Resolución exenta número 414, de 2024.- Modifica bases del instrumento de financiamiento denominado Capital Humano para la Innovación y aprueba su nuevo texto
I SECCIÓN LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.990 Martes 5 de Noviembre de 2024 Página 1 de 18 Normas Generales CVE 2564674 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Corporación de Fomento de la Producción Comité InnovaChile MODIFICA BASES DEL INSTRUMENTO DE FINANCIAMIENTO DENOMINADO “CAPITAL HUMANO PARA LA INNOVACIÓN” Y APRUEBA SU NUEVO TEXTO (Resolución) Núm. 414 exenta. - Santiago, 28 de octubre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en la ley N 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley N 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; en el decreto con fuerza de ley N 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas que regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; en el reglamento de la Corporación, aprobado por decreto N 360, de 1945, del Ministerio de Economía y Comercio; en la Resolución Afecta Nº71, de 2019, modificada por las Resoluciones Afecta N 32, de 2020, Afecta N 6 y Afecta N 61, ambas de 2023, todas de Corfo, que aprueba normas por las que deberá regirse el Comité InnovaChile o “Reglamento”; en la Resolución Afecta N 28, de 2020, modificada por Resolución Afecta Nº136, de 2023, y por Resolución Afecta N 51, de 2024, todas de Corfo, que Aprueba Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, en adelante las “Bases Administrativas Generales” o “BAG”; en la Resolución Afecta TRA N 58/14/2023, de Corfo, que nombra a Jocelyn Cynthia Olivari Narea en el cargo de Gerente de Innovación de la Corporación; en la Resolución Exenta RA N 889/24/2023, de Corfo, que establece orden de subrogación del Director Ejecutivo del Comité InnovaChile, y en las Resoluciones Nº7, de 2019 y N 14, de 2022, ambas de la Contraloría General de la República, que, respectivamente, fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda. Considerando: 1.
Que, por Acuerdo Nº1, adoptado en la Sesión Nº64, del Consejo Directivo del Comité InnovaChile, celebrada el 2 de abril de 2015, ejecutado mediante Resolución Exenta Nº155, de 2015, de InnovaChile, se aprobó la iniciativa denominada “Inserción de Capital Humano para la Innovación”. 2.
Que, por Acuerdo Único, adoptado en la Sesión N 315, del Subcomité de Difusión Tecnológica y Entorno para la Innovación, celebrada el 25 de febrero de 2016, ejecutado mediante Resolución Exenta N 112, de 2016, de InnovaChile, se aprobaron los elementos técnicos señalados en la letra c) del artículo 7 del Reglamento del Comité InnovaChile. 3.
Que, por Acuerdo N 1 de la Sesión N 319, del Subcomité de Difusión Tecnológica y Entorno para la Innovación, celebrada el 21 de abril de 2016, ejecutado por Resolución Exenta N 148, de 2016, de InnovaChile, se modificó, por primera vez, el Acuerdo singularizado en el Considerando 2 precedente. 4. Que, por Resolución Exenta N 317, de 2017, de InnovaChile, se creó el instrumento de financiamiento denominado “Capital Humano para la Innovación” y se aprobó el texto de sus bases. 5.
Que, por Acuerdo N 2, de la Sesión N 494, del Subcomité de I+D+I Empresarial, celebrada el 13 de junio de 2023, ejecutado por Resolución Electrónica Exenta N 241, de 2023, de InnovaChile, se modificó, por segunda vez, el Acuerdo singularizado en el Considerando 2 precedente. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Que, por Acuerdo N 1, de la Sesión N 515, del Subcomité de I+D+i Empresarial, celebrada el 13 de febrero de 2024, ejecutado por Resolución Electrónica Exenta N 44, de 2024, de InnovaChile, se modificó, por tercera vez, el Acuerdo singularizado en el Considerando 2 precedente. 8. Que, por Resolución Electrónica Exenta N 45, de 2024, de InnovaChile, se modificaron las bases del instrumento de financiamiento denominado “Capital Humano para la Innovación” y se aprobó su nuevo texto. 9.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del artículo 11 del Reglamento del Comité InnovaChile, le corresponde a su Director Ejecutivo crear, en base a los respectivos elementos técnicos definidos por el Subcomité, uno o más instrumentos de financiamiento, aprobar el texto definitivo de sus bases, sus modificaciones y textos refundidos. 10. Lo dispuesto en la Ley Nº21.640, de Presupuestos del sector público correspondiente al año 2024.11.
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 1.2 de las Bases Administrativas Generales para los instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por Resolución Afecta N 28, de 2020, modificada por Resolución Afecta Nº136, de 2023, y por Resolución Afecta N 51, de 2024, todas de Corfo, “Los Comités de Corfo podrán utilizar estas bases, si así lo dispusiere su Director Ejecutivo. ” Resuelvo: 1º.
Modifícanse las bases del instrumento de financiamiento denominado “Capital Humano para la Innovación”, aprobadas por resolución ectrónica exenta N 243, de 2023, de InnovaChile y apruébase su nuevo texto, cuyo tenor es el siguiente: Índice 1. Aspectos Generales 2. Objetivos 3. Resultados esperados 4. Participantes del proyecto 5. Plazos 6. Cofinanciamiento 7. Actividades y gastos financiables 8. Contenido del proyecto 9. Evaluación 10. Seguimiento y acompañamiento 11. Aspectos presupuestarios 12. Bases Administrativas Generales ANEXOS 1. Aspectos Generales La innovación es un elemento fundamental en los incrementos de productividad alcanzados por un país, lo que determina su nivel de crecimiento en el largo plazo. Constituye, además, un vehículo que orienta la dirección de su desarrollo, tanto económico como social. Esto explica que la promoción de mayores esfuerzos en innovación sea un objetivo central de la política pública en países desarrollados, y crecientemente de países en desarrollo.
Lo expuesto cobra especial relevancia en el caso de Chile donde, según los resultados de la última encuesta nacional de innovación (ENI 2019-2020), solo un 16,7% de las empresas declara haber innovado, mientras que, en un país en la mediana de la OECD, organización de la cual Chile forma parte, un 50% de las empresas introdujo un nuevo producto o proceso entre los años 2018 y 2020 (OECD Business Innovation Indicators 2023). De este bajo porcentaje de empresas innovadoras en Chile, solo un 28,5% realiza I+D según la ENI (2019-2020). Lo precedentemente señalado no sorprende, al advertir los bajos esfuerzos que se realizan en el país en investigación y desarrollo (I+D), insumo fundamental para la innovación tecnológica.
En efecto, durante el año 2022 en Chile se invirtió tan solo un 0,39% del PIB en I+D (MINCYT, 2024), muy lejos del 2,7% que invierten otros países miembros de la OECD, y del 1% que se debiera estar invirtiendo en el país, según su nivel de ingreso per cápita (OECD, STI Scoreboard). Por otra parte, de la inversión total en I+D realizada a nivel nacional, las empresas privadas financiaron alrededor del 41,38% que, Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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A las referidas fallas se suman aquellas clásicas de mercado vinculadas a la naturaleza de bien público y a las externalidades positivas que tiene el conocimiento, lo que dificulta su apropiabilidad por parte de quien invierte en el desarrollo del mismo; a la incertidumbre tecnológica y comercial a la que se enfrenta el desarrollo y puesta en el mercado de un producto o proceso innovador; y a las asimetrías de información que enfrentan las empresas respecto de, por ejemplo, la existencia y/o ubicación de tecnologías que puedan servir de insumo para el desarrollo de innovaciones, o bien, entre quien requiere y busca financiamiento para desarrollar un proyecto de innovación y aquellos actores que tienen los recursos.
Producto de estas fallas es que los niveles de inversión en I+D y el esfuerzo privado en innovación es menor al deseable desde un punto de vista social, justificando la intervención del sector público mediante instrumentos de política pública de diversa naturaleza.
Adicionalmente, la crisis climática y de biodiversidad a nivel global, el creciente número de conflictos socioambientales, y el estancamiento de la productividad de Chile ponen de manifiesto la urgente necesidad de avanzar hacia un nuevo modelo de desarrollo productivo que sea inclusivo y sostenible, que impulse una transformación productiva, y que promueva el desarrollo de contenido local y la sofisticación de nuestra canasta exportadora.
Para ello se requiere de la incorporación de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación en el quehacer de múltiples sectores económicos, los que en conjunto posibilitarán el cumplimiento de misiones tan importantes como la descarbonización, resiliencia climática y diversificación productiva sustentable.
Para responder a los desafíos que impone la implementación de este modelo de desarrollo productivo sostenible, se requiere de la participación activa e interacción de múltiples actores del ecosistema de innovación, dentro de los cuales las empresas adquieren un rol preponderante.
En este contexto, la participación de las empresas en el desarrollo e implementación de proyectos de I+D e innovación que contribuyan a la generación de nuevos productos (bienes o servicios) y/o procesos de alto valor agregado, es fundamental para aportar a la transformación productiva y a la sofisticación de la economía chilena.
Por todo lo anterior, es que el Estado, a través de InnovaChile de Corfo, pone a disposición de las empresas un conjunto de instrumentos de apoyo público a proyectos de I+D e innovación empresarial, los que buscan brindar apoyo en sus distintas etapas de desarrollo.
Dentro de este abanico de instrumentos, se encuentra “Capital Humano para la Innovación”, instrumento que tiene por finalidad contribuir al fortalecimiento de capacidades en I+D+i en las empresas nacionales, a través de la inserción de profesionales y técnicos/as de nivel superior, altamente calificados, para su participación en el desarrollo de soluciones que aborden un desafío productivo y/o competitivo que requiera de actividades de I+D+i, con la finalidad de aumentar la productividad y competitividad de dichas empresas.
Para estos efectos, las empresas deben identificar y caracterizar un desafío en el ámbito productivo y/o competitivo que requiera ser abordado a través de actividades de investigación y desarrollo e innovación, las cuales implican la incorporación de capital humano especializado que actualmente no está presente en la empresa.
En el marco de la implementación de la solución al desafío, a través de actividades de I+D+i, y de la inserción de profesionales y técnicos/as de nivel superior altamente especializados, se espera que las empresas fortalezcan sus capacidades de I+D+i. Asimismo, se busca que la empresa implemente mecanismos para sistematizar la conducción de actividades de I+D+i, las cuales contribuirán a aumentar su productividad y competitividad. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Objetivo general Contribuir al fortalecimiento de capacidades en I+D+i en las empresas nacionales, a través de la inserción de profesionales y técnicos/as de nivel superior, altamente calificados, para su participación en el desarrollo de soluciones que aborden desafíos productivos y/o competitivos que requieran de actividades de I+D+i, con la finalidad de aumentar la productividad y competitividad de dichas empresas. 2.2. Objetivos específicos Identificar y contratar un/a profesional o un/a técnico/a de nivel superior, con capacidades y competencias coherentes con el desafío planteado por la empresa. Solucionar desafíos con componentes de I+D+i propuestos por las empresas que sean de interés y de impacto en la productividad y/o competitividad de las mismas.
Fortalecer capacidades de I+D+i al interior de la empresa, a través de la utilización de rutinas y prácticas basadas en I+D+i, que permitan la sistematización de la experiencia y su replicabilidad en otros ámbitos empresariales. 3. Resultados esperados Presencia de profesionales y técnicos(as) de nivel superior altamente calificados, que desarrollen proyectos de I+D+i en empresas nacionales, incorporados en las empresas nacionales. Presencia de desafíos con componentes de I+D+i, solucionados, que mejoran la productividad y/o competitividad de las empresas nacionales. Capacidades de I+D+i en empresas nacionales mediante estrategias de sistematización de las actividades de I+D+i, fortalecidas, dentro de dichas empresas. 4. Participantes del proyecto Los participantes de un proyecto son los siguientes: a) BENEFICIARIO (sólo uno por proyecto) Es quien postula a un subsidio para el cofinanciamiento de su proyecto. En caso de ser aprobado, deberá firmar un convenio de subsidio con InnovaChile y será responsable por la ejecución del proyecto. Podrán postular como beneficiarios: Personas jurídicas constituidas en Chile. Personas naturales que, al momento de postular, tengan cumplidos, a lo menos, 18 años de edad.
Además, al momento de la postulación, en relación con el beneficiario, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: Haber transcurrido, a lo menos, 18 meses, contados desde la fecha de inicio de actividades en un giro empresarial de primera categoría, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley de Impuesto a la Renta (D.L. 824, de 1974), el cual debe encontrarse vigente.
Acreditar ingresos por ventas dentro de los 18 meses previos a la postulación (no necesariamente en todos los meses). Las instituciones de educación superior (universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica), no podrán participar en calidad de beneficiario, y sólo podrán participar como entidades contratadas por el beneficiario para la ejecución de actividades externalizadas del proyecto. b) PROFESIONAL O TÉCNICO/A DE NIVEL SUPERIOR DE ÁREAS DE LA CIENCIA, TECNOLOGÍA Y/O INNOVACIÓN (sólo uno/a por proyecto) Corresponde a la persona natural a contratar por el beneficiario para participar en el desarrollo y ejecución de actividades de I+D y/o innovación, la cual debe cumplir los siguientes requisitos: i. Tener un título profesional o técnico/a de nivel superior, en el área de la ciencia, tecnología y/o innovación. Además, podrá contar con grado de magister o doctorado en alguna de las Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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En la postulación, se deberán presentar antecedentes que acrediten su(s) título(s) técnico(s) de nivel superior, profesional(es) y, en su caso, el(los) grado(s) académico(s). En conformidad con los objetivos del instrumento, no podrán contratarse profesionales ni técnicos(as) de nivel superior para la ejecución de actividades de marketing, gestión de la innovación y/o de programación de software. ii. Que, el/la profesional o el/la técnico/a de nivel superior a contratar: a. No haya sido ni sea director/a, administrador/a, representante ni haya tenido o tenga participación en el capital o derechos societarios del beneficiario, directa o indirectamente. b. No tenga vinculación laboral o de prestación de servicios con el beneficiario al momento de la postulación, ni la haya tenido durante el plazo de un año anterior a la postulación. c.
No tenga vinculación laboral o de prestación de servicios, con personas naturales o jurídicas relacionadas con el beneficiario, al momento de la postulación, ni la haya tenido durante el plazo de un año anterior a la postulación. Para estos efectos, aplican las hipótesis de relación establecidas en el numeral 11.5.2 de las Bases Administrativas Generales.
Para efectos de acreditar el cumplimiento del presente requisito, el beneficiario deberá presentar una declaración jurada de acuerdo con el formato contenido en el Anexo 1 de las presentes bases, debidamente firmada por él, en el caso de corresponder a una persona natural, o por su(s) representante(s), en el caso de corresponder a una persona jurídica, lo que será verificado durante la etapa de formalización del proyecto, en caso de ser adjudicado. Lo anterior, es sin perjuicio de que InnovaChile verifique la efectividad de lo declarado por el beneficiario y/o solicite antecedentes adicionales o complementarios. iii.
Adicionalmente, respecto del/de la profesional o técnico/a de nivel superior, se deberá dar cuenta de la siguiente información: El/la profesional o el/la técnico/a de nivel superior debe tener nacionalidad chilena, o bien, ser extranjero/a con residencia definitiva en el país.
Excepcionalmente, en caso de que la beneficiaria presente un desafío que, para ser resuelto, requiera una alta especialización no disponible en el país, se permitirá la concurrencia de un/a profesional o técnico/a de nivel superior, de nacionalidad extranjera, sin residencia definitiva en el país al momento de la postulación. Sin embargo, en estos casos, la persona a contratar deberá contar con la residencia temporal durante la ejecución del proyecto, o estar tramitándola. El cumplimiento de lo señalado en los números i, ii y iii del párrafo precedente, en lo que corresponda, será verificado en el análisis de admisibilidad del proyecto. InnovaChile, podrá solicitar durante dicho análisis, aclaraciones y/o antecedentes adicionales o complementarios, los que deberán ser remitidos dentro del plazo de 5 (cinco) días desde su requerimiento. En caso de que no se acompañe la información, o la acompañada no sea coherente con lo declarado, el proyecto será declarado no admisible. La relación entre el/la profesional o el/la técnico/a de nivel superior a contratar y la beneficiaria deberá estar regida por el Código del Trabajo, y pactarse jornada completa. Por lo anterior, no se admiten contratos de prestación de servicios a honorarios.
Si el beneficiario pone término al contrato con el/la profesional o el/la técnico/a de nivel superior originalmente seleccionado/a, o se presenta la renuncia por parte de el/la profesional o el/la técnico/a de nivel superior contratado/a, el beneficiario deberá solicitar el cambio de éste/a a InnovaChile, indicando las razones que fundamentan tal decisión.
De ser aceptado, el beneficiario podrá mantener el subsidio, si presenta, en un plazo que será comunicado por InnovaChile, a un/a nuevo/a candidato/a de perfil adecuado al requerido por el proyecto, el/la que deberá ser aprobado/a por InnovaChile.
En caso de que el/la profesional o el/la técnico/a de nivel superior originalmente seleccionada, haya correspondido a una mujer, según su sexo registral, para mantener el porcentaje de cofinanciamiento adicional otorgado de acuerdo con lo señalado en el número 6.3 siguiente, la persona que la sustituya, también deberá corresponder a una mujer, según su sexo registral. En caso contrario no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje mínimo de aportes “nuevos o pecuniarios”, de acuerdo con las reglas generales.
Luego de formalizada la modificación del convenio de subsidio, que resulte aplicable, el saldo del subsidio que corresponda, se podrá destinar al pago del/de la nuevo/a profesional o técnico/a por el plazo de ejecución que resta para el término de la ejecución del proyecto. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Si el beneficiario pone término al contrato con el/la nuevo/a profesional o técnico/a de nivel superior cuyo cambio fue aprobado, o se presenta la renuncia por parte de él/ella, el beneficiario debe informar de inmediato dicha circunstancia a InnovaChile, y se dará término anticipado al proyecto. De no informarse esta circunstancia dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles desde el respectivo despido o renuncia, se pondrá término anticipado imputable al proyecto. Cada postulación deberá considerar la participación de sólo un/a profesional o de un/a técnico/a de nivel superior a contratar.
En caso de detectarse durante el análisis de admisibilidad, la evaluación de las propuestas, la formalización y/o la ejecución del proyecto (en caso de ser adjudicado), cualquier inconsistencia grave entre la situación de los participantes y lo declarado en relación a este numeral, la propuesta será declarada no admisible o se pondrá término anticipado imputable al proyecto, según corresponda, sin perjuicio de las medidas adicionales que InnovaChile tome, atendido lo dispuesto en el artículo 470 N 8 del Código Penal. Cada persona, según corresponda, y cumpliendo los requisitos que se señalan para cada caso, sólo podrá participar en una categoría de las anteriormente señaladas. Así, la persona que participe en calidad de “beneficiario”, no podrá participar en calidad de “profesional o técnico/a de nivel superior”, o viceversa. 5. Plazos Los proyectos se deberán ejecutar en un plazo máximo de 12 (doce) meses. Dicho plazo podrá ser prorrogado, previa solicitud fundada del beneficiario presentada antes del vencimiento del plazo de ejecución. El plazo total del proyecto, incluidas sus prórrogas, no podrá superar los 13 (trece) meses. 6. Cofinanciamiento 6.1.
Subsidio de InnovaChile InnovaChile cofinanciará los proyectos con un tope de hasta $40.000.000. - (cuarenta millones de pesos). Además, dependiendo del ingreso anual por ventas del beneficiario, se financiará un porcentaje del costo total del proyecto, de acuerdo con la siguiente tabla: (*) El ingreso anual por ventas que se considerará para determinar el tamaño del beneficiario será el del año calendario anterior a la postulación del proyecto. Para determinar el cumplimiento de los requisitos antes establecidos, se usará como referencia el valor de la U.F. del día 31 de diciembre del año anterior al de postulación.
El tope mensual del subsidio que se puede destinar al pago de la remuneración bruta de la persona a contratar es de hasta $2.200.000. - (dos millones doscientos mil pesos), salvo lo dispuesto en el número 6.3 siguiente. Sin perjuicio de lo señalado, al momento de la adjudicación de cada proyecto, se podrá aprobar un monto de subsidio y/o un porcentaje de cofinanciamiento inferior a los máximos indicados.
Asimismo, y dependiendo de la naturaleza de la focalización temática o geográfica que en su caso se efectúe, y/o de la disponibilidad presupuestaria, InnovaChile podrá establecer para cada llamado un monto y/o porcentaje de cofinanciamiento por proyecto inferior a los indicados precedentemente, situación que será determinada en el respectivo acto de focalización e informada en el(los) respectivo(s) aviso(s) que se efectúe(n) para cada apertura o llamado. 6.2.
Aportes del beneficiario El beneficiario deberá aportar el financiamiento restante mediante aportes “nuevos o pecuniarios” (en efectivo) y/o “preexistentes o valorizados”. Asimismo, al menos el 50,00% de los aportes del beneficiario deberá corresponder a aportes “nuevos o pecuniarios”. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Aumento del porcentaje de cofinanciamiento en relación con el costo total Sin perjuicio de los porcentajes máximos de cofinanciamiento indicados en el número 6.1 anterior, los postulantes podrán optar a que se aplique, en caso de ser aprobado su proyecto, un aumento del porcentaje de cofinanciamiento, en la medida que: El beneficiario sea una “empresa liderada por mujeres”, o bien, El/la profesional o el/la técnico/a de nivel superior a contratar corresponda a una mujer, según su sexo registral. Ambos aumentos son excluyentes y, por lo tanto, no son acumulables.
Se considerará como una “empresa liderada por mujeres”, a los postulantes en calidad de beneficiario que cumplan con los requisitos señalados en las “Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres”, aprobadas por Resolución Exenta N 481, de 2018, de InnovaChile.
Para estos efectos, el postulante deberá indicar, al momento de la postulación, declarándolo así en el formulario, si opta al aumento de hasta un 10,00% más de porcentaje de cofinanciamiento (en relación con el costo total del proyecto) por sobre los máximos establecidos en las presentes bases por categoría de beneficiario.
Como contrapartida y consecuencia de lo anterior, el porcentaje de aportes “nuevos o pecuniarios” mínimo se reducirá hasta en un 10,00%. En estos casos, y de verificarse, en su oportunidad el cumplimiento de los requisitos para ser considerada una “empresa liderada por mujeres”, no se aplicará la exigencia de que, a lo menos, el 50,00% de los aportes correspondan a aportes “nuevos o pecuniarios”. Adicionalmente, este aumento de hasta un 10,00% de cofinanciamiento podrá ser distribuido total o parcialmente a la remuneración bruta de la persona a contratar con cargo al subsidio de InnovaChile.
En ese caso, el tope mensual del subsidio que se podrá destinar al pago de la remuneración bruta de la persona a contratar será de hasta $2.616.666. - (dos millones seiscientos dieciséis mil seiscientos sesenta y seis pesos). El aumento del porcentaje de cofinanciamiento será aplicado una vez que el proyecto haya sido aprobado y se haya verificado que el postulante cumple con los requisitos para ser considerado una “empresa liderada por mujeres”, por lo que, durante la postulación, se deberá formular el presupuesto, de acuerdo con los montos y porcentajes indicados en los números 6.1 y 6.2 anteriores.
El cumplimiento de los requisitos establecidos en la Resolución señalada o que, en definitiva, el/la profesional o el/la técnico/a de nivel superior a contratar corresponda a una mujer, según su sexo registral, según sea el caso, se verificará durante la formalización de los proyectos. En caso de no cumplimiento, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje de aportes “nuevos o pecuniarios”, de acuerdo con las reglas generales. El aumento de porcentaje de cofinanciamiento, en ningún caso podrá significar la entrega de un subsidio por sobre $45.000.000. - (cuarenta y cinco millones de pesos). 7.
Actividades y gastos financiables Se podrán financiar (con subsidio y/o aportes) las siguientes actividades y gastos: a) Contratación de una persona natural, con título técnico de nivel superior, profesional y/o grado de magíster y/o doctorado, vinculado a las áreas de la ciencia, tecnología y/o innovación, con las limitaciones señaladas en el número 6.1 precedente, en relación con el subsidio. b) Materiales y fungibles para la construcción de prototipos de baja resolución y actividades de gestión de I+D pertinentes a la realización del proyecto. c) Adquisición de equipamiento -inversiones-, por hasta $2.000.000. - (dos millones de pesos), y que sean estrictamente necesarias, a juicio de InnovaChile, para el desarrollo del proyecto. d) Asistencia a seminarios nacionales e internacionales directamente relacionados con el desafío planteado, para la participación exclusiva del profesional experto a contratar. e) Costos financieros de las garantías por anticipo y por fiel cumplimiento del convenio. f) Otras actividades y gastos pertinentes y relevantes, a juicio de InnovaChile, que sean consideradas críticas y estrictamente necesarias para la obtención de los objetivos del proyecto y se enmarquen en los objetivos y los resultados esperados del instrumento. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Martes 5 de Noviembre de 2024 Página 8 de 18 Núm. 43.990 Se podrá financiar, exclusivamente con cargo al aporte del beneficiario: - Remuneraciones y/u honorarios de personal preexistente del beneficiario, cuya participación sea necesaria y esté directamente vinculada a la ejecución del proyecto. Este aporte valorado deberá presupuestarse en la cuenta “Recursos Humanos”, debiendo observarse la limitación para aportes “preexistentes o valorizados” señalada en el número 6.2 anterior.
El beneficiario deberá utilizar para todas las adquisiciones y contrataciones que efectúe en el contexto de ejecución del proyecto, relativas a actividades y/o gastos que por su naturaleza deban presupuestarse en las cuentas “Gastos de Operación” y “Gastos de Inversión”, el procedimiento señalado en el anexo N 11 de la Resolución Exenta N 443, de 2020, modificada por Resolución Exenta N 131, de 2023, ambas de Corfo, que “Aprueba Manual para la Rendición y Seguimiento Financiero de Proyectos Financiados y/o Cofinanciados por Corfo y sus Anexos”. 8.
Contenido del proyecto Las postulaciones deberán contener la descripción del proyecto para cuya ejecución se solicita cofinanciamiento, la cual deberá contener la siguiente información, de acuerdo con el detalle y requisitos que se señalen en el formulario de postulación: a) Resumen del proyecto Síntesis del proyecto que incluya el desafío productivo y/o competitivo que da origen al mismo, la contribución que se espera respecto del/de la profesional o del/de la técnico/a de nivel superior a incorporar en la empresa para abordar dicho desafío, además de los resultados esperados de la ejecución del proyecto. b) Objetivo general y objetivos específicos Definir un objetivo general que deberá estar alineado con el objetivo general de este instrumento de financiamiento y con el desafío planteado por la empresa, enfocado al ámbito productivo y/o competitivo.
Definir los objetivos específicos del proyecto, que deberán ser coherentes con los objetivos específicos de este instrumento de financiamiento y que, en su conjunto, permitan el cumplimiento del objetivo general planteado en el proyecto. c) Caracterización e identificación del desafío (productivo y/o competitivo) Se debe identificar, describir y caracterizar un desafío en el ámbito productivo y/o competitivo (ver Anexo 2) que requiera ser abordado por el beneficiario, que sustente de manera clara la realización del proyecto que se propone ejecutar. Se deberán entregar antecedentes cuantitativos y cualitativos que permitan comprender y dimensionar la importancia y necesidad de resolver el desafío productivo y/o competitivo.
Por otra parte, se deberá describir la relación entre el desafío productivo y/o competitivo y el sector, industria y/o subsector donde se encuentra la empresa, permitiendo evidenciar que dicho desafío está claramente relacionado con las actividades/negocio del beneficiario.
Además, se deberá fundamentar y documentar en la propuesta postulada, de qué manera el desarrollo de actividades de I+D+i (ver Anexo 2) es necesario para la búsqueda de solución(es) que aborde(n) efectivamente el desafío en el ámbito productivo y/o competitivo.
Finalmente, se deberá explicitar en la postulación la diferencia entre la situación actual y la situación con el desafío resuelto, en términos cualitativos y cuantitativos, de manera que evidencie el potencial impacto que tiene la solución del desafío productivo y/o competitivo en la entidad beneficiaria. d) Perfil de los participantes i. Beneficiario: Identificación y descripción de sus capacidades de gestión técnicas, financieras y de infraestructura necesarias para lograr la adecuada ejecución y el éxito del proyecto, las que deberán estar debidamente justificadas.
En cuanto a las capacidades de gestión técnicas, se debe detallar la dotación de profesionales y técnicos/as pertenecientes al beneficiario, describiendo su experiencia y competencias en el planteamiento y ejecución de proyectos de investigación, desarrollo y/o innovación, que sean pertinentes con la propuesta planteada. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Martes 5 de Noviembre de 2024 Página 9 de 18 Núm. 43.990 Respecto del beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile: - Transcripción literal del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos. - Explicar fundadamente la pertinencia del objeto social o finalidad transcrita, en relación con las actividades a desarrollar para la obtención del objetivo del proyecto. ii.
Profesional o técnico/a de nivel superior a contratar: Se deberá describir su experiencia laboral y cómo ésta se vincula y relaciona con las actividades de I+D+i que se requieren para desarrollar una solución que aborde efectivamente el desafío productivo y/o competitivo que se abordará en la entidad beneficiaria, descrito y señalado en la letra c) precedente. Los antecedentes curriculares se deberán detallar en conformidad al currículum tipo que se pondrá a disposición por InnovaChile, donde se deberá indicar su nivel de educación y experiencia relevante.
Además, el/la profesional o técnico/a de nivel superior a contratar deberá contar con su título y grado al momento de la postulación, los que tendrán que cumplir con lo indicado en el subnumeral i, de la letra b) del número 4 de las presentes bases.
Se debe fundamentar cómo, en la estructura descrita en la pregunta del formulario de postulación sobre capacidades de gestión técnica de la beneficiaria, el/la profesional o técnico/a de nivel superior a contratar, aporta una capacidad científico-tecnológica o conocimiento que es nuevo o escaso en ésta. e) Metodología y Plan de Trabajo En relación con la metodología, se deberá señalar lo siguiente: Descripción, en términos concretos, de la propuesta de solución al desafío identificado.
Dicha descripción debe dar cuenta de las principales características y funcionalidades de esta solución, incluyendo su estado de madurez tecnológica actual (Technology Readiness Level o “TRL”, ver Anexo 2) y el que se espera obtener al finalizar el proyecto. Descripción detallada del enfoque teórico y práctico de la metodología que será implementada durante la ejecución del proyecto. Debe especificarse cómo este enfoque facilitará la ejecución exitosa del proyecto. Antecedentes que permitan justificar la elección de la metodología planteada, demostrando su pertinencia y eficacia para lograr el desarrollo de la solución al desafío productivo y/o competitivo identificado.
Detalle de la propuesta de acciones (rutinas, procesos, protocolos, manuales, métodos, entre otros) que le permitan al beneficiario transitar hacia una sistematización de la ejecución de actividades de I+D+i en la empresa, para fortalecer sus capacidades en este ámbito (ver Anexo 2). En relación con el plan de trabajo, se deberá señalar lo siguiente: El plan de trabajo debe entregar el detalle de cada una de las etapas y actividades a realizar, incluyendo plazos asignados, lugares, responsables, entre otros, que aseguren el total y correcto desarrollo del proyecto y que permitan el seguimiento del trabajo por parte de InnovaChile.
Estas actividades deben ser coherentes con todos los componentes del proyecto (objetivos, resultados y presupuesto presentado). En caso de que el plan de trabajo incluya la asistencia a seminarios nacionales e internacionales de el/la profesional o técnico/a de nivel superior, se deberá indicar su relación y pertinencia con el desafío productivo y/o competitivo planteado.
El presupuesto se debe detallar y calcular sobre la base de costos reales que observen condiciones de mercado, demostrables y coherentes con la envergadura y complejidad técnica de las actividades a realizar, con el plazo de ejecución y con la capacidad financiera del beneficiario. InnovaChile, en atención al principio del correcto uso de los recursos públicos, podrá ajustar a valores de mercado las partidas que corresponda.
El presupuesto deberá elaborarse según las cuentas presupuestarias señaladas en el número 11.1 de las presentes bases, y de acuerdo con las indicaciones y restricciones establecidas en el referido número. f) Resultados e indicadores Resultados: Señalar y describir los principales resultados que se generarán, los cuales deben ser consistentes con los resultados esperados del presente instrumento de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Martes 5 de Noviembre de 2024 Página 10 de 18 Núm. 43.990 financiamiento. Se deberá plantear, al menos, un resultado relacionado con cada resultado esperado del presente instrumento. Indicadores: Plantear indicadores que permitan medir el conjunto de resultados propuestos. Para cada uno de ellos, se deben indicar sus metas, medios de verificación y supuestos relacionados. Deberá definirse, al menos, un indicador por resultado planteado.
Se deben comprometer métricas cuantificables y realistas que permitan comprender cada uno de los indicadores y su logro efectivo. g) Antecedentes para la bonificación establecida en la ley N 21.561 a las empresas de menor tamaño, que hayan implementado de forma anticipada la reducción de jornada laboral Informar si al beneficiario se le otorgó o no, por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifica que, de conformidad con los requisitos establecidos por la Subsecretaría del Trabajo, implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley N 21.561, señalando su fecha de vencimiento.
En caso afirmativo, deberá adjuntar la respectiva resolución y, además, los antecedentes que permitan acreditar que es una empresa de menor tamaño, de acuerdo con el artículo segundo de la ley N 20.416 (que, para efectos del presente instrumento, se entenderá como aquella que ha tenido ingresos por ventas que 1 no exceden las 100.000 U.F. en el último año calendario). Corfo, en todo momento, podrá solicitar, de ser necesario, los antecedentes pertinentes para verificar que el referido sello se encuentra vigente en la instancia de la adjudicación. 9. Evaluación 9.1. Aspectos Generales De forma previa a la evaluación, y de acuerdo con lo dispuesto en el número 5 de las Bases Administrativas Generales, InnovaChile realizará un análisis de admisibilidad de los proyectos. Aquellos proyectos que cumplan con todos los requisitos de dicho análisis (detallados en el número 12.1 de estas bases) avanzarán a la etapa de evaluación. 9.2. Criterios de evaluación Los proyectos serán evaluados con notas de 1 a 5.
Los criterios y subcriterios de evaluación y sus respectivos ponderadores, son los siguientes: ________________ 1 Para estos efectos, se utilizará el valor de la U.F. del día 31 de diciembre del año anterior al de postulación. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Martes 5 de Noviembre de 2024 Página 11 de 18 Núm. 43.990 Para que un proyecto sea presentado a la instancia de decisión con “recomendación de aprobación”, deberá obtener una nota mínima de 3,00 en cada uno de los criterios de evaluación.
De conformidad con lo establecido en el artículo séptimo transitorio de la ley N 21.561, se otorgará un puntaje adicional, consistente en una bonificación de un 5% sobre la nota final obtenida, a aquellos proyectos cuyo beneficiario cumpla con los siguientes requisitos copulativos: a) Corresponda una empresa de menor tamaño. b) Se le haya otorgado, por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, el sello que certifique que implementó de forma anticipada la reducción de jornada laboral establecida en la ley N 21.561 y que éste se encuentre vigente en la instancia de la adjudicación.
Asimismo, tratándose de un concurso, en caso de producirse un empate en la nota final entre dos o más proyectos, se preferirá y quedará en mejor posición en el ranking, aquel proyecto presentado por la empresa que cumpla con los requisitos precedentemente señalados. Con todo, la aplicación de la bonificación no podrá significar una nota final superior a 5.
Como resultado de la evaluación, y sólo en aquellos casos en que el instrumento se ponga a disposición de los interesados en la modalidad de concurso, se elaborará un ranking preliminar, el cual será presentado al órgano de decisión respectivo, el que determinará el ranking definitivo y decidirá sobre la aprobación y rechazo de los proyectos, teniendo en consideración la disponibilidad presupuestaria.
En la etapa de decisión, se podrán incorporar condiciones de adjudicación y/o de formalización a los proyectos aprobados, pudiendo establecerse modificaciones técnicas y/o presupuestarias que se consideren pertinentes, sin que éstas alteren la naturaleza y el objetivo general de los proyectos. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Martes 5 de Noviembre de 2024 Página 12 de 18 Núm. 43.990 10. Seguimiento y acompañamiento Además de los informes que el beneficiario debe entregar de acuerdo con lo dispuesto en el número 11.2 de las Bases Administrativas Generales, se deberán entregar los siguientes informes: 10.1.
Hito técnico de continuidad Al término del mes 4 (cuatro) de ejecución del proyecto (o en el plazo que establezca el órgano de asignación), se deberá entregar un informe de hito técnico de continuidad, el cual deberá dar cuenta, hasta el mes 3 (tres) de ejecución, de la siguiente información: Profundización del plan de sistematización de las actividades de I+D+i al interior de la empresa, considerando las acciones o herramientas concretas a realizar, actividades, resultados e indicadores asociados. Propuesta de continuidad del proyecto. Identificar y describir las etapas futuras que se deben ejecutar para obtener la solución final, y determinar posibles fuentes de financiamiento (Corfo u otras) que podrían apoyar en cada una de las etapas futuras identificadas. Contrato del/de la profesional o técnico/a de nivel superior. InnovaChile evaluará la información presentada y podrá solicitar antecedentes adicionales y la modificación o complementación del mismo.
La Dirección Ejecutiva de InnovaChile, el Director Regional de Corfo, o el Director del Comité de Desarrollo Productivo Regional, según corresponda, resolverá sobre la aprobación o rechazo de la continuidad del proyecto, pudiendo establecer condiciones técnicas y/o presupuestarias, siempre que éstas no alteren el objetivo general ni la naturaleza del proyecto. Si no es aprobado el hito técnico de continuidad, se pondrá término anticipado al proyecto, aplicándose para estos efectos, lo dispuesto en las Bases Administrativas Generales.
El plazo de entrega del informe de hito técnico de continuidad excepcionalmente podrá ser prorrogado por la Dirección Ejecutiva, por el Director Regional de Corfo, o por el Director del Comité de Desarrollo Productivo Regional, según corresponda, previa solicitud fundada del beneficiario presentada antes de su vencimiento. Sin perjuicio de lo anterior, el órgano de asignación, durante la adjudicación y/o ejecución del proyecto, podrá establecer plazos distintos, limitaciones adicionales a las precedentemente señaladas, o bien, eliminar el hito técnico de continuidad. 10.2.
Actividades obligatorias de acompañamiento Desde la fecha en que se le comunica la aprobación de su proyecto y hasta el término de su plazo de ejecución, el beneficiario deberá participar obligatoriamente en ciertas actividades de acompañamiento que InnovaChile fijará, con la finalidad de entregarle información, medios y/o herramientas que puedan resultarle útiles para el cumplimiento de los objetivos y/o resultados de su proyecto. Los lugares, medios, fechas y horas de dichas actividades obligatorias serán oportunamente informados por InnovaChile, con una anticipación no inferior a 7 (siete) días hábiles anteriores a la fecha de su realización. Asimismo, en dicha oportunidad, se indicarán los requisitos, contenidos y formato de la actividad, así como la o las personas del equipo de trabajo (incluye directores de proyecto) que deban asistir.
En casos fundados, y excepcionalmente, InnovaChile podrá autorizar que el beneficiario o ciertas personas de su equipo no participen en alguna de estas actividades, y determinará las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de los fines de la actividad, como, por ejemplo, autorizar la asistencia de otra(s) persona(s) distinta(s) a las originalmente convocadas. Para adoptar esta decisión, InnovaChile tomará en consideración, entre otros, el nivel de participación del beneficiario en otras de las actividades del proyecto.
Si el beneficiario no participare en las actividades, sin contar con autorización previa para aquello, InnovaChile podrá ejecutar la garantía de fiel cumplimiento del convenio que se encuentre en su poder y, en caso de reiteración, y según corresponda, podrá tener por desistido el proyecto o darle término anticipado, aplicándose a la devolución del subsidio las reglas establecidas en el numeral 14.1.3.2, de las Bases Administrativas Generales. 11. Aspectos presupuestarios 11.1.
Cuentas presupuestarias Las actividades y/o gastos del proyecto financiadas con subsidio y/o aportes, deberán ser presupuestados de conformidad a las cuentas presupuestarias “Recursos Humanos”, “Gastos de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Para el caso de adquisiciones, éstas se podrán financiar íntegramente, independiente de la fuente de financiamiento (subsidio y/o aportes), debiendo verificarse, en todo caso, que sean pertinentes y necesarias para el cumplimiento de los objetivos del proyecto, no aplicando, por lo tanto, la regla establecida en la letra b) del número 11.4.3 de las Bases Administrativas Generales. ii.
Gastos de Administración: Se podrá presupuestar en esta cuenta, con cargo al subsidio de InnovaChile, hasta un máximo de $2.000.000. - (dos millones de pesos). Con todo, el monto de subsidio solicitado a InnovaChile en esta cuenta, no podrá exceder del 15,00% de la sumatoria del subsidio solicitado a InnovaChile en las restantes cuentas. 11.2. Garantía de fiel cumplimiento del convenio El monto de la garantía de fiel cumplimiento del convenio, que deberá entregarse, deberá corresponder, al menos, a 30 UF.
En caso de que durante la ejecución del proyecto esta garantía sea ejecutada, sin que se dé término anticipado al mismo, se deberá entregar una nueva garantía por este concepto, del mismo monto antes indicado, de acuerdo con las instrucciones y dentro los plazos comunicados por InnovaChile. 11.3.
Gastos relativos a la evaluación de continuidad Hasta la fecha de entrega del informe de hito técnico de continuidad, sólo se podrán realizar, con cargo al subsidio, aquellos gastos que estén directamente relacionados con la obtención de los resultados parciales considerados para dicho período, a la remuneración del/de la profesional o técnico/a de nivel superior a contratar y que correspondan a actividades que hayan sido ejecutadas dentro del mismo.
Durante el período de revisión de la continuidad del proyecto y hasta la notificación de la decisión respectiva, se podrán reconocer los gastos básicos y estrictamente necesarios para la continuidad operativa del equipo de trabajo (remuneración del profesional o técnico/a de nivel superior contratado), arriendos u otros de naturaleza similar. Hasta la notificación de la decisión de continuidad del proyecto, no podrán realizarse contrataciones, salvo autorización previa de InnovaChile. 12.
Bases Administrativas Generales En cuanto a los procesos y trámites que deberán cumplirse desde la etapa de orientación de los postulantes y/o postulación misma, hasta el término del proyecto y del convenio de subsidio celebrado entre InnovaChile y el beneficiario, aplicarán las Bases Administrativas Generales para los Instrumentos de la Corporación de Fomento de la Producción, aprobadas por Resolución Afecta N 28, de 2020, modificada por Resolución Afecta Nº136, de 2023, y por Resolución Afecta N 51, de 2024, todas de Corfo. 12.1.
Requisitos de Admisibilidad a) Admisibilidad de los participantes Fiscalía de Corfo verificará que el respectivo proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Martes 5 de Noviembre de 2024 Página 14 de 18 Núm. 43.990 b) Admisibilidad del proyecto InnovaChile, de acuerdo con lo establecido en el número 5.2 de las Bases Administrativas Generales, verificará que el respectivo proyecto, desde el momento de la postulación, cumpla con los siguientes requisitos: 12.2.
Antecedentes para la formalización de los proyectos aprobados Previo a la redacción del convenio de subsidio, se cotejará que el objeto social o finalidad del beneficiario persona jurídica de derecho privado constituida en Chile, transcrito en el formulario de postulación, no presente diferencias sustanciales con aquel que consta en sus estatutos.
En caso de que se verifiquen diferencias sustanciales, se revisará nuevamente la pertinencia del objeto social o finalidad que consta en sus estatutos, en relación con las actividades a desarrollar para la obtención del objetivo del proyecto. En caso de verificarse que no existe pertinencia entre los referidos elementos, el convenio no será formalizado y la postulación se tendrá por desistida.
Para la formalización del proyecto, Corfo verificará que la institución privada receptora se encuentre al día en el cumplimiento de la obligación de rendir cuenta respecto de cualquiera de los proyectos cofinanciados por Corfo y/o sus Comités y certificará dicha circunstancia.
Además de los antecedentes que, de acuerdo con el número 8.1 de las Bases Administrativas Generales, deben presentarse en la etapa de formalización de los proyectos, deberán enviarse dentro de los mismos plazos, los siguientes: a) Antecedentes técnicos de formalización Antecedentes que permitan verificar que el beneficiario ha percibido ingresos por ventas dentro los 18 meses previos a la postulación de su proyecto. En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, o que los presentados no permitan verificar este requisito, el proyecto se entenderá desistido.
Para el caso de beneficiarios que hayan declarado en su postulación que corresponden a empresas “micro y pequeñas” o “medianas”: se deberán presentar los antecedentes necesarios para acreditar que su nivel de ingresos por ventas anuales es coherente con el rango de ventas anual declarado en la postulación. En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente el proyecto se entenderá desistido.
Sin perjuicio de lo anterior, si los antecedentes presentados no son coherentes con aquellos declarados en la postulación, en el sentido que los ingresos por ventas anuales del beneficiario son superiores a los declarados, el monto y porcentaje de cofinanciamiento máximos de InnovaChile serán ajustados al tramo que corresponda según su nivel de ingresos anuales efectivos, aumentando, como contrapartida, el monto y porcentaje de aportes del beneficiario. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Martes 5 de Noviembre de 2024 Página 15 de 18 Núm. 43.990 b) Antecedentes legales de formalización Declaración jurada debidamente firmada por el beneficiario o su(s) representante(s), según corresponda, de acuerdo con el formato contenido en el Anexo 1 de las presentes bases, para efectos de acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el número ii de la letra b) del numeral 4 de las presentes bases.
Para los proyectos cuyo beneficiario corresponde a una “empresa liderada por mujeres”, deberán presentarse los antecedentes indicados en el número III de las “Normas para acreditar la calidad de empresa liderada por mujeres”, aprobadas por Resolución Exenta N 481, de 2018, de InnovaChile.
En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, o no permitan verificar el cumplimiento de los respectivos requisitos, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje mínimo de aportes “nuevos o pecuniarios”, de acuerdo con las reglas generales.
Para los proyectos en que el/la profesional o el/la técnico/a a contratar corresponda a una mujer, según su sexo registral, deberá presentarse copia, por ambos lados, de su cédula de identidad vigente u otro antecedente que permita verificar su sexo registral.
En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, o no permitan verificar el cumplimiento de los respectivos requisitos, no podrá otorgarse el porcentaje de cofinanciamiento adicional y deberá cumplirse con el porcentaje mínimo de aportes “nuevos o pecuniarios”, de acuerdo con las reglas generales. En caso de que dichos antecedentes no se presenten oportunamente, o no permitan verificar el cumplimiento de los respectivos requisitos, el proyecto se entenderá desistido. 12.3.
Aspectos relativos al Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos a) Admisibilidad Respecto del/de la postulante en calidad de beneficiario persona natural, cuya propuesta haya cumplido los requisitos de admisibilidad dispuestos en los literales a) y b) del numeral 12.1 precedente, de forma previa al inicio del proceso de evaluación, se consultará que éste/a no tenga una inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Si el o la postulante en calidad de beneficiario persona natural tuviere una inscripción vigente, su postulación será declarada no admisible, y no avanzará a la siguiente etapa de evaluación. b) Formalización Previo a la redacción del convenio de subsidio, en caso de proyectos aprobados cuyo beneficiario corresponda a una persona natural, se consultará el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
En caso de verificarse que tiene inscripción vigente en el referido Registro, el convenio no será formalizado y su postulación se tendrá por desistida. c) Condiciones para la entrega del subsidio Además de las condiciones para la entrega del subsidio, establecidas en el numeral 8.4.2, de las Bases Administrativas Generales, el beneficiario persona natural deberá acreditar no tener inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. En caso de verificarse que tiene una inscripción vigente en el referido Registro, se dará término anticipado al proyecto y al convenio. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Publíquese el(los) aviso(s) correspondiente(s) en un diario de circulación nacional y póngase las presentes bases a disposición de los/las interesados/as en el sitio web de Corfo, www.corfo.cl, una vez que la presente resolución se encuentre totalmente tramitada. 4º.
Publíquese la presente resolución en el banner de “Gobierno Transparente”, del sitio web www.corfo.cl, en conformidad a lo dispuesto en el literal g) del artículo 7, de la Ley N 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, y en la resolución exenta N 500, de 2022, que Aprueba nuevo texto de la Instrucción General del Consejo para la Transparencia, sobre Transparencia Activa. Anótese, publíquese y archívese. - Resolución suscrita mediante firma electrónica avanzada por Jocelyn Olivari Narea, Directora Ejecutiva. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 E-mail: consultas@diarioficial.cl CVE 2564674 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl