SOTO Y CARCAMO COMPAÑÍA LIMITADA 77.754.958-8*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.152 Lunes 19 de Mayo de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2648451 EXTRACTO IVAN ANDRES TOLEDO MORA, Abogado, Notario Público Interino de la Tercera Notaría de la comuna de Punta Arenas, con oficio en calle Lautaro Navarro número mil cuarenta y ocho de esta ciudad, Certifica: Por escritura pública de fecha 07.04.2025, Repertorio N 1073/25 y su rectificatoria de fecha 15.04.2025, Repertorio N 1543/25, comparecieron ante mí doña MARIA ANA SOTO CARCAMO, chilena, cédula de identidad número 8.836.322 -1, por sí y en representación legal como curadora de doña MARIA HERMINIA CARCAMO CONTRERAS, chilena, cédula de identidad número 8.844.712 -3, ambas domiciliadas en calle Manantiales cero ciento diecisiete de la ciudad de Punta Arenas en su calidad de administradora de la Sociedad Soto y Cárcamo Compañía Limitada, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario 77.754.958-8, domiciliada en Lote tres, Olguita, comuna de Timaukel, la compareciente mayor de edad, y don FERNANDO ALEXI BRADACIC PICHUN, chileno, con domicilio en calle O´Higgins 934, Punta Arenas, cédula nacional de identidad N 16.652.599-3 en la respectiva rectificatoria, quien compareció para modificar la Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada “SOTO Y CARCAMO COMPAÑÍA LIMITADA O SOTO Y CARCAMO CIA LTDA" constituida por escritura pública de fecha 15.12.2022, Repertorio 4.136-2022, de este oficio notarial, cuyo extracto se inscribió a fojas 1 número 1 del Registro de Comercio del año 2023 del Conservador de Bienes Raíces de Tierra del Fuego, cuya publicación en el Diario Oficial fue realizada en la edición de fecha 31.12.2022 con el número 43.440. Capital Social: $90.000.000.
Dichas modificaciones a la sociedad dicen relación con A) Se modificó la cláusula segunda de la escritura de constitución de la SOCIEDAD SOTO Y CARCAMO COMPAÑÍA LIMITADA, ya enunciada íntegramente en la cláusula primera de este instrumento en el sentido de ampliar el objeto social de la empresa por lo que la cláusula segunda del pacto social queda de la siguiente forma: “La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, las siguientes actividades: El objeto de la presente sociedad es el de a) Celebrar actividades agrícolas, ganaderas y forestales, tanto en bienes propios o de terceros, la compra, venta y adjudicaciones de todo tipo de bienes sean estos bienes raíces o bienes muebles, compra y venta de derechos y acciones de todo tipo, tanto de personas naturales como jurídicas, la compra y venta de derechos litigiosos o hereditarios que conlleven una inversión para la sociedad; b) La siembra, plantación y cultivos de todos los tipos de frutos que deriven de la tierra, y en especial la plantación, cultivo y cosecha de árboles frutales cualquiera sea su especie, la siembra cultivo y cosecha de cualquier tipo de granos, cereales, camotes, tubérculos y cualquier tipo de verduras. La plantación de árboles Nativos o exóticos, sean estos con fines de explotación u ornamentales.
La venta dentro o fuera del país, de los productos o subproductos que deriven de las actividades antes señaladas. c) Dar en arriendo, comodato, usufructo los bienes que compongan el patrimonio social, la compra, venta y arriendo de todo tipo de vehículos motorizados sean estos propios o ajenos y en especial la compra, venta y arriendo de maquinaria pesada que tenga relación directa con el cultivo y movimiento de tierra, a modo de ejemplo; Tractores, excavadoras, retroexcavadoras, camiones, camionetas, tractores, niveladoras rodillos, etcétera. d) La subdivisión o parcelación de bienes raíces rurales, movimiento de tierra, urbanización de cualquier tipo de terreno comprendiendo esto, las instalaciones de acueductos, gaseoductos, alcantarillados y electrificación tanto subterránea como aérea, compactaciones y estabilizado de todo tipo de superficies, además de efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. e) La compraventa de toda clase de bienes raíces o muebles; la construcción, instalación y explotación de todo tipo de fábricas, manufacturas, almacenes, tiendas y otros establecimientos semejantes. f) La ejecución, gestión y explotación de toda clase de negocios o actividades de carácter inmobiliario, por cuenta propia y/ ajena, tales como la compra, venta, permuta, arrendamiento, leasing, subarrendamiento, Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2648451 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.152 Lunes 19 de Mayo de 2025 Página 2 de 2 consignación, administración y comercialización de bienes raíces, y cualesquiera otra forma de explotación de bienes inmuebles o de derechos en ellos; la formación, gestión o participación en condominio; la construcción, reparación, remodelación, loteo, división, urbanización, parcelación, subdivisión y habilitación de inmuebles. g) La construcción, alhajamiento y explotación de faenas industriales, mineras, alojamiento de trabajadores, oficinas, hoteles, restaurantes y negocios similares. h) constituir o adquirir servidumbres, derechos de aprovechamiento de agua, con los fines de embotellar y comercializar las aguas, o que dichas aguas se utilicen para la generación o producción de energía eléctrica.
Así también la sociedad podrá realizar, en cualquier forma, directamente o a través de terceros, solicitar, aceptar, adquirir, transferir y ceder concesiones fiscales, municipales o particulares de cualquier clase. i) Arriendo de inmuebles con la finalidad de instalar aerogeneradores o aparatos hidroeléctricos que produzcan energía eléctrica. j) La realización de inversiones, por cuenta propia y/o ajena, en Chile o en el extranjero, de toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, acciones, efectos de comercio y valores mobiliarios, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, financiero o de capitales, formar y participar en comunidades, sociedades, personas jurídicas de derecho público o privado.
K) Investigación, desarrollo, y asesorías profesionales en las áreas de la producción frutícola, forestal, agrícola, ganadera, de alimentos e industrial, servicios de análisis químicos, desarrollo de sistemas agrícolas y ganaderos sostenibles, considerando el bienestar animal dentro de los procesos productivos, y la agregación de valor de productos agropecuarios L) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal, que así los acordaren los socios” y b) Se agregó a la cláusula décima del pacto social vigente el siguiente párrafo a continuación de la palabra comercio: No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros socios.
En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará entre los otros socios y los herederos de aquél, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad por un mandatario común y único, que además deberá ser persona natural. En caso de fallecer o quedar incapacitado cualquiera de los socios administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a los otros socios administradores, en caso de haberlos. En caso de no existir otros socios con facultades administradoras, la administración pasará a todos los socios actuando conjuntamente.
Se deja constancia que la sociedad actualmente continúa vigente con doña María Ana Soto Cárcamo quien ejerce actualmente la administración y uso de la razón social con una participación en el capital social de un cincuenta y dos coma cinco por ciento que deriva de su aporte inicial más su derecho en calidad de heredera de los derechos sociales de don Joaquín Roque Soto Maldonado y por doña María Herminia Cárcamo Contreras con una participación en su calidad de heredera de los derechos sociales de don Joaquín Roque Soto Maldonado de un cuarenta y siete coma cinco por ciento. En todo lo no modificado por este instrumento se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Punta Arenas 16 de mayo de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2648451 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl