Columnas de Opinión: Salud mental en la cárcel: una obligación del Estado
Columnas de Opinión: Salud mental en la cárcel: una obligación del Estado Hay una medida muy simple para aquilatar el Estado de Derecho: mirar cómo trata a quienes están bajo su custodia.
En el caso de las personas privadas de libertad, ese examen es todavía más exigente, porque el Estado no solo limita su libertad ambulatoria; también asume un deber reforzado de proteger su vida, integridad y salud. El derecho a la salud no se suspende al ingresar a un recinto penitenciario. No desaparece por la existencia de una condena, ni puede relativizarse por prejuicios o falta de gestión. Y esto se vuelve especialmente urgente en materia de salud mental, donde el abandono suele ser más silencioso, pero también más duro frente a las personas privadas de libertad. En las cárceles conviven depresión, ansiedad, consumo problemático de drogas, trastornos psiquiátricos no diagnosticados, crisis emocionales severas y trayectorias de exclusión que vienen desde antes del encierro. Frente a eso, no basta con encerrar y vigilar. El Estado debe diagnosticar, tratar, acompañar y derivar oportunamente. Debe contar con atención profesional suficiente, continuidad de tratamientos, acceso a medicamentos, intervención en crisis y coordinación entre Gendarmería y la red pública de salud. Cuando esa atención falla, no estamos ante una mera deficiencia. Estamos ante una vulneración grave de derechos fundamentales. Porque una persona privada de libertad no puede elegir médico, cambiarse de sistema ni salir a buscar ayuda. Depende por completo de la respuesta estatal, incluso en lo más básico. Una sociedad no se mide solo por cómo castiga, sino por cómo cuida. Garantizar salud mental en contexto de encierro no afecta la seguridad pública ni es debilidad frente a la delincuencia. Es cumplir el deber más básico del Estado: no abandonar a nadie bajo su custodia, ni menos una persona privada de libertad. El derecho a la salud no se suspende al ingresar a un recinto penitenciario. No desaparece por la existencia de una condena". Sergio Zenteno Alfaro Defensor Regional. COMENTARIOS El derecho a la salud no se suspende al ingresar a un recinto penitenciario. No desaparece por la existencia de una condena". Sergio Zenteno Alfaro Defensor Regional