EXTRACTOS: SOCIEDAD CONCESIONARIA INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER S.A.
EXTRACTOS: SOCIEDAD CONCESIONARIA INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER S.A. Santiago, Señor Heraldo Fabián Caro Riquelme SOCIEDAD CONCESIONARIA INSTITUTO NACIONAL DEL CANCER S.A.
Rosario norte 407 SANTIAGO Presente De nuestra consideración: Junto con saludar, envío a usted el extracto referido a las modificaciones sustantivas incluidas en la Adenda del Estudio de Impacto Ambiental “Nuevo Establecimiento de Salud Instituto Nacional del cáncer; visado por el Director Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana de Santiago, el cual debe ser publicado de acuerdo a lo establecido en el artículo 28 de la Ley N 19300 y el artículo 88 del D.S.
N4012012 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental: “Que, con fecha 25 de junio de 2024, don Heraldo Fabián caro Riquelme, en representación de Sociedad concesionaria Instituto Nacional del cáncer SA., presentó ante el SEA RM, el EIA del proyecto denominado”Nuevo Establecimiento de Salud Instituto Nacional del Cáncer” (en adelante, el “Proyecto”), admitido a trámite, mediante la Resolución Exenta N 20241 3001 272, de fecha 02 de julio de 2024, de la Comisión de Evaluación de la Región Metropolitana, y que consiste en la construcción y operación de un establecimiento de salud de alta complejidad, de atención especializada del cáncer, así como la actividad docente y de investigación propia de un instituto de especialidad, que se emplazará en Avenida San José N 1 053, comuna de Independencia, Región Metropolitana.
Que, asimismo, con fecha 1 dejulio del 2025, el Titular ingresó ante el SEA RM, y dentro del plazo fijado, la Adenda al EIA del Proyecto, con las respuestas a las observaciones formuladas por la autoridad ambiental en el ICSARA N20241 31 0351 2, de fecha 1 de octubre de 2024, y a las observaciones ciudadanas contenidas en el Anexo PAC N20241 31 03622, de fecha 20 de noviembre de 2024.
Se hace presente que, incorporadas dichas aclaraciones, rectificaciones y/o ampliaciones en la Adenda, se ha constatado que éstas modifican sustantivamente el Proyecto, por cuanto es posible advertir la generación de nuevos impactos significativos y la alteración significativa en la ubicación de las partes, obras y/o acciones del Proyecto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 92 deI decreto supremo No 40, de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante, “RSEIA”). En consecuencia, mediante Resolución Exenta N 202513101419, de fecha 12 de agosto de 2025, el SEA RM, resolvió iniciar una nueva etapa de participación ciudadana en el marco del proceso de evaluación ambiental del EIA del Proyecto, previamente individualizado. En particular, las aclaraciones, rectificaciones y ampliaciones incorporadas por el Titular en la Adenda que modifican sustantivamente el Proyecto dicen relación con la actualización de los impactos ambientales significativos informados en el EIA.
En particular se identifica la incorporación de un nuevo impacto significativo, denominado”Alteración de parte del Muro medianero del Monumento Histórico “Casco Histórico del Cementerio GeneraI debido a la construcción de partes y obras del Proyecto (CPCH-2) en el Anexo AD-1. 1 9”Actualízación Capítulo 4.
Evaluación de Impactos Proyecto “Nuevo Establecimiento de Salud Instituto Nacional del Cáncer Lo anterior, debido a queen ese mismo anexose señala que el deslinde oriente del área del Proyecto corresponde a un tramo de aproximadamente 230 m del deslinde poniente del Casco Histórico del Cementerio General. Los valores simbólico, arquitectónico, artístico-estético e histórico, determinaron que este sector del Cementerio General fuera declarado Monumento Histórico mediante D.S. N72 del 29 de enero de 2010, del Ministerio de Educación, en virtud de lo que establecen los artículos 9 y 11 de la ley 17.288 de Monumentos Nacionales.
En consecuencia, las partes y obras del Proyecto generan efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley N 19.300, en particular, los referentes a la letra f), esto es, ”[a]Iteración de monumentos, sitios con valor antropológico, histórico y, en general, los pertenecientes al patrimonio cultural Por consiguiente, el Titular incorporó una nueva medida de reparación, que se encuentra ubicada en el Anexo AD-8.4”Actualízación Capítulo 7. PIan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación” Proyecto “Nuevo Establecimiento de Salud Instituto Nacional del Cáncer” de la Adenda del EIA. A continuación, se presenta el detalle: Tabla N1.
Medidas ambientales del Proyecto 1 Construcción Alteración de parte del Muro medianero del 1 Monumento Histórico “Casco Histórico del Cementerio General debido a la construcción construcción de partes y obras del Proyecto (CPCH-2). Fuente: Elaboración propia El expediente electrónico de evaluación del Proyecto se encuentra a disposición de los interesados para su revisión en la página web del Servicio de Evaluación Ambiental, www.sea.gob.cl, y en la oficina regional del SEA de la Región Metropolitana de Santiago, ubicada en Mirafiores 1 78, piso 3, Santiago, lunes a jueves de 08:30 a 1 6:30 horas, viernes de 08:30 a 1 5:30 horas en horario continuado. Complementariamente, estarán disponibles en las dependencias del Gobierno Regional, ubicadas en Bandera 46, Santiago, con horario de atención de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas; en las oficinas de la 1. Municipalidad de Independencia, ubicada en Av. Independencía Independencía 753, Independencia, con horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 14:00 horas; en la 1. Municipalidad de Recoleta, ubicada en Av. Recoleta 2774, Recoleta, con horario de atención de lunes a viernes: 08:30 a 1 3:00 horas.
En el marco de la nueva etapa de participación ciudadana decretada, cualquier persona natural o jurídica podrá formular sus observaciones al Proyecto ante el Servicio de Evaluación Ambiental, ya sea a través del sitio web www.sea.gob.cl, de la Oficina de Partes Virtual, en el enlace www.sea.gob.cl/oficinapartes-virtual, o bien, enviando sus observaciones a la oficina de partes de la Dirección Regional del SEA de la Región Metropolitana de Santiago, ubicado en Mirafiores 178, piso 3, Santiago, o en la página https://opv.sea.gob.cI/. La comunidad podrá realizar observaciones dentro del plazo de 30 días hábiles contados desde el día hábil siguiente desde la fecha de la última publicación del presente extracto en el Diario Oficial o en el diario de circulación regional o nacional. Las observaciones deberán presentarse por escrito, contener sus fundamentos y referirse a la evaluación ambiental del Proyecto. Además, deberán señalar claramente, al menos, el nombre del Proyecto, nombre completo, RUT, domicilio y/o correo electrónico del observante, según corresponda.
Se hace presente que, en el caso de las personas jurídicas, éstas deberán acreditar vigencia de la organización y de la personería de su representante legal, a través de los antecedentes que correspondan, los cuales no deberán tener una antigüedad superior a 6 meses. Se deja constancia que este extracto ha sido visado por el SEA RM, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el Titular en la Adenda del EIA del Proyecto. Todo lo anteriormente mencionado, no constituye pronunciamiento alguno por parte del referido Servicio en relación con la calificación ambiental del Proyecto. Fin del extracto Solicito a usted remitir al SEA RM un ejemplar de las publicaciones para ser incorporadas al expediente del proyecto. Sin otro particular, saluda atentamente a usted, ARTURO NICOLÁS FARÍAS ALCAINO DIRECTOR REGIONAL SERVICIO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL.