Decreto exento número 597, de 2024.- Modifica decreto N° 59 exento, modificado por decreto N° 489 exento, ambos de 2024
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.885 Miércoles 26 de Junio de 2024 Página 1 de 4 Normas Particulares CVE 2509573 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior MODIFICA DECRETO N 59 EXENTO, MODIFICADO POR EL DECRETO N 489 EXENTO, AMBOS DE 2024, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN EL SENTIDO QUE INDICA Núm. 597 exento. - Santiago, 18 de junio de 2024. Considerando: 1.
Que, el Título V de la Ley N 21.091, sobre Educación Superior, en adelante e indistintamente, "Ley N 21.091 " o "Ley de Educación Superior", regula el Financiamiento Institucional para la Gratuidad, cuyas normas deben aplicarse considerando lo establecido en el Párrafo 7 de las disposiciones transitorias de dicha Ley y lo dispuesto en el decreto N 333, de 2019, del Ministerio de Educación, que aprueba Reglamento del Financiamiento Institucional para la Gratuidad, en adelante e indistintamente, el "Reglamento de Gratuidad" o el "Decreto N 333". 2.
Que, de acuerdo al artículo trigésimo octavo transitorio de la ley N 21.091 ya mencionada, mientras no se encuentren vigentes las resoluciones exentas que establezcan los Valores Regulados de Arancel, Derechos Básicos de Matrícula y Cobros por concepto de Titulación o Graduación, dictadas en conformidad a lo establecido en el Título V, la fórmula de cálculo de arancel regulado de los grupos de carreras o programas de estudio se establecerá mediante decreto del Ministerio de Educación, suscrito por el Ministro de Hacienda. 3.
Que, en tal sentido, mediante el decreto N 75, de 2016, modificado por el decreto N 135, de 2018, ambos del Ministerio de Educación, se dispuso la fórmula de cálculo del arancel regulado, en el marco de la asignación presupuestaria financiamiento del acceso gratuito a las Instituciones de Educación Superior. 4.
Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 1 y 2 del decreto N 75 precitado, el cálculo del arancel regulado correspondiente a las Universidades, Institutos Profesionales y Centros de Formación Técnica, considera una serie de procesos, que se ejecutarán en orden sucesivo, siendo el primero de ellos la determinación de grupos de programas de estudio y los aranceles de referencia promedio por grupo. 5 Que, en dicho proceso, mediante la resolución exenta N 323, modificada por la resolución exenta N 3.139, ambas de 2024, de la Subsecretaría de Educación Superior, se estableció la clasificación "Sub Áreas OCDE" de carreras, en el marco del Financiamiento Institucional para la Gratuidad, para el año en curso. 6.
Que, en ese contexto, se dictó el decreto exento N 59, modificado por el decreto exento N 489, ambos de 2024, del Ministerio de Educación, mediante los cuales se fijó el valor del arancel regulado en el marco del Financiamiento Institucional para la Gratuidad, para el año académico 2024.7.
Que, una vez dictados los actos administrativos señalados en los considerandos anteriores, con fecha 3 de abril de 2024, el Consejo Nacional de Educación ("CNED"), mediante Acuerdo N 46/2024, resolvió acoger la apelación interpuesta con fecha 13 de diciembre de 2022 por la Universidad Central, en contra de la resolución exenta de Acreditación Institucional N 684, de 2022, de la Comisión Nacional de Acreditación ("CNA") que no acogió el recurso de reposición que la Institución referida presentó en contra de la resolución exenta de Acreditación Institucional N 606, de 2022, de la CNA, que acreditó a la Universidad en el nivel avanzado por 4 años. En ese sentido, el CNED determinó aumentar el periodo de acreditación de la Universidad Central a 5 años. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2509573 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.885 Miércoles 26 de Junio de 2024 Página 2 de 4 8.
Que, por tanto, corresponde dictar el acto administrativo que modifique el decreto exento N 59, modificado por el decreto exento N 489, ambos de 2024, del Ministerio de Educación, en el sentido de considerar 5 años de acreditación para la determinación de valores regulados para las carreras impartidas por la Universidad Central, y la inherente actualización de éstos.
Visto: Lo dispuesto en la Ley N 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en la ley N 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley N 20.129, que Establece un Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior; en la ley N 21.091, sobre Educación Superior; en el decreto N 75, de 2016, del Ministerio de Educación, y sus modificaciones; en el decreto N 333, de 2019, del Ministerio de Educación; en los decretos exentos Ns. 59 y 489, ambos de 2024, del Ministerio de Educación; en las resoluciones exentas Ns. 323 y 3.139, ambas de 2024, de la Subsecretaría de Educación Superior; en las resoluciones exentas de Acreditación Institucional Ns. 606 y 684, ambas de 2022, de la Comisión Nacional de Acreditación; en el Acuerdo N 46/2024, del Consejo Nacional de Educación; en el memorándum N 6/527, de 2024, del Jefe del Departamento de Financiamiento Estudiantil, y en las resoluciones Ns. 7 y 14, de 2019 y de 2022, respectivamente, ambas de la Contraloría General de la República.
Decreto: Artículo primero: Reemplázanse en la tabla del artículo único del decreto exento N 59, modificado por el decreto exento N 489, ambos de 2024, del Ministerio de Educación, los valores correspondientes a los de la Universidad Central, por los siguientes: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2509573 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.885 Miércoles 26 de Junio de 2024 Página 3 de 4. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2509573 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.885 Miércoles 26 de Junio de 2024 Página 4 de 4 Artículo segundo: En todo lo no modificado por el presente acto administrativo, se mantiene vigente el decreto exento N 59, modificado por el decreto exento N 489, ambos de 2024, del Ministerio de Educación. Artículo tercero: Archívase copia del presente decreto exento conjuntamente con los decretos exentos Ns, 59 y 489, ambos de 2024, del Ministerio de Educación.
Anótesey publíquese en el Diario Oficial y en la página web www.mineduc.cl y archívese. - Por orden del Presidente de la República, Alejandra Arratia Martínez, Ministra de Educación (S). Lo que transcribo para su conocimiento(decreto exento que modifica decreto exento N 59, modificado por el decreto exento N 489, ambos de 2024, del Ministerio de Educación, en el sentido que indica). - Saluda atentamente a Ud., Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2509573 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl