Resolución exenta número 3.847, de 2025.- Aprueba proyecto de ciclovía en Av. Chamisero, comuna de Colina
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.192 Lunes 7 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2667545 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana APRUEBA PROYECTO DE CICLOVÍA EN AV. CHAMISERO, COMUNA DE COLINA (Resolución) Núm. 3.847 exenta. - Santiago, 14 de junio de 2025.
Visto: Lo dispuesto en DFL Nº 1, de 2007, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y Ministerio de Justicia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la ley Nº 21.088, que modificó la Ley de Tránsito para incorporar disposiciones sobre convivencia de los distintos medios de transporte; en el decreto supremo Nº 102, de 2019 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que reglamentó las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías y las especificaciones técnicas de los elementos de seguridad para los ocupantes de los ciclos y derogó el decreto supremo Nº 116 de 1988, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; en el DFL Nº 343, de 1953, del Ministerio de Hacienda, que determinó la organización y atribuciones de la Subsecretaría de Transportes; en el DFL Nº 279, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que reestructuró la Subsecretaría de Transportes; en el decreto ley Nº 557, de 1974, del Ministerio del Interior, que creó el Ministerio de Transportes; en la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; resolución exenta Nº 3.505 de 18 de julio de 2024, de esta Secretaría Regional Ministerial, que aprueba anteproyecto de "Ciclovía Chamisero", comuna de Colina; carta de Rodrigo Reyes Miguel, en representación de El Chamisero Inmobiliaria S.A., ingresada con Nº E8337 de 16 de enero de 2025; en la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y en la demás normativa aplicable.
Considerando: 1. - Que, mediante carta de 15 de enero de 2025, con ingreso virtual Nº E8337 de 16 de enero de 2025, Rodrigo Reyes Miguel, en representación de El Chamisero Inmobiliaria S.A., solicita a esta Secretaría Regional Ministerialrevisar conforme a DS Nº 102/2019, citado en el Visto, el proyecto denominado: "Ciclovía en Avenida Chamisero". 2.- Que, cabe tener presente que, con fecha 10 de julio de 2021, se publicó en el Diario Oficial el decreto supremo Nº 102, de 2019, que reglamenta las condiciones de gestión y seguridad de tránsito de las ciclovías, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, por lo que la evaluación de toda ciclovía debe ajustarse a partir de dicha fechaal procedimiento allí descrito, el que se estructura en dos etapas, la de anteproyecto y de proyecto, respecto de las ciclovías no existentes a dicha fecha. 3.- Que, el interesado acredita contar con un anteproyecto, aprobado mediante resolución exenta Nº 3.505 de 18 de julio de 2024, de esta Secretaría Regional Ministerial, el que se encuentra vigente de conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 9 del decreto supremo Nº 102, citado en vistos, a la fecha de presentación del presente proyecto ante esta Secretaría Regional. 4.- Que, el interesado ha presentado una memoria explicativa que describe adecuada y detalladamente todos los aspectos señalados en el numeral 3 del artículo 10º del decreto supremo Nº 102, de 2019, ya referido, en relación al diseño definitivo de la ciclovía, de lo cual da cuenta Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2667545 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.192 Lunes 7 de Julio de 2025 Página 2 de 2 el Anexo Nº 1 del presente acto.
Además, adjunta el respectivo plano del diseño operativo, donde consta la señalización, y demarcación respectiva. 5.- Que, teniendo presente lo señalado en los literales a) y b) del artículo 12 del decreto supremo Nº 102 de 2019, se deja constancia que el proyecto no contempla intersecciones semaforizadas, ni singularidades. 6.- Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12º del decreto supremo Nº 102, de 2019, y habiéndose revisado y analizado el diseño definitivo de este proyecto de ciclovía, se concluye que cumple con todos los aspectos descritos en el artículo 10 del mismo decreto, en especial, en su numeral 3, por lo que procede aprobar el proyecto presentado. Resuelvo: 1. Apruébase el proyecto denominado "Ciclovía en Avenida Chamisero", cuyo interesado es El Chamisero Inmobiliaria S.A., ubicado en Av.
Chamisero, comuna de Colina, en los emplazamientos, tramos, sentidos de tránsito y perfiles que se indican en el siguiente cuadro: EJE EMPLAZAMIENTO DESDE HASTA SENTIDO PERFIL Calzada sur y poniente Rotonda Rotonda Av. conectado con ciclovía Sergio Reiss Sergio Reiss bidireccional 2.4 metros Chamisero por acera. (Oriente) (Poniente) Rotonda Av. Rotonda S/N Acera norte del eje Sergio Reiss bidireccional 2.4 metros Chamisero (Poniente) Av. Av. Santa Calzada norte del eje Rotonda S/N bidireccional 2.4 metros Chamisero María 2. Para la correcta operación de la ciclovía señalada, se deberán adoptar las medidas de gestión que se detallan en listado del Anexo Nº 2, que se entiende formando parte de la presente resolución exenta. 3. Se entenderán incorporados y formando parte también de la presente resolución exenta, como Anexo Nº 1 de la misma, la memoria explicativa y los planos respectivos. 4. La I. Municipalidad de Colina, una vez que entre en operación la ciclovía descrita, conforme a su emplazamiento, estará a cargo de realizar las labores de mantención de todos sus componentes. 5.
En contra de la presente resolución, conforme a lo dispuesto en el artículo 59º de la ley Nº 19.880, se podrá interponer recurso de reposición y/o jerárquico, conforme a derecho, dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la respectiva notificación. Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio de otros recursos administrativos o judiciales que se estimen convenientes. 6. Lo dispuesto en la presente resolucióntendrá una vigencia de tres (3) años, a partir de la fecha de su respectiva notificación. 7. La presente resolución se publicará en el Diario Oficial, mientras que los anexos Nº 1 y Nº 2 señalados se publicarán íntegramente en el sitio web www.mtt.gob.cl. Anótese y publíquese en la forma señalada. - Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2667545 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl