Resolución exenta número 666, de 2024.- Establece montos a pagar para el financiamiento del Estudio de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión Zonal y de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión Dedicada Utilizadas por Usuarios Sometidos a Regulación de Precios, por
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.027 Miércoles 18 de Diciembre de 2024 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2585147 MINISTERIO DE ENERGÍA Comisión Nacional de Energía ESTABLECE MONTOS A PAGAR PARA EL FINANCIAMIENTO DEL ESTUDIO DE VALORIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DE LOS SISTEMAS DE TRANSMISIÓN ZONAL Y DE LAS INSTALACIONES DE LOS SISTEMAS DE TRANSMISIÓN DEDICADA UTILIZADAS POR USUARIOS SOMETIDOS A REGULACIÓN DE PRECIOS, POR PARTE DE LAS EMPRESAS COORDINADAS QUE OPERAN INSTALACIONES DE LOS SISTEMAS DE TRANSMISIÓN ZONAL (Resolución) Núm. 666 exenta. - Santiago, 13 de diciembre de 2024.
Vistos: a) Las facultades establecidas en la letra h) del artículo 9 del DL N 2.224 de 1978, y sus modificaciones, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de Energía, en adelante, la “Comisión”; b) Lo establecido en el decreto con fuerza de ley N 4/20.018 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, de 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley N 1, del Ministerio de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de energía eléctrica y sus modificaciones, en adelante en indistintamente la “Ley” o la “Ley General de Servicios Eléctricos”; c) Lo señalado en el decreto supremo N 10 de 1 de febrero de 2019, del Ministerio de Energía, que Aprueba Reglamento de Calificación, Valorización, Tarificación y Remuneración de las Instalaciones de Transmisión, en adelante “Reglamento”; d) Lo establecido en la Resolución Exenta N 460 de 30 de agosto de 2024, de la Comisión, que Aprueba Informe Técnico Definitivo de Calificación de Instalaciones de los Sistemas de Transmisión para el período 2024-2027, en adelante “Resolución exenta N 460/2024”; e) Lo señalado en la resolución exenta N 463 de 30 de agosto 2024, de la Comisión, que Aprueba las Bases Técnicas y Administrativas Definitivas para la realización de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión para el período 2024-2027, en adelante “Resolución Exenta N 463/2024”; f) Lo señalado en la resolución exenta N 547 de 10 de octubre 2024, de la Comisión, que Establece proporción en que las empresas del Sistema de Transmisión Nacional y de los Sistemas de Transmisión Zonal deben concurrir al financiamiento de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión, en adelante “Resolución exenta N 547/2024”; g) Lo señalado en la resolución exenta N 619 de 21 de noviembre de 2024, que Aprueba Acta de Evaluación de la Oferta Administrativa, Técnica y Económica para la Licitación del “Estudio de valorización de las instalaciones de los Sistemas de Transmisión Zonal y de los Sistemas de Transmisión Dedicada utilizadas por usuarios sometidos a regulación de precios”, emitida por el Comité de Adjudicación y Supervisión de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión, y deja constancia de lo que indica respecto de la licitación del “Estudio de valorización de las instalaciones del Sistema de Transmisión Nacional”, en adelante, “Resolución Exenta N 619/2024”; h) Lo informado por el Coordinador Eléctrico Nacional, en adelante “Coordinador”, mediante el correo electrónico de 29 de noviembre de 2024; Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585147 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.027 Miércoles 18 de Diciembre de 2024 Página 2 de 4 i) Lo dispuesto en la resolución exenta N 657 del 10 de diciembre de 2024, de la Comisión, que Modifica la resolución exenta N 547 de 10 de octubre de 2024, de la Comisión Nacional de Energía, que establece proporción en que las empresas del Sistema de Transmisión Nacional y de los Sistemas de Transmisión Zonal deben concurrir al financiamiento de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión”, en adelante, “Resolución exenta N 657/2024”; j) Lo dispuesto en el decreto exento N 166 de 23 de julio de 2024, del Ministerio de Energía, que establece orden de subrogancia del cargo de Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Energía; y k) Lo señalado en la resolución N 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando: 1) Que, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 105 y siguientes de la ley, esta Comisión dio inicio al proceso cuadrienal de valorización de los sistemas de transmisión para el período 20242027, emitiendo las correspondientes Bases Técnicas y Administrativas Definitivas para la realización de los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión, las que fueron aprobadas mediante resolución exenta N 463/2024; 2) Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 de la ley, las empresas de transmisión nacional, zonal y de los sistemas para polo de desarrollo deberán concurrir al pago del o los estudios de valorización de instalaciones, conforme a lo dispuesto en el reglamento.
Además, se indica que el valor resultante del proceso de adjudicación del estudio o los estudios será incorporado en el proceso de valorización respectivo como parte del C.O.M.A. (costos anuales de operación, mantenimiento y administración). 3) Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento, las empresas de los Sistemas de Transmisión Nacional, Zonales y para Polos de Desarrollo, deberán concurrir al pago del o los Estudios de Valorización de instalaciones, en la proporción que le corresponda a cada una en función de la suma de los V.A.T.T. de las instalaciones a ser valorizadas en cada estudio, actualizados al tercer mes anterior a la publicación de las bases preliminares de los estudios.
Agrega dicho artículo que las instalaciones que no tengan un V.A.T.T. fijado no se considerarán para efectos del pago del o los Estudios de Valorización. 4) Que, por su parte, el inciso segundo del artículo 110 del Reglamento, indica que las proporciones serán determinadas e informadas a la Comisión por el Coordinador, dentro de un plazo de quince días, contado a partir de la resolución de calificación vigente a la fecha de comunicación de las bases definitivas de los estudios.
Dentro de los quince días siguientes, la Comisión deberá establecer las proporciones mediante el acto administrativo correspondiente, el que deberá comunicarse a las empresas y publicarse en el sitio web de la Comisión, dentro del plazo de cinco días contado desde su emisión. 5) Que, la resolución de calificación vigente referida en el inciso segundo del artículo 110 del Reglamento, corresponde a la resolución exenta N 460/2024, emitida el 30 de agosto de 2024; 6) Que, en vista de lo anterior, la Comisión, mediante resolución exenta N 547/2024, estableció la proporción en que las empresas del Sistema de Transmisión Nacional y de los Sistemas de Transmisión Zonal deben concurrir al financiamiento del o los Estudios de Valorización de las Instalaciones de los Sistemas de Transmisión, modificada mediante la resolución N 657/2024; 7) Que, se hace presente que, la referida resolución exenta N 547/2024 fue modificada mediante la resolución N 657/2024, toda vez que el Coordinador informó a esta Comisión, mediante correo electrónico de 29 de noviembre de 2024, una actualización de la información respecto a las proporciones de pago, luego de haber realizado un nuevo análisis de estas; 8) Que, a la fecha no existen Sistemas de Transmisión para Polos de Desarrollo, razón por la cual la presente resolución se refiere únicamente a las proporciones que corresponden a las empresas del Sistema de Transmisión Nacional y de los Sistemas de Transmisión Zonal; 9) Que, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 111 del Reglamento, corresponde que la Comisión proceda a fijar el monto definitivo a pagar por las empresas según los porcentajes establecidos en la resolución exenta N 657/2024, en relación con el valor resultante del proceso de adjudicación del Estudio de valorización de las instalaciones de los Sistemas de Transmisión Zonal y de los Sistemas de Transmisión Dedicada utilizadas por usuarios sometidos a regulación de precios; 10) Que, según consta en el acta aprobada mediante resolución exenta N619/2024, la realización del Estudio de valorización de las instalaciones de los Sistemas de Transmisión Zonal Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585147 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.027 Miércoles 18 de Diciembre de 2024 Página 3 de 4 y de los Sistemas de Transmisión Dedicada utilizadas por usuarios sometidos a regulación de precios fue adjudicada a SIGLA S.A., por un valor de $595.000.000 (quinientos noventa y cinco millones de pesos chilenos); y 11) Que, en conformidad a lo señalado en los considerandos precedentes, corresponde que esta Comisión dicte el presente acto administrativo, con el monto exacto a pagar para el financiamiento del Estudio de valorización de las instalaciones de los Sistemas de Transmisión Zonal y de los Sistemas de Transmisión Dedicada utilizadas por usuarios sometidos a regulación de precios, por parte de las empresas que operan instalaciones de los Sistemas de Transmisión Zonal; Resuelvo: Artículo primero: Establézcanse los siguientes montos a pagar para el financiamiento del Estudio de Valorización de las instalaciones de los Sistemas de Transmisión Zonal y de los Sistemas de Transmisión Dedicada utilizadas por usuarios sometidos a regulación de precios, por parte de las empresas que se indican en la tabla siguiente: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585147 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.027 Miércoles 18 de Diciembre de 2024 Página 4 de 4 Artículo segundo: En conformidad a lo establecido en el artículo 112 del Reglamento, las empresas coordinadas indicadas en la tabla contenida en el artículo primero de la presente resolución exenta deberán depositar en la cuenta corriente bancaria “Comisión Nacional de Energía”, N 9007539, Rut: 61.707.000-6, del Banco Estado, la suma a que asciende su obligación particular de contribución determinada en el artículo precedente, dentro del plazo de diez días hábiles desde la fecha de publicación de la presente resolución exenta, con documentos de pago al día a nombre de la Comisión Nacional de Energía. Asimismo, las empresas deberán enviar el correspondiente recibo o comprobante de pago a la Comisión a oficinadepartes@cne.cl dentro del plazo señalado.
Artículo tercero: Comuníquese la presente resolución exenta a las empresas indicadas en el artículo primero de la presente resolución y a SIGLA S.A. mediante correo electrónico, y publíquese en el Diario Oficial dentro del plazo de cinco días contado desde la fecha de la dictación del presente acto administrativo. Artículo cuarto: Publíquese la presente resolución exenta en el sitio web de la Comisión Nacional de Energía, dentro de los cincos días contados desde su emisión. Anótese y archívese. - Mauricio Javier Funes Huerta, Secretario Ejecutivo (S), Comisión Nacional de Energía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2585147 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl