Primer Tribunal Ambiental verifica cumplimiento de medidas de reparación ambiental en ex Central Termoeléctrica “Iquique”
Primer Tribunal Ambiental verifica cumplimiento de medidas de reparación ambiental en ex Central Termoeléctrica “Iquique” En una audiencia realizada ayer, los ministros del Primer Tribunal Ambiental verificaron el estado de ejecución de las medidas de reparación del daño ambiental en el sitio donde operaba la ex Central Termoeléctrica “Iquique”, propiedad de Zona Franca de Iquique S.A. (Zofri). La fue solicitada instancia por Zofri S.A., argumentando eventuales incumplimientos normativos y retrasos en la implementación de las acciones ordenadas en la sentencia de agosto de 2024, que condenó a Engie Energía Chile S.A. a remediar el daño ambiental causado en el sitio92-A del Barrio Industrial El Colorado.
Durante la audiencia, la empresa demandada defendió que ha cumplido con los comprometidos, procesos pero reconoció dificultades en la obtención de permisos y en la adjudicación de obras a empresas especializadas, lo que ha generado retrasos en la ejecución de las medidas de reparación. Ante este escenario, el Tribunal Ambiental instó a las partes a mantener un diálogo constante para garantizar el avance de las acciones y la reparación efectiva del medio ambiente dañado.
ANTECEDENTES DEL CASO Y SENTENCIA DEL TRIBUNAL AMBIENTALLa demanda fue interpuesta el 27 de octubre de 2022 por Zofri S.A., acusando que la operación de la ex Central Termoeléctrica “Iquique” provocó un daño ambiental significativo en suelo y aguas subterráneas, producto de la filtración y fuga de hidrocarburos, aceites y grasas en el terreno que ocupaba la planta.
Tras la realización del juicio, el Primer Tribunal Ambiental determinó que la empresa Engie Energía Chile S.A. operó de manera deficiente, generando un grave impacto ambiental en el sitio, lo que afectó 1,287 hectáreas de suelo y contaminó progresivamente el acuífero costero con sustancias nocivas, especialmentehidrocarburos aromáticos policíclicos (HAPs). Como resultado, en agosto de 2024, el Tribunal dictó sentencia ordenando a Engie ejecutar nueve medidas de reparación en tres sectores del sitio: Sala de máquinas: Extracción total de las aguas contaminadas, eliminación de fuentes de contaminación, desmantelamiento y retiro de infraestructura en un plazo máximo de seis meses. Sitio de almacenamiento de combustible: Retiro y disposición final de la infraestructura, y presentación de un programa detallado de trabajo.
Superficie total del sitio 92-A: Presentación de un Plan de Remediación ante el tribunal, enfocado en la descontaminación integral del suelo y del agua y ingreso del planLa instancia surgió tras solicitud de Zofri S.A., que alertó sobre eventuales incumplimientos en la ejecución de las medidas ordenadas en la sentencia dictada contra Engie Energía Chile S.A. en 2024. al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para su aprobación y fiscalización. RETRASOS Y DIFICULTADES EN LA EJECUCIÓN DE LA SENTENCIAEn la audiencia, Engie Energía Chile S.A. argumentó que ha enfrentado obstáculos administrativos y técnicos que han ralentizado la ejecución de las medidas. Entre las dificultades mencionadas, destacaron: Retrasos en la obtención de permisos ambientales para iniciar ciertas intervenciones, y demoras en la adjudicación de contratos con empresas especializadas en descontaminación. Sin embargo, desde Zofri S.A. insistieron en que la empresa no ha cumplido con los plazos establecidos, lo que mantiene el daño ambiental sin una solución efectiva. El tribunal reiteró la obligatoriedad del cumplimiento de la sentencia y recomendó que ambas partes mantengan un canal de comunicación fluido para asegurar que las acciones se realicen en los plazos comprometidos. PRÓXIMOS PASOS Y FISCALIZACIÓNEl Primer Tribunal Ambiental continuará con la fiscalización del cumplimiento de las medidas ordenadas, exigiendo reportes periódicos sobre los avances en la remediación del sitio..