Autor: Guillermo Ávila Nieves
Vocal que ha salido 15 veces: "Creo que el juez nunca leyó mis papeles"
Apeló a resolución que la obliga a pagar multa de 2UTM al no presentarse a deber cívico en 2023.
Esto por operación a hija con discapacidad severa. 6 De los 18 años de edad que he sido vocal de mesa y no he parado” afirma a La Estrella, Fiorella Azócar Gallardo, quien vive en compañía de su hija de 17 años con discapacidad severa en Forestal Alto. Fiorella dice que a sus casi 37 años de edad, a lo menos, serían 15 las veces que ha tenido que ejercer con su deber cívico.
Fue en la penúltima elección, tras no concurrir como vocal por emergencia médica de su hija por operación en la cual no tenía con quién dejarla, donde fue condenada a una multa de 2 UTM (unos 130 mil pesos). Y sino cancela la infracción, el tribunal dictará la orden de reclusión (Ley 18.287 ). “Creo que el juez nunca leyó mis papeles”, dice convencida. Ahora la madre apeló en el mismo Juzgado de Policial Local de Viña del Mar ayer. Siente que la resolución en sí “es injusta e insólita”. Fiorella Azócar revela: “El juez dijo que no había ningún documento que acreditara que yo era la madre. Presenté documentación, certificado de nacimiento, carta de Teletón, más papeles del médico.
En escrito fundamenté que soy mamá y papá, cuidadora de mi hija con di: capacidad y en silla de ruedas, que no puedo trabajar y me resulta casi imposible pagar esa multa”. Narra que el lunes le tendrían respuesta en el juzgado. “Son tres días. Y sino, esperar los diez días a que me llegue la respuestaal correo”. Hasta hoy no ha hablado con abogados. Sí dice haber ido hasta la Oficina Comunal de la Discapacidad (Ocadis) de la Municipalidad de Viña del Mar para asesorarse. En el último trimestre del año pasado, Fiorella consultó por su situación en el Servel. “Me mostraron por computador donde salía que había sido 15 veces vocal de mesa. Y que no se podía hacer más. SERVEL Desde el Servel respondieron a La Estrella que las Juntas Electorales, que son autónomas, son las encar'gadas de designar a los vocales de mesa. Designados, estos deben cumplir sus funciones durante un período de cuatro años, independientemente de la cantidad de elecciones que se realicen en ese tiempo. La normativa, añaden, no faculta a Servel a eliminar electores del sistema que proporciona a Juntas Electorales para que realicen designación de vocales.
Ley 18.700 : “No podrán ser seleccionados electores que hubieren ejercido de vocal, en los cuatros años anteriores”. Servel destacó un proyecto de ley en tramitación que modificaría el proceso de designación de vocales de mesa, cambiando el cómputo del período en que los electores deben ejercer dicha función, pasando de cuatro años a dos procesos electorales consecutivos sea que se trate de elecciones presidenciales, parla'mentarias, municipales y/o regionales o de plebiscitos.
Electores que cumplan funciones devocal en las condi: ciones señaladas no podrán ser designados como vocales por las Juntas Electorales plazo de ocho años, contando de la realización del segundo proceso electoral en que hubieran ejercido como vocal. 9 FIORELLA ESTÁ A LA ESPERA DE RESPUESTA DE JUZGADO PARA LA PRÓXIMA SEMANA TRAS AUDIENCIA. PROYECTO DE LEY MODIFICARÍA DESIGNACIÓN DE VOCALES.