INVERSIONES M Y L LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.061 Miércoles 29 de Enero de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2602939 EXTRACTO Rodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 22 de Enero de 2025, comparecieron don MICHAEL ORLANDO OYARCE POBLETE y don VICENTE IGNACIO OYARCE SALINAS, ambos domiciliados en Cerrillo Bascuñán, Parcela Nº35, Comuna de Molina, y expusieron que vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada. - Razón Social.
“INVERSIONES M Y L LIMITADA”. - Nombre de fantasía, “INVERSIONES M Y L LTDA.”.- Objeto: a) Explotación, en todas sus formas, de estaciones de servicios y/o centros de servicio automotriz, incluidos servicios de carga eléctrica, electrolineras, garajes y servicios complementarios como lavado y lubricación, por cuenta propia o de terceros; b) Compraventa, comercialización, distribución, importación y exportación de toda clase de bienes y equipos, en especial combustibles líquidos y/o gaseosos, entre los últimos gas licuado y gas natural, lubricantes, aditivos, vehículos, repuestos y accesorios incluidos taller mecánico y el arrendamiento, leasing y la compraventa de todo tipo vehículos y maquinarias, como de sus partes y piezas; c) Realización de actos y contratos relacionados con los anteriores, como rutacentros, minimarket, restoranes, cafeterías, fuentes de soda, tiendas de conveniencia y de cualquier otra naturaleza, comprendiendo la elaboración de todo tipo de alimentos y sus servicios relacionados u otros de naturaleza parecida como también la venta al por menor de todo tipo de bienes, mercancías y productos, principalmente alimentos, bebidas y tabacos, en puestos, stands o locales, incluido el delivery o reparto o entrega a domicilio; d) Comercio electrónico o e-commerce y otros canales de venta, como marketplace y dropshipping; e) Recepción, registro, despacho, transporte, distribución y entrega de todo tipo de correspondencia, incluidas encomiendas y otros bienes y mercancías, como cualquier servicio o actividad complementaria y/o relacionada; f) Transporte en general, en vehículos u otros medios, propios o ajenos, de bienes y personas, dentro y fuera del territorio nacional; g) Representaciones, tanto nacionales como extranjeras; h) Corretaje de propiedades, 5 arrendamiento, subarrendamiento, compra y venta de inmuebles, su explotación, administración y percepción de frutos, incluidos el desarrollo de proyectos inmobiliarios, loteos, urbanización y servicios de reparación, mantención, aseo y ornato; i) Inversión en todo tipo de bienes, sean muebles, inmuebles, corporales o incorporales, acciones, bonos u otros instrumentos mercantiles, pudiendo celebrar sobre estos bienes todos los contratos legalmente posibles; y, j) Demás negocios y/o servicios que los socios acuerden. Domicilio: Ciudad y comuna Curicó, sin perjuicio agencias o sucursales en otros puntos del país o en el extranjero.
Capital: $30.000.000, aportados al contado y en dinero efectivo. - Don Michael Orlando Oyarce Poblete, $24.000.000. - Don Vicente Ignacio Oyarce Salinas con la cantidad de $6.00.000. - Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes.
La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios Michael Orlando Oyarce Poblete y Vicente Ignacio Oyarce Salinas, quienes actuando separada e indistintamente y anteponiendo su firma a la razón social o al nombre abreviado, tendrán amplias facultades. - No obstante, se precisará la concurrencia de ambos administradores para que la sociedad otorgue la calidad de aval, codeudor solidario y/u otra garantía, incluyendo hipotecas y prendas sobre bienes sociales, como asimismo para la venta de bienes raíces.
Duración: Cinco años contada fecha escritura, plazo que se prorrogará tácita, sucesiva y automáticamente por períodos iguales, si ninguno de los socios manifiesta su intención de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de seis meses al vencimiento del período correspondiente. Otras estipulaciones, escritura extractada. - Curicó, 24 Enero 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2602939 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl