Decreto número 71, de 2024.- Declara Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Archivo de la Fundación de Protección a la Infancia Dañada por los Estados de Emergencia, resguardado en el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, comuna de Santiago, Región Metropolitana
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.056 Jueves 23 de Enero de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2599237 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría del Patrimonio Cultural DECLARA MONUMENTO NACIONAL, EN LA CATEGORÍA DE MONUMENTO HISTÓRICO, EL ARCHIVO DE LA FUNDACIÓN DE PROTECCIÓN A LA INFANCIA DAÑADA POR LOS ESTADOS DE EMERGENCIA (PIDEE), RESGUARDADO EN EL MUSEO DE LA MEMORIA Y LOS DERECHOS HUMANOS, COMUNA DE SANTIAGO, REGIÓN METROPOLITANA Núm. 71. - Santiago, 20 de diciembre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en los artículos 32 N 6 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el decreto supremo N 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en el decreto con fuerza de ley N 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 3 N 25 de la ley N 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en la ley N 17.288, que legisla sobre Monumentos Nacionales, modifica las leyes N 16.617 y N 16.719, deroga el decreto ley N 651, de 17 de octubre de 1925; en el decreto supremo N 11, del 2018, que modifica el decreto supremo N 19, de 2001, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en acta de sesión ordinaria de fecha 4 de septiembre de 2024 del Consejo de Monumentos Nacionales; en la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; y en los antecedentes que obran en el expediente de declaratoria. Considerando: 1.
Que, la solicitud de declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Archivo de la Fundación de Protección a la Infancia Dañada por los Estados de Emergencia (PIDEE) fue presentada por la Sra. Vivian Murúa Arroyo, Secretaria Ejecutiva de la Fundación PIDEE, y la Sra. Emma de Ramón, Directora del Archivo Nacional mediante carta AN N 016-2023, de fecha 1 septiembre de 2023.2. Que, el archivo de la fundación PIDEE es testimonio material de la atención y protección de las niñas y niños cuyas familias fueron directamente afectadas por la represión y violencia estatal durante la dictadura civil-militar. En un principio su uso fue de carácter administrativo, y hoy se conforma como un archivo relacionado a la memoria y a la represión. La institución propietaria del archivo es el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, y la propiedad intelectual de cada documento corresponde a sus respectivos autores o autoras. 3.
Que, la Fundación PIDEE fue creada oficialmente el 31 de mayo de 1979 y nació de la inquietud de un grupo de mujeres y de la Agrupación de Familiares de Ejecutado Políticos (AFEP) por la protección de niños y niñas durante la dictadura cívico-militar. El grupo fundador estuvo encabezado por María Eugenia Rojas Baeza, quien era viuda de Fernando Ortiz, historiador, académico de la Universidad de Chile, y detenido desaparecido. Junto a ella, alrededor de unas 10 mujeres se reunieron formando parte del directorio o siendo socias del PIDEE. Varias mujeres destacadas desde la sicología, la educación, asistentes sociales y médicas, se fueron vinculando, tales como Elisa Serrana, Mónica Echeverría, Fanny Pollarolo, Michelle Bachelet, Berta Bravo, Elisa Pérez Walker y Josefina Quesney, entre otras.
La fundación se fue convirtiendo en un espacio seguro para niños y niñas con alto riesgo físico o sicológico, debido a la represión contra sus padres, que no podían proporcionarles una Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2599237 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.056 Jueves 23 de Enero de 2025 Página 2 de 3 red de protección básica. Se realizaron los siguientes servicios y actividades: atención en salud médica física y mental, talleres recreativos (música, dibujo y pintura), apoyo pedagógico, talleres de reforzamiento escolar y espacio de artesanías para madres. Se abrieron sedes en Linares, Temuco, Valdivia, La Serena y Talca. En 1983 y con más financiamiento, mediante las gestiones de Mónica Echeverría y su esposo Fernando Castillo Velasco, consiguen la emblemática casa en Av. Holanda, la que finalmente fue donada por Rädda Barnen para PIDEE. 4. Hacia fines de los 80 se plegaron a proyectos de niñez en contexto de retorno después del exilio. En la década del 90 se cortaron varios financiamientos, y comienza una etapa de cierre de las atenciones, las que se fueron reduciendo paulatinamente hasta desaparecer entre los años 93 y 97. Entre 1979 y 1992 PIDEE acogió a 4.148 familias y a más de 12.000 niños en todo Chile. La fundación PIDEE ha sido valorada por distintas instituciones internacionales, recibiendo distintos reconocimientos. Hoy en día, en la fundación existe un centro de documentación con material sobre niñez y derechos humanos, el cual es constantemente consultado por investigadores y familias atendidas durante la dictadura. 5.
Que, los atributos que presentan los bienes y que se reconocen por el Consejo de Monumentos Nacionales, corresponden a 80,5 metros lineales de la siguiente documentación: 4.180 carpetas de atención a beneficiarios. 32 cajas de colecciones de prensa. 7 cajas relacionadas a las gestiones de la institución. 3 carpetas y un DVD de dibujos de niños atendidos por la fundación. 34 arpilleras. 42 cassettes y 8 DVD de testimonios de audio y audiovisuales. 34 fotografías y 4 DVD de fotografías en positivo. 21 títulos y 40 ejemplares de publicaciones. 6.
Que, como valores que sustentan la solicitud de declaración como Monumento Histórico, el Consejo de Monumentos Nacionales reconoce específicamente los siguientes: El archivo de PIDEE reúne un patrimonio documental único que es testimonio material del trabajo en defensa y protección de más de 12.000 niñas y niños cuya infancia fue vulnerada directa e indirectamente, en tanto víctimas y familiares de víctimas de las violaciones de derechos humanos durante la dictadura civil-militar. PIDEE es una institución creada por mujeres que fueron creativas y prolíficas en generar un conocimiento específico e interdisciplinario respecto a la crisis de la infancia por el Estado. Por tanto, el archivo reúne una gran diversidad de soportes materiales, tales como dibujos, arpilleras y testimonios, y además, múltiples reflexiones, ponencias, sistematizaciones y publicaciones.
El archivo resguarda documentos de expresión directa de niñas y niños afectados por la represión de la dictadura, mediante relatos y dibujos que proporcionan una visión única y complementaria respecto de los eventos y circunstancias de esa época, que permiten dimensionar la magnitud del daño sicosocial que generó la dictadura en la niñez chilena. El archivo permanece activo para consulta y seguimiento de causas judiciales, y es constantemente visibilizado y consultado en el Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, como parte de sus muestras permanentes y temporales. Sus documentos son fundamentales para la memoria y la construcción de la verdad en una sociedad, de un segmento específico de la población, como fue la infancia vulnerada por las violaciones a los derechos humanos.
La preservación del archivo PIDEE en el tiempo es una contribución a la educación y promoción de los derechos humanos del conjunto de la sociedad, como expresión de la obligación estatal de garantizar la verdad de los hechos, reparar simbólicamente a las víctimas, sus familiares, a la sociedad en su conjunto y generar garantías efectivas de no repetición en el ámbito de la cultura y el patrimonio. 7.
Que, para esta declaratoria se remitieron las siguientes consultas de opinión: Al Museo de la Memoria y los Derechos Humanos, que respondió mediante carta MMDH N 292, de fecha 4 de marzo de 2024, de María Fernanda García Iribarren, Directora Ejecutiva. A la Subsecretaría de Derechos Humanos, quien, mediante su Subsecretaria, Daniela Quintanilla Mateff, emitió su pronunciamiento en oficio Ord. N 654, de fecha 7 de agosto de 2024. A la Subsecretaría de la Niñez quien contestó, a través de su Subsecretaria (S) Carla Andrade Daneri, en oficio Ord. N 385 del 24 de junio de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2599237 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.056 Jueves 23 de Enero de 2025 Página 3 de 3 Estas autoridades se manifestaron favorablemente con la declaratoria de Monumento Histórico. 8.
Que, el archivo es de propiedad del Museo de la Memoria y Derechos Humanos, en virtud de convenio de donación de material documental, audiovisual, sonoro y de imagen por parte de la Fundación, en el año 2009, la que es de carácter perpetuo, gratuito y con restricciones de uso. 9.
Que, en sesión ordinaria de fecha 4 de septiembre de 2024, el Consejo de Monumentos Nacionales, por 13 votos a favor y 2 abstenciones, acordó aprobar la solicitud de declaración y pedir a la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio la dictación del decreto que declare Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, el Archivo de la Fundación de Protección a la Infancia Dañada por los Estados de Emergencia (PIDEE). 10.
Que, en sesión ordinaria de fecha 27 de noviembre de 2024, el Consejo de Monumentos Nacionales dictó fe de erratas respecto del acta de sesión de fecha 4 de septiembre, corrigiendo los metros lineales que componen el archivo, siendo este de un total de 80,5 y no de 85 metros como se señalaba.
Decreto: Artículo primero: Declárase Monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico, el Archivo de la Fundación de Protección a la Infancia Dañada por los Estados de Emergencia (PIDEE), que se encuentra en el Museo de la Memoria y Derechos Humanos, comuna de Santiago, Región del Metropolitana, compuesto por 80,5 metros lineales conforme al siguiente detalle: 4.180 carpetas de atención a beneficiarios. 32 cajas de colecciones de prensa. 7 cajas relacionadas a las gestiones de la institución. 3 carpetas y un DVD de dibujos de niños atendidos por la fundación. 34 arpilleras. 42 cassettes y 8 DVD de testimonios de audio y audiovisuales. 34 fotografías y 4 DVD de fotografías en positivo. 21 títulos y 40 ejemplares de publicaciones.
Artículo segundo: Incorpórese el presente decreto al Registro Patrimonial de acceso público, de conformidad a la normativa vigente y lo dispuesto por el artículo 3 N 30 de la ley N 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Artículo tercero: Incorpórese por la Secretaría Técnica del Consejo de Monumentos Nacionales la presente declaración de Monumento Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, del Archivo de la Fundación de Protección a la Infancia Dañada por los Estados de Emergencia (PIDEE), en el Registro de Monumentos Nacionales a que se refiere el N 4 del artículo 30 de la ley N 21.045. Anótese, tómese razón y publíquese. - Por orden del Presidente de la República, Carolina Arredondo Marzán, Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio. Lo que transcribo a usted para su conocimiento. - Carolina Pérez Dattari, Subsecretaria del Patrimonio Cultural. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2599237 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl