocarril) que lo separa de la Parcela Veintidós; Al Norponiente: en ochenta coma un metros con Lote Tres y parte del Lote Cuatro de la subdivisión; Al Suroriente: en setenta coma siete metros con Lote Saneamiento Bienes Nacionales y Al Surponiente: en setenta y cuatro coma cinco metros con Lote Dos de la subdivisión.
Presenta el rol de avalúo número ocho mil siete guión trescientos diecinueve de la comuna de La Serena y se encuentra inscrita a fojas diez mil ciento ochenta (10.180 ) número seis mil doscientos setenta y uno 6.271 del registro de propiedad del conservador de bienes raises de la serena correspondiente al año dos mil veinticinco el cual las partes valoran en la suma de cuarenta millones de pesos b) MAURICIO ALEXIS DÍAZ ÁLVAREZ, se obliga a aportar el equivalente al cincuenta por ciento del total del capital social, esto es cuarenta millones de pesos al contado y en dinero en efectivo. Total, CAPITAL OCHENTA, MILLONES De esta manera ha quedado íntegramente aportado y pagado el capital social.
SEXTO: RESPONSABILIDAD. - La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. con facultades amplias señaladas en el contrato demás estipulaciones constan en escritura extractada Minuta redactada por el abogado MARCO ANTONIO MARIN THENOUX. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. - la Serena, 20 de Mayo de 2026. CARAT 32448 Director: Giovanni Calderón Bassi Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2816317 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl