Sociedad Agrícola Siete Hermanas Limitada
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.091 Miércoles 5 de Marzo de 2025 Página 1 de 1 Empresas y Cooperativas CVE 2617909 EXTRACTO MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público titular de la 38 Notaría de Santiago, con oficio en Isidora Goyenechea N3477 oficina 10, Las Condes, certifica: Por escritura pública 12 de febrero de 2025, Repertorio N7851, ante mí, Francisco Javier Mujica Ortúzar, Bernardita del Carmen Domínguez Valdés, Cristián Alberto Aspillaga Finlay, Bernardita María del Carmen Mujica Domínguez, Ana María Mujica Domínguez, María Trinidad Mujica Domínguez, María Paz Mujica Domínguez, Josefina Mujica Domínguez, Magdalena Mujica Domínguez, Teresita Mujica Domínguez, Elisa Aspillaga Mujica y Amelia Aspillaga Mujica, todos domiciliados esta ciudad, Bernarda Vallejos mil trescientos cuarenta, Vitacura, modificaron “Sociedad Agrícola Siete Hermanas Limitada”, constituida escritura pública tres Junio mil novecientos noventa y ocho, ante Notario Público Santiago Iván Torrealba Acevedo, extracto inscrito a fojas cuarenta y cuatro vuelta número veintisiete, Registro Comercio de Conservador de Comercio Santa Cruz, con fecha dieciocho Junio mil novecientos noventa y ocho, publicado Diario Oficial dieciséis Junio mismo año. Modificación consiste en cesión por socio Cristián Alberto Aspillaga Finlay de nueve por ciento de derechos sociales a Elisa Aspillaga Mujica, incorporándose esta como nueva socia. En cesión por socio Cristián Alberto Aspillaga Finlay del uno por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica, quién abandona la sociedad. En cesión de socia Bernardita María del Carmen Mujica Domínguez del uno por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. En cesión de socia Ana María Mujica Domínguez del uno por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. En cesión de socia María Trinidad Mujica Domínguez del uno por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. En cesión de socia María Paz Mujica Domínguez del uno por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. En cesión de socia Josefina Mujica Domínguez del uno por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. En cesión de socia Magdalena Mujica Domínguez del uno por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. En cesión de socia Teresita Mujica Domínguez del uno por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. En cesión de socia Bernardita del Carmen Domínguez Valdés del cero coma cinco por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. En cesión de socio Francisco Javier Mujica Ortúzar del cero coma cinco por ciento de derechos sociales a Amelia Aspillaga Mujica. Todos los comparecientes aceptaron cesiones referidas.
Como consecuencia cesión de derechos, modificaron cláusula quinta pacto social, en sentido que socios esta sociedad, participación en capital social y derechos sociales son: Francisco Javier Mujica Ortúzar y Bernardita del Carmen Domínguez Valdés, con seiscientos sesenta y cinco mil pesos y el nueve coma cinco por ciento de los derechos sociales cada uno; Bernardita María del Carmen Mujica Domínguez, Ana María Mujica Domínguez, María Trinidad Mujica Domínguez, María Paz Mujica Domínguez, Josefina Mujica Domínguez, Magdalena Mujica Domínguez, Teresita Mujica Domínguez, Elisa Aspillaga Mujica y Amelia Aspillaga Mujica con seiscientos treinta mil pesos y el nueve por ciento de los derechos sociales cada una.
Asimismo, se modificó el artículo cuarto del pacto social en el sentido que el objeto de la sociedad será la explotación, en todas sus formas, de los predios que la sociedad tenga en propiedad, arrendamiento, o a cualquier otro título, comprendiéndose también, la comercialización de productos agrícolas, apícolas, ganaderos y forestales; el cultivo, producción, importación, compra y/o venta de todo tipo de productos agrícolas y apícolas, el desarrollo de toda labor relacionada con la apicultura y polinizaciones; podrá, asimismo, realizar todos los actos que se relacionen directa o indirectamente con los anteriores, tales como explotación de predios de terceros y otros, y cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo. En lo no modificado rigen disposiciones de escritura constitución y modificaciones posteriores. Demás estipulaciones en escritura extractada. 20 de febrero de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2617909 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl