365 Rent a Car SpA 76.850.114-9*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 43.994 Sábado 9 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2567898 EXTRACTO MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Abogado, Notario Público, Titular de la 27ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco Nº 0153, Providencia, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de octubre de 2024, Repertorio 9623-2024, ante mí, Benjamín Felipe Israel Esquerré, en su calidad de único y actual accionista de 365 RENT A CAR SpA, modifica los estatutos sociales, acordando reemplazar íntegramente los artículos Primero, Cuarto, Quinto y Primero transitorio y Décimo Tercero, por los siguientes: a) “ARTÍCULO PRIMERO. Razón Social.
Se constituye una Sociedad por Acciones, con el nombre de “P1 Group SpA”, pudiendo usar como nombre de fantasía para todos los fines legales, comerciales y de publicidad, incluso ante bancos e instituciones privadas y fiscales, el de “P1 Group”; b) “ARTÍCULO CUARTO. Objeto.
La sociedad tendrá por objeto: a) el arrendamiento de toda clase de vehículos, con o sin opción de compra; b) el leasing operativo de flota; c) la prestación de servicios de movilización, sean en vehículos propios o ajenos, con o sin chofer; d) la prestación de servicio automotrices, especialmente el servicio de mantención y reparación de vehículos, sea por cuenta propia o de terceros; e) la prestación de servicios publicitarios y la producción, organización, gestión y montaje de toda clase de eventos, realizaciones o actividades promocionales, sea por cuenta propia o de terceros; f) la organización de sociedades o empresas y la representación de firmas nacionales o extranjeras que exploten dicho giro y la contratación con ellas de concesiones, licencias de marcas o asistencia técnica o comercial; g) la instalación, funcionamiento y explotación de plantas revisoras de vehículos motorizados, en todas sus modalidades, sea de control de emisión de gases, de revisión técnica o de cualquier otro aspecto del rubro automotriz; h) la prestación de servicios automotrices en todas sus formas, sea por cuenta propia o de terceros; i) la comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, importación y exportación de toda clase de bienes corporales y de servicios, vehículos, repuestos, accesorios, maquinarias, implementos y de demás elementos de cualquiera naturaleza que se relacionen o vinculen con la actividad automotriz y sus derivados; j) la presentación de todo servicios auxiliar o complementario de las actividades anteriores; k) la elaboración y puesta en marcha de proyectos, estudios y la prestación de asesorías en los diversos aspectos del rubro automotriz, sea al Estado y sus organismos dependientes o subordinados, como a la industria, el comercio, la agricultura y cualquiera otra actividad del ámbito público o privado que requiera de esos servicios; l) la instalación y funcionamiento de toda clase de establecimientos comerciales que se relacionen, vinculen o cumplan con el objeto social; finalidades todas que la sociedad podrá cumplir directamente o a través de otras sociedades que constituya, o las que se incorpore para tal efecto.
En general, la sociedad podrá dedicarse a negocios similares o que se relacionen con su objeto social y podrá celebrar todos los actos, contratos y negocios que entiendan a la consecución y cumplimiento de su objeto, más toda otra actividad que los socios de común acuerdo determinen”. c) “ARTÍCULO QUINTO.
El capital de la Sociedad será la cantidad de VEINTE MILLONES DE PESOS, moneda de curso legal, dividido en DOS MIL acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, que se suscribe y paga en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio”. d) “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO.
De acuerdo al artículo quinto de los presentes estatutos, el capital de la Sociedad asciende a la suma de Veinte Millones de pesos, dividido en dos mil acciones, nominativas, de una misma clase y sin valor nominal, que se suscribe y paga de la siguiente forma: A) por el accionista INVERSIONES ALMA SpA, debidamente representado, de acuerdo a: i) doscientas acciones correspondientes a la suma de dos millones de pesos suscritas y pagados con anterioridad a esta fecha; ii) suscribe ochocientas acciones correspondientes a la suma de ocho millones pagadas en este acto en dinero en efectivo. B) por el accionista COMERCIALIZADORA E IMPORTADORA FELIPE ANDRÉS LATORRE ARAYA EIRL, debidamente representado, quien suscribe mil acciones correspondientes a la suma de diez millones de pesos pagados en este acto en dinero en efectivo. El capital social se encuentra completamente suscrito y pagado”. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567898 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 43.994 Sábado 9 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Administración de la sociedad. La sociedad será administrada por uno o más Administradores, el que será designado por la Junta de Accionistas, del que se dejará constancia en un acta que deberá ser reducida a escritura pública.
Sin embargo, no se requerirá la celebración de la junta antes dicha si la totalidad de los accionistas suscriben una escritura pública o instrumento privado protocolizado, en que conste la adopción del acuerdo respectivo, y en ambos casos deberá anotarse al margen de la inscripción social, en el Registro de Comercio correspondiente. Para ser administrador no se requiere ser accionista de la sociedad”. - Otras estipulaciones constan en escritura extractada. - Santiago, 15 de Octubre de 2024. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2567898 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl