BOLDOS II 1 / Longotoma Solar SpA
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 43.995 Lunes 11 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2567769 369 N 201 PEDIMENTO MINERO BOLDOS II 1 DELONGOTOMA SOLAR SpA REP. 258 La Ligua, a veintinueve de Octubre del año dos mil veinticuatro. - Inscribo el siguiente Pedimento Minero: “Materia: Pedimento Minero P02. - Procedimiento: Voluntario. - Solicitante: Longotoma Solar SpA. - RUT: 77.761.875-K. - Abogado: Matías Lewin Urzúa RUT: 12.021.202-8. - Correo electrónico: mlewin@lewinlasen.cl. - EN LO PRINCIPAL: Pedimento Minero. OTROSÍ: Acredita Personería.
S.J.L. de La Ligua. - MATIAS LEWIN URZÚA, chileno, casado, abogado, cédula nacional de identidad N 12.021.202-8, correo electrónico mlewin@lewinlasen.cl, en representación, según se acreditará, de LONGOTOMA SOLAR SpA, sociedad por acciones chilena del giro generación de energía eléctrica, RUT N 77.761.875-K, ambos con domicilio, para estos efectos en Rosario Norte 407, oficina 1201, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, a US. respetuosamente digo: Que, deseo constituir para mi representada una concesión minera de exploración de sustancias concesibles, sobre una superficie de 100 hectáreas.
Su punto medio se encuentra ubicado en la comuna de La Ligua, Provincia de Petorca, Región de Valparaíso y cuyas coordenadas U.T.M. son las siguientes: 6.423.100 ,00 metros Norte y 288.950 ,00 metros Este, referidos al Elipsoide Internacional de 1924, Datum Sudamericano la Canoa 1956, Huso 19.
Para efecto de constituir la correspondiente concesión de exploración, vengo en presentar este pedimento, solicitando que me otorgue a mi representada una concesión minera de exploración que se denominará “BOLDOS II 1”. El terreno pedido es el comprendido dentro de un cuadrado trazado en el plano horizontal, cuyas diagonales se cortan en el punto medio ya indicado, y cuyo perímetro encierra la totalidad de las hectáreas pedidas. Los lados de la configuración, en su orientación Norte-Sur U.T.M. medirán 1.000 metros, y los otros dos en su orientación Este-Oeste U.T.M. medirán 1.000 metros.
POR TANTO, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 34 y siguientes del Código de Minería, RUEGO A S.S. : Se sirva tener por presentado este pedimento minero, certificando la fecha y hora de presentación a través de la oficina judicial virtual, además de ordenar su inscripción y publicación en conformidad a la ley, y en definitiva declarar constituida la concesión minera de exploración de mi representada, denominada “BOLDOS II 1”, además, en atención a lo dispuesto en la Ley 20.886 sobre tramitación electrónica, las copias a que se refiere el artículo 50 de Código de Minería, se obtendrán de la página, las cuales llevan firma electrónica avanzada y su código de verificación. OTROSÍ: Sírvase US. tener presente que mi personería para actuar en representación de LONGOTOMA SOLAR SpA, consta de escritura pública, cuya copia por este acto acompaño. POR TANTO, RUEGO A S.S., tener por acreditada mi personería.
NOMENCLATURA: 1. [4729]Certificado ingreso solicitud. - JUZGADO: Juzgado de Letras de La Ligua. - CAUSA ROL: V-232-2024. - CARATULADO: LONGOTOMA SOLAR SpA/ CERTIFICO: Que, el Pedimento Minero que antecede, denominado “BOLDOS II 1”, fue presentado en este Tribunal por la oficina judicial virtual a las 08:53:42 horas, del día de hoy, y para su control se registra en el libro respectivo bajo el Nº 130-2024. La Ligua, 14 de octubre de 2024. Héctor Andrés de Jesús Páez Galaz. - Secretario. - PJUD.
Catorce de Octubre de dos mil veinticuatro. - 12:08. - UTC-3. - Hay un código. - Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl.- Código: FJXZXQVDYTM. - Este documento fue verificado en http://verificadoc.pjud.cl con Código: FJXZXQVDYTM. - NOMENCLATURA: 1. [4690] Ordena Inscribir y Publicar. - JUZGADO: Juzgado de Letras de La Ligua CAUSA ROL: V-232-2024. - CARATULADO: LONGOTOMA SOLAR SpA/ Jfo. - La Ligua, quince de octubre de dos mil veinticuatro. A lo principal: Por presentado el Pedimento Minero que antecede, inscríbase y publíquese. Obténgase copia autorizada directamente del sistema informático de tramitación, de conformidad al artículo 4 de la Ley 20.886. Al otrosí: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567769 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.995 Lunes 11 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 Téngase presente y por acompañada personería.
Al no haber designado domicilio procesal conocido dentro de los límites urbanos del lugar en que funciona este juzgado, notifíquense en lo sucesivo por estado diariotodas las resoluciones comprendidas en el artículo 48 del Código de Procedimiento Civil. Proveyó don CLAUDIO HUMBERTO VILLAVICENCIO FLORES, Juez Juzgado de Letras de La Ligua. En La Ligua, a quince de octubre de dos mil veinticuatro, se notificó por el estado diariola resolución precedente. Claudio Humberto Villavicencio Flores. - JUEZ. PJUD.
Quince de Octubre de dos mil veinticuatro. - 10:41. - UTC-3. - Hay un código. - Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl.- Código: MMRQXQDXXTM. - Este documento fue verificado en http://verificadoc.pjud.cl con Código: MMRQXQDXXTM”. - Conforme con la copia que se agrega al final del presente Registro con el Número quinientos noventa. - Asimismo, el Certificado de Envío de Causa a Oficina Virtual del Poder Judicial se agrega con el Número quinientos noventa y uno. - Requirió Rodrigo Vives A.
ALINA MORALES TORTORA CONSERVADOR DE BIENES RAÍCES, COMERCIO Y MINAS LA LIGUA COPIA AUTORIZADA Conservador de Minas de La Ligua Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de su original, reproducido en las siguientes páginas.
Conservador de Minas de La Ligua certifica que la copia de la inscripción de fojas 369 número 201 correspondiente al Registro de Descubrimientos de Minas del año 2024, adjunta al presente documento, está conforme con su original Conservador de Minas de La Ligua. - Uribe 150, La Ligua - Chile. - Registro de Descubrimientos de Minas Fs 369 Nº 201 de 2024. - Cantidad páginas documento (incluida la presente): 4 Carátula N 303275. - Código retiro f32b6.
La Ligua, 30 de Octubre de 2024. - ALINA DEL CARMEN MORALES TORTORA Digitally signed by ALINA DEL CARMEN MORALES TORTORA Date: 2024.10.30 13:45:15 -03:00 Reason: Conservador de Bienes Raíces Comercio y Minas Location: La Ligua - Chile. Certificado N 12346455694. - www.fojas.cl. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567769 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl