Extracto de resolución exenta número 1.747, de 2024.- Absuelve de multa que indica
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 43.900 Lunes 15 de Julio de 2024 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2515547 MINISTERIO DE AGRICULTURA Subsecretaría de Agricultura / Servicio Agrícola y Ganadero / Región del Maule NOTIFICACIÓN Res. Ex.
Nº 1.747/2024, de fecha 13/03/2024, Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755 que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero, la ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los órganos de la Administración del Estado; la ley Nº 19.473 que sustituye texto de la ley 4.601, sobre caza y artículo 609 del Código Civil; el decreto supremo Nº 5, de 1998, del Ministerio de Agricultura, Reglamento de la Ley de Caza; la resolución Nº 7/2019 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, la resolución exenta Nº 5.655, de 17 de septiembre de 2013, del Director Nacional, que delega facultades en esta jefatura; la resolución exenta Nº 2.406 de 20 de noviembre de 2023 del Director Regional del Maule del Servicio Agrícola y Ganadero; el recurso interpuesto por don Fernando Antonio Olate Castillo, Cédula de Identidad Nº 7.767.303 -2, con domicilio en El Milagro s/n, Comuna de San Rafael, Región del Maule y demás antecedentes. ; Considerando: 1. - Que, por resolución citada en los vistos, se impuso al recurrente una multa de 2 (dos) unidades tributarias mensuales, por cuanto en fiscalización se constata que realiza actividad de caza sin carnet correspondiente. 2.- Que, el hecho denunciado constituye infracción a lo dispuesto en el artículo 8 de la ley 19.473, en concordancia con lo señalado en el Art. 11 del Reglamento de la Ley de Caza, decreto Nº 5/1998, del Ministerio de Agricultura. 3.- Que, estas clases de infracciones se encuentran sancionadas con multa de 1 a 25 UTM, conforme lo dispone el artículo 29 letra b) de la ley Nº 19.473.4. - Que, en el recurso de revisión interpuesto, de fecha 5 de diciembre de 2023, el recurrente solicita se reconsidere la resolución sancionatoria por las razones que expresa. 5.- Que esta Jefatura hace suyas las consideraciones en que se funda la resolución recurrida. No obstante, por única vez, procederá a acoger el recurso interpuesto, atendido el Registro Social de Hogares que acompaña. Sin embargo, se hace presente al recurrente que de reincidir en la comisión de los mismos hechos, será sancionado aun cuando presente antecedentes que podrían eximirlo. Resuelvo: 1. - Ha lugar al recurso interpuesto por don Fernando Antonio Olate Castillo, ya individualizado y absuélvase de la multa impuesta. Firma: Andrea Collao Véliz, Jefa División Jurídica. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2515547 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl