Resolución exenta número 8.204, de 2024.- Aprueba plan de cierre de la carrera de Psicología de la Universidad Los Leones
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.997 Miércoles 13 de Noviembre de 2024 Página 1 de 4 Normas Particulares CVE 2567565 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Subsecretaría de Educación Superior APRUEBA PLAN DE CIERRE DE CARRERA DE PSICOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD LOS LEONES (Resolución) Núm. 8.204 exenta. - Santiago, 6 de noviembre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 18.956, que reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la Ley N 18.575, y sus modificaciones, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N 21.091, sobre Educación Superior; en el artículo 25 ter de la ley N 20.129 ; en el decreto supremo N 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas de instituciones de educación superior, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 ter de la ley N 20.129 ; en carta ULL, de agosto de 2024, del Rector de la Universidad Los Leones; en el decreto N 15/2022, de la Universidad Los Leones, que promulga el acuerdo de la Junta Directiva de la Universidad Los Leones que acordó el cierre de la carrera de Psicología, celebrada en sesión de fecha 22 de junio de 2021; en el memorándum interno N 06/916, de fecha 6 de septiembre de 2024, de la Jefa de División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior; y, en la resolución N 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1 Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la ley N 21.091, sobre Educación Superior, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d)del artículo 3 de la ley N 18.956.2 Que, el artículo 25 ter de la ley N 20.129, dispone que "Para efectos del cierre de una sede, carrera o programa, las instituciones de educación superior deberán presentar un Plan de Cierre a la Subsecretaría de Educación Superior, el que previamente deberá ser notificado a los estudiantes matriculados", contemplando, al menos, el contenido señalado en dicha norma. El penúltimo inciso del referido artículo precisa que "[S]olo una vez aprobado el Plan de Cierre por la Subsecretaría, la institución de educación superior podrá ejecutarlo.
Una vez finalizado el Plan de Cierre, la institución de educación superior deberá presentar los antecedentes al Ministerio de Educación para que este dicte el acto administrativo correspondiente". 3 Que, los procesos relativos al mencionado artículo 25 ter, se encuentran regulados en el decreto supremo N 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que "Aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas en instituciones de educación superior, y dispone los requisitos que deben ser contemplados en dicho del Plan de Cierre". 4 Que, mediante carta ULL, de agosto de 2024, el Rector de la Universidad Los Leones presentó para aprobación de la Subsecretaría de Educación Superior un plan de cierre de la carrera de Psicología. 5 Que, en sesión de la Junta Directiva de la Universidad Los Leones, celebrada el 22 de junio de 2021, se acordó el cierre de la carrera de Psicología. En el mismo sentido, mediante Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567565 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.997 Miércoles 13 de Noviembre de 2024 Página 2 de 4 decreto N 15/2022, de fecha 9 de junio de 2022, del mismo plantel, se lleva a efecto el mencionado acuerdo de la Junta Directiva, respecto al cierre de la carrera de Psicología. 6 Que, luego de la revisión efectuada a los antecedentes acompañados por la Universidad, la División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior, mediante Memorándum Interno N 06/916, de fecha 6 de septiembre de 2024, informó acerca del cumplimiento de los elementos del mencionado plan de cierre presentado por la Universidad Los Leones. 7 Que, de conformidad con lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 ter de la ley N 20.129 y en el decreto supremo N 29, de 2021, del Ministerio de Educación, corresponde la dictación del acto administrativo que apruebe el plan de cierre presentado por la Universidad Los Leones para la carrera de Psicología.
Resuelvo: Artículo 1: Apruébase el Plan de Cierre de la carrera de Psicología de la Universidad Los Leones, comunicado a la Subsecretaría de Educación Superior mediante carta ULL, de agosto de 2024, del Rector de dicho plantel.
El plan de cierre aprobado es del siguiente tenor: 1) Solicitud dirigida a la Subsecretaria de Educación Superior presentando un Plan de Cierre: Mediante carta ULL, de agosto de 2024, el Rector de la Universidad Los Leones, presentó para aprobación de la Subsecretaría de Educación Superior, el plan de cierre de la carrera de Psicología. 2) Documento en el que consta la decisión de cierre de la carrera adoptado por el órgano con competencia para dicho efecto: Entre los documentos acompañados por la Universidad, se encuentra copia del acta de la sesión de la Junta Directiva de la Universidad Los Leones, celebrada el 22 de junio de 2021, en la que consta el acuerdo para el cierre de la carrera de Psicología.
En el mismo sentido, mediante decreto N 15/2022, de fecha 9 de junio de 2022, del plantel, se promulga y lleva a efecto el mencionado acuerdo de la Junta Directiva, respecto al cierre de la carrera de Psicología. 3) Documento en el que consta la notificación de cierre a los estudiantes matriculados en la respectiva carrera: A propósito de la comunicación informada a los actores de la comunidad estudiantil, y en particular, a todos los estudiantes que se puedan ver afectos a la medida del cierre de la carrera de Psicología, la Universidad Los Leones, por medio de su Vicerrectoría Académica adjunta comunicación mediante la cual informó a las y los estudiantes de la presentación del plan de cierre por vía electrónica. 4) Antecedentes sobre la necesidad de cerrar la carrera: La Universidad Los Leones informa en su Plan de Cierre los siguientes antecedentes que justifican la necesidad de cerrar la carrera son principalmente los desempeños insatisfactorios en cuanto a retención y en cuanto a titulación oportuna, asimismo de acuerdo con lo informado la universidad no cuenta con alumnos nuevos desde el año 2008.5) Información relativa a matrícula de la carrera, planta docente, datos de titulación y retención: La diferencia registrada entre los datos entregados por la universidad y SIES, se genera por la fecha de cohorte de matrícula, mientras que SIES lo hace los 30 de abril de cada año, la universidad lo hace en una fecha posterior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567565 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.997 Miércoles 13 de Noviembre de 2024 Página 3 de 4 En cuanto a la matrícula total de estudiantes regulares por año, se ha informado lo siguiente: La institución señala que la muestra tiene una diferencia de 142 matrículas respecto de la información registrada en SIES, lo que se explica porque los procesos de admisión y matrículas de la ULL se cierran con posterioridad al 30 de abril, fecha en que se informa a SIES.
Retención: La Universidad informa en el Plan de Cierre la tasa de retención de la carrera, en primer año, por su parte habiendo consultado a SIES, no existiendo alumnos desde el año 2018, no se contemplan datos de retención.
Personas tituladas: En lo que respecta a las y los titulados de la carrera, la Universidad Los Leones informa lo siguiente: Planta docente o profesionales: La Universidad en su Plan de Cierre informa no contar con contrato de docentes vigente, por no existir programación para tales fines.
La universidad en su Plan señala no contar con alumnos vigentes regulares, entendiendo por vigentes aquellos que están cursando la carrera y se encuentren matriculados actualmente; tampoco alumnos vigentes rezagados, entendiendo por estos a aquellos que no han finalizado la carrera y que están realizando el programa para rezagados para culminar sus estudios.
Así entonces, la institución informa que el Plan de Cierre de la carrera de Psicología se envía sin alumnos vigentes. 6) Copia de los planes y programas de estudio, indicando el nombre de la carrera y del título al que conduce, tanto los vigentes como los históricos respecto de la carrera: La institución acompaña los planes y programas de estudios en formato digital y físico, en dos archivadores ingresados por Oficina de Partes de la Subsecretaría de Educación Superior. 7) Mecanismos a través de los cuales se resguardará la integridad de los registros académicos de la carrera: La Universidad dispone de registros de todos y cada uno de los/as estudiantes alojado en el sistema U+U. En él se registra el historial académico de los/as estudiantes, el que está disponible para la emisión de certificados y otro tipo de evidencia. Adicionalmente, se encuentran resguardados la totalidad de los Planes de Estudios y los Programas de asignaturas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567565 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.997 Miércoles 13 de Noviembre de 2024 Página 4 de 4 8) Manera en que se resguardará y garantizará la continuidad de estudios de los estudiantes, además de la forma en que éstos recibirán el servicio educativo comprometido hasta finalizar su carrera: La universidad informa que no tiene alumnos vigentes.
Por ende, la institución informa que al no existir alumnos vigentes bajo ninguna condición, no existe plan para la continuidad de estudios. 9) Información detallada sobre etapas y plazos de ejecución del cierre, indicando con claridad la fecha del cierre estimado de la carrera: La institución informa que no tiene alumnos vigentes, por ende, no presenta etapas ni plazos. 10) Manera en que se resguardarán los derechos laborales de los trabajadores de la institución que sean desvinculados, cuando corresponda: La institución indica que no existen trabajadores(as) que deban ser considerados en el presente Plan de Cierre. 11) Medidas compensatorias o indemnización que la institución proporcione a sus estudiantes, académicos y trabajadores por los perjuicios que el Plan de Cierre haya causado, en caso de que corresponda: La universidad señala que no proceden indemnizaciones al estudiantado, dado que la institución no cuenta con alumnos y por ende tampoco personal no académico. Artículo 2: Ejecútese el Plan de Cierre aprobado mediante el presente acto administrativo, de la carrera de Psicología, de la Universidad Los Leones.
Artículo 3: La Universidad Los Leones deberá informar a esta Subsecretaría sobre la finalización y cumplimiento del contenido y acciones del Plan de Cierre, dentro del plazo de 10 días hábiles desde la referida finalización, acompañando los antecedentes que correspondan para acreditar dicho cumplimiento. Artículo 4: Notifíquese por carta certificada el presente acto administrativo a la Universidad Los Leones.
Artículo 5: Contra la presente resolución exenta procede la interposición de un recurso de reposición ante el Subsecretario de Educación Superior, dentro del plazo de cinco días contados desde la notificación de este acto, en los términos dispuestos en la ley N 19.880, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime pertinente. Anótese, publíquese en el Diario Oficial, notifíquese y regístrese. - Víctor Orellana Calderón, Subsecretario de Educación Superior. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567565 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl