SOCIEDAD AGRÍCOLA BARRA ATALA LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.916 Sábado 3 de Agosto de 2024 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2528115 EXTRACTO FABIAN ESTEBAN DIAZ CONTRERAS, Abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaría de la Comuna de San Vicente, con oficio en esta ciudad, calle Carmen Gallegos número doscientos cinco, local tres, certifica: Por escritura de hoy ante mí, don Julio Orlando Barra Atala, domiciliado en Calle don Luis N660, condominio Club de Polo, comuna San Fernando, y de paso en ésta, y doña Edith Alejandra Barra Atala, domiciliada en Los Presidentes N8912, casa N31, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, y de paso en ésta, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, cuya razón social es SOCIEDAD AGRÍCOLA BARRA ATALA LIMITADA.
Objeto: El objeto de la sociedad es la explotación agrícola en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, de predios propios o de los que posea a cualquier título; desarrollar toda clase de actividades agrícolas, viveros, frutícolas, hortofrutícolas, agropecuarias y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas; arriendo de maquinaria agrícola, asesoría y ejecución de servicios agrícolas o agroindustriales; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, producción agropecuaria, sea por cuenta propia o ajena; comercialización, consignación, elaboración, internación, importación, exportación y distribución de frutos del país y sus derivados; la compra, venta, corretaje y comisionista de frutos y subproductos en todas sus variedades; compra, venta y exportación de productos, sea por cuenta propia o ajena; y toda otra actividad conexa, relacionada directa o indirectamente con las anteriores y, en general, la ejecución de todo acto, convención o contrato que se relacionen directa o indirectamente con el giro social o que los socios acuerden. También cualquier otra actividad que acuerden los socios, esté o no relacionada con las actividades principales.
Capital: El capital social asciende a la suma de $2.000.000. -, que es aportado por los socios del siguiente modo: 1) Julio Orlando Barra Atala, aporta la suma de $1.000.000. -, que representa el 50% de participación en la sociedad, en el acto, al contado, ya enterados a las arcas sociales; y 2) Edith Alejandra Barra Atala, aporta la suma de $1.000.000. - que representa el 50% de participación en la sociedad, al contado, en el acto, ya enterados a las arcas sociales.
Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a ambos socios indistintamente, con amplias facultades según consta en pacto social. - Duración: La duración de la sociedad será de 10 años desde la fecha de la escritura, plazo que se prorrogará automáticamente, tácita y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios expresa voluntad de ponerle término mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Domicilio: La ciudad de San Vicente de Tagua Tagua, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan establecerse en otros lugares del país o del extranjero. Responsabilidad Socios: Socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus aportes. - Demás estipulaciones en escritura extractada. - San Vicente, 26 de Julio de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2528115 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl