SII se querella contra 5 ciudadanos chinos por la presentación de declaraciones maliciosamente incompletas o falsas que ocasionaron una evasión de impuestos de más de 2.357 millones de pesos
SII se querella contra 5 ciudadanos chinos por la presentación de declaraciones maliciosamente incompletas o falsas que ocasionaron una evasión de impuestos de más de 2.357 millones de pesos 1 Servicio de Impuestos Internos presentó una querella por delitos triE por compras a emisores agresivos y que corresponderían a operaciones con facturas falsas o no fidedignas, en el que se seleccionó para una auditoría a una de las sociedades comerciales asociada a los imputados butarios contra 5 ciudadanos chinos vinculados con dos sociedades comerciales que operaban como "mall chinos" en el barrio Meiggs y contra todos quienes resulten responsables de los delitos contenidos en el Artículo 97 Nº4, inciso primero del Código Tributario, que corresponde a la subdeclaración deRenta.
Las distintas maniobras realizadas por los 5 querellados en representación de las sociedades denunciadas que ocasionaron un perjuicio fiscal asociado a la evasión correspondiente a la subdeclaración del Impuestos a la Renta de Primera Categoría que llega a los $ 2.357.627.710.
Cabe señalar que, para el SII, un "mall chino" corresponde a un tipo de comercio al por menor, que vende una gran cantidad de productos, muy diversos, a precios muy bajos, que se masificaron en los últien esta querella. Durante este proceso de auditoría se detectaron transferencias por sumas millonarias entre las sociedades a que pertenecen los querellados y que no tendrían sustento en la contabilidad que declaró el contribuyente analizado.
Es así como se pudo identificar a estas sociedades que operaban en el Barrio Meiggs y que no estarían declarando la totalidad de los ingresos obtenidos, por lo que se inició un proceso de recopilación de antecedentes que fue la base de la presentación de esta querella. En este proceso, se pudo verificar que las 2 sociedades investigadas registraban declaraciones maliciosamente mos años.
LOS HECHOS Este caso partió a raíz de un programa de fiscalización de la Dirección Regional Metropolitana Santiago Centro del SII, asociado a la SobredeclaNº22 maliciosamente falsos, ración de IVA Crédito Fiscal al omitir y subdeclarar los ingresos que la sociedad recibió durante los años comerciales 2023 y 2024, permitiéndole incrementar su patrimonio y que, por tanto, debieron ser considerados en dichas declaraciones. Estos ingresos no estaban respaldados por los documentos de venta correspondientes, lo que confirma una subdeclaración maliciosa de ingresos.
Respecto de la segunda sociedad comercial investigada, durante el proceso de análisis del SII, se pudo constatar que, durante los años tributarios 2024 y 2025, se presentaron formularios Nº22 maliciosamente falsos, al omitir los ingresos que la sociedad percibió efectivamente, permitiéndole incrementar su patrimonio, evadiendo el pago del Impuesto a la Renta correspondiente. Esta sociedad también formaba parte del esquema de evasión, logrando identificar transferencias y pagos de esta sociedad con la primera investigado, que no tenían un correlato en la emisión de facturas electrónicas.
La Subdirectora Jurídica (S) del SII, Bárbara Olivares, explicó que "durante su análisis, el SII pudo confirmar también que los ingresos brutos de estas sociedades superaban de forma dramática los ingresos declarados en sus Formularios Nº22.
Esta diferencia abultada entre el flujo de dinero real y el declarado no puede atribuirse a un simple error, sino a un acto deliberado y malicioso de ocultamiento de ingresos con incompletas o falsas que pueden inducir a la liquidación de un impuesto inferior al que corresponda.
Concretamente, en uno de el fin de pagar un impuesto inlos casos analizados, se pudo constatar la subdeclaración de ingresos durante los años tributarios 2024 y 2025, presentando Formularios Nº29 y ferior al que correspondía".. La Subdirectora Jurídica (S), Bárbara Olivares, explicó que "del análisis de los antecedentes reunidos es posible confirmar que las irregularidades detectadas no constituyen hechos aislados o meros errores contables, sino que obedecen a un esquema organizado y sistemático de evasión tributaria, diseñado y ejecutado de manera coordinada por las sociedades denunciadas y sus representantes, quienes mantienen vínculos permanentes".