Consorcio Excon Agua Santa CW S.A.
DIARIO OFICIAL III DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES.
VARIAS Núm. 43.988 Sábado 2 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Publicaciones Judiciales CVE 2557110 NOTIFICACIÓN 10 Juzgado Civil de Santiago, Rol N C-6069-2023, cuaderno de Gestión Preparatoria, caratulado “Claro Vicuña Valenzuela S.A. (en procedimiento concursal de liquidación) /Empresa Constructora Claro”, se ordenó con fecha 20 de mayo de 2024, notificar por aviso extractado la gestión preparatoria de la demanda y su proveído a la demandada Consorcio Excon Agua Santa CW S.A., representada por don Gustavo Vicuña Molina, chileno, CI N 9.211.040 -0, domicilio desconocido. En lo principal: Citación a confesar deuda; Primer Otrosí: acompaña documentos con citación; Segundo Otrosí: patrocinio y poder; Tercer Otrosí: señala dirección de correo electrónico válida.
María Loreto Ried Undurraga, abogado, Liquidadora Concursal, cédula nacional de identidad número 11.472.4165, en representación de Claro Vicuña Valenzuela S.A., en liquidación concursal, sociedad del giro de su denominación, ambos con domicilio en Monseñor Nuncio Sotero Sanz 100, oficina 205, comuna de Providencia, a VS. respetuosamente digo: La Sociedad Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A., RUT: 76.181.893-7, domiciliado en Av.
Del Cóndor 550, Santiago, Huechuraba, Región Metropolitana, es una empresa relacionada, según lo dispuesto en el artículo 2 número 26 de la ley 20.720, que adeuda a mí representada Claro Vicuñavalenzuela S.A. la suma de $5.000.000. -, monto que corresponde a una cuenta corriente mercantil, según consta en Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2020-2019 y al 31 de diciembre de 2021-2020.
Lo anterior, consta a su vez, en el anexo N 1 acompañado en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 115 N 1 de la ley 20.720, al procedimiento de liquidación concursal, por parte de la empresa Claro Vicuña Valenzuela S.A. al momento de solicitar su liquidación concursal voluntaria, en el cual, se señaló expresamente en el listado de activos “N IV Cuentas por cobrar” a Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A. por el monto de $5.000.000. - en razón de cuentas corrientes.
En definitiva, y con el propósito de preparar la vía ejecutiva de la deuda señalada, solicito a VS. se sirva citar a don a Gustavo Vicuña Molina en representación de la sociedad Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A., a confesar la deuda que mantiene para con mi representada, ascendente a la suma de $5.000.000. -, en su calidad de empresa relacionada, que corresponde a una cuenta corriente mercantil bajo apercibimiento legal del artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, con costas en caso de oposición.
Por tanto, a fin de preparar la vía ejecutiva en su contra y, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, solicito a VS. : se sirva ordenar que se cite a don Gustavo Vicuña Molina en representación de la sociedad Consorcio Excon Agua Santa CVV S.A., ya individualizado, a la presencia judicial, a fin de que confiese adeudar a la empresa Claro Vicuña Valenzuela S. A, la suma de $5.000.000 bajo el apercibimiento indicado en el artículo 435 del Código de Procedimiento Civil, con costas en caso de oposición.
Primer Otrosí: por este acto solicito a VS. tener por acompañados los siguientes documentos, con citación: a) Resolución de liquidación de Claro Vicuña Valenzuela S.A., dictada por el 9º Juzgado Civil de Santiago; b) Certificado de Liquidación de Claro Vicuña Valenzuela S.A., emitido por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, documento que posee firma electrónica avanzada, y en que consta mi calidad de Liquidadora Titular. c) Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2020-2019 y al 31 de diciembre de 2021-2020 de Claro Vicuña Valenzuela S.A. d) Anexo 1, Declaración de Liquidación Voluntaria presentada por parte de la empresa Claro Vicuña Valenzuela S.A. Por tanto, solicito a VS. : tenerlos por acompañados, con citación. Segundo Otrosí: María Loreto Ried Undurraga, cédula nacional de identidad N 11.472.416-5, solicito a VS. tener presente que mi personería para representar a la Soc. Claro Vicuña Valenzuela S. A, deriva de las disposiciones expresas de los artículos 36 y 130 de la ley N 20.720, y que en mi calidad de Abogada habilitada asumo personalmente el patrocinio y poder de la presente causa. Por tanto, solicito a VS. : tenerlo presente para todos los efectos legales. Tercer Otrosí: de conformidad a lo dispuesto en la ley N21.394, solicito a VS. tener presente que la casilla de correo electrónico válida para este procedimiento será: notificaciones@riedycamus.cl. Por tanto; ruego a SS. ; Tener presente el correo electrónico para Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2557110 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.988 Sábado 2 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 todos los efectos legales.
Con fecha 16 de mayo de 2023, el tribunal tiene por interpuesta la gestión preparatoria, citando a que comparezca personalmente a la audiencia del quinto día hábil siguiente de la última notificación o a la del día siguiente hábil si el señalado recayere en sábado, a las 10;00 horas, bajo apercibimiento de tener por confesada la deuda, si no compareciere. Con fecha 06 de julio de 2023, la receptora María Cecilia Schuler se constituyó en Av. Del Cóndor 550, comuna de Huechuraba, a fin de notificar personalmente a don Gustavo Vicuña Molina, diligencia que no se pudo efectuar por no ser habido.
Con fecha 19 de julio de 2023, María Loreto Ried Undurraga, por la pare demandante, Que, por este acto vengo en señalar como nuevo domicilio de don Gustavo Vicuña Molina, como representante legal del demandado de autos, el de Espoz 5430, comuna de Vitacura. Con fecha 26 de julio a 2023, se dictó resolución en que se tuvo presente el domicilio señalado, para todos los efectos legales. Con fecha 01 de agosto de 2023, la receptora María Cecilia Schuler se constituyó en Av. Espoz N 5430, comuna de Vitacura, a fin de notificar personalmente a don Gustavo Vicuña Molina, diligencia que no se pudo efectuar porque no vive aquí.
Con fecha 23 de enero de 2024, María Loreto Ried Undurraga, por la pare demandante, Que, por este acto vengo en señalar como nuevo domicilio de don Gustavo Vicuña Molina, como representante legal del demandado de autos, el de Alonso de Córdova 4355, Of. 501, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana. Con fecha 25 de enero de 2024, se dictó resolución en que se tuvo presente el domicilio señalado, para todos los efectos legales.
Con fecha 29 de enero de 2024, la receptora María Cecilia Schuler se constituyó en Alonso De Córdova 4355oficina 501comuna de Vitacura, a fin de notificar personalmente a don Gustavo Vicuña Molina, diligencia que no se pudo efectuar porque no pude efectuar porque se fue del edificio hace más o menos un año y medio, la oficina está ocupada actualmente por “Omoda&Jaecoo Motor.”. Con fecha 17 de abril de 2024, María Loreto Ried Undurraga, por la pare demandante solicita que se oficie vía interconexión a las siguientes entidades, para que informen el domicilio de la empresa demandada Consorcio Excon Agua Santa CW S.A.
RUT: 96.953.850-4 y de su representante legal don Gustavo Vicuña Molina, RUT: 9.211.040 -0, a las siguientes instituciones Servicio de Registro Civil e Identificación, Tesorería General de la República, Policía de Investigaciones de Chile, Servicio de Impuestos Internos, Comisaria Virtual de Carabineros de Chile, Servicio Electoral. Por tanto, ruego a VS. : Acceder a lo solicitado, oficiando vía interconexión a las instituciones mencionadas en el cuerpo del escrito, a efectos que indiquen el domicilio del demandado.
Con fecha 15 de mayo de 2024, María Loreto Ried Undurraga, por la parte demandante solicita que el tribunal ordene proceder a notificar la presente demanda, a la demandada en la forma dispuesta en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, es decir mediante avisos publicados en los diarios o periódicos que S.S. indique. Con fecha 20 de mayo de 2024, S.S. dicta resolución señalando: “Proveyendo escrito de fecha 15 de mayo de 2024.
Folio 33: Visto el mérito de los antecedentes que obran en autos, naturaleza de la acción entablada y conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Código de Procedimiento Civil, como se pide, notifíquese la gestión preparatoria a la demandada Consorcio Excon Agua Santa CW S.A., representada por don Gustavo Vicuña Molina, en extracto redactado por el Sr. Secretario del Tribunal, mediante tres avisos a publicarse en el Diario El Mercurio de Santiago, sin perjuicio del aviso legal que debe aparecer en el Diario Oficial. ” Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2557110 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl