Autor: RIENZI FRANCO
Gobierno cambia criterio de ligar domicilio electoral con exención de contribuciones, tras alerta del Servel
Gobierno cambia criterio de ligar domicilio electoral con exención de contribuciones, tras alerta del Servel El artículo 12 del proyecto de ley de Reconstrucción, sobre exención de contribuciones por la primera vivienda de los mayores de 65 años, fue uno de los más complejos de tramitar para el Ejecutivo en la comisión de Hacienda de la Cámara.
La dificultad estaba dada por dos aspectos principalmente: la necesidad de incorporar las bodegas y estacionamientos al beneficio y la complejidad que introducía el haber incorporado el domicilio electoral como criterio para verificar la residencia habitual del contribuyente para acceder a la exención tributaria. El primer punto lo despejó el Gobierno mediante una indicación sustitutiva aprobada por los diputados para añadir bodegas y estacionamientos a la franquicia. Sin embargo, lo referido al requisito del domicilio electoral quedó pendiente de resolver.
El artículo 12 Pero, cómo y de qué se trata la inconveniencia de ligar el domicilio electoral a la exención de contribuciones se desprende de una alerta enviada por el Servicio Electoral (Servel) a la comisión de Hacienda. De la minuta del Consejo Directivo del órgano presidido por Pamela Figueroa, se hicieron eco los diputados Jaime Coloma (UDI) y Pier Karlezi (PNL), al pedir al Ejecutivo ajustes a la redacción.
“Al establecer el artículo 12 del proyecto de ley que la vivienda principal deberá coincidir con el domicilio electoral registrado en el Servicio Electoral, se advierte la imposición de una obligación que no es posible cumplir a plenitud”, rebatió el Servel.
Esa aprensión plantea el Servicio “considerando que, conforme a las leyes orgánicas constitucionales reseñadas, el domicilio electoral constituye un dato electoral que tiene una finalidad específica: determinar en qué circunscripción electoral le corresponderá a un elector emitir su sufragio con ocasión de los procesos electorales”. También pone el foco el Servel en que al hacer aplicable el domicilio electoral a los efectos contemplados en el proyecto, y consagrarlo como uno de los requisitos para impetrar el beneficio de la exención, podría producirse el resultado no deseado de “forzar” a la realización de cambios de domicilio electoral motivados por fines que no sean estrictamente electorales.
Incluso el Servel advirtió una “inconsistencia” en el proyecto, ya que el mensaje refiere a la expresión “primera vivienda”, mientras que el articulado se desarrolla bajo el concepto de “vivienda principal” que se asociaría al domicilio electoral. Ninguno de ambos conceptos se relaciona con el domicilio electoral el cual, como consagra la ley, puede corresponder al lugar donde la persona reside temporalmente, trabaja o estudia.
Para sumar más fragilidad al criterio propuesto por el Ejecutivo, el Servel aduce motivos normativos de fondo, al pedir tener presente que, conforme al artículo 94 bis de la Constitución, solo una ley de rango orgánica constitucional podría consagrar que el Servicio Electoral proporcione el domicilio electoral de los electores a otro organismo.
Razón practica Asimismo, en términos prácticos no es factible realizar el cruce de información que el proyecto aspira a realizar, debido a las diferencias en las formas de escritura de los domicilios electorales, precisa la entidad electoral. Junto con alertar que el Registro Electoral contiene alrededor de 3.200.000 personas mayores de 65 años, y entre ellos hay potenciales electores con domicilio electoral en el extranjero que posiblemente mantienen su vivienda en Chile.
Ante las dudas compartiZEPÓLOSNOFLAOIGRES das por legisladores, el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, trasladó la palabra a su coordinador de Políticas Tributarias, Sebastián Vallebona, quien expuso acerca de una salida a la encrucijada advertida por el Servel. Hacienda toma nota “Recogiendo el punto levantado por los diputados Coloma y Karlezi, estamos, por parte del Ejecutivo, de acuerdo con acoger esa petición.
Si es que ustedes presentan una indicación en ese sentido y si es que la unanimidad se manifiesta, nosotros podemos seguir en esa línea, así que tomamos el punto, lo recogemos y básicamente cómo seguiría esto sería tomando en consideración el administrador que tiene el Servicio de Impuestos Internos de los bienes raíces mediante una declaración jurada, uno podrá señalar cuál sería su domicilio para estos efectos”, comentó el abogado ministerial. No obstante que el Ejecutivo pareció caer en cuenta de lo necesaria de la corrección, hasta ahora no se ha concretado. El ajuste vía enmienda sustitutiva abarcó otros aspectos. Las alternativas son entonces reponer una indicación en la sala de la Cámara, pero, para eso requeriría la unanimidad, la que probablemente no podrá recabar. Ante eso, tendría que buscar cómo hacer el ajuste en el segundo trámite del proyecto, en el Senado a contar de junio cuando le llegue la iniciativa. Autor: RIENZI FRANCO. El Consejo Directivo del organismo, presidido por Pamela Figueroa, remitió a la comisión de Hacienda de la Cámara una minuta con su análisis. En el documento, establece una serie de aprensiones prácticas y normativas contra el criterio. Incorporado en el proyecto de ley de Reconstrucción en trámite: Pamela Figueroa, presidenta del Servel.