Decreto exento número 15, de 2024.- Deja sin efecto decreto N° 28 exento, de 2022, que fija subrogancia del Director Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 43.991 Miércoles 6 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2565248 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO Subsecretaría de las Culturas y las Artes DEJA SIN EFECTO DECRETO N 28, DE 2022, QUE FIJA SUBROGANCIA DEL DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL Núm. 15 exento. - Santiago, 25 octubre de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 32 N 10, de la Constitución Política de la República; en la ley N 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el DFL N 1-19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el DFL N 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en la ley N 19.175, Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; en el decreto N 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la resolución N 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón de las materias de personal que se indican y en particular el artículo 5 del DFL N 35, del año 2017 del Ministerio de Educación, que fija plantas de personal del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio y del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural. Considerando: 1.
Que, la ley N 21.045 dispone en su artículo 22 que se crea el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, como un servicio público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que estará sometido a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, señalando en su artículo 24 que su administración y dirección superior estará a cargo de un Director Nacional, quien será el jefe superior del Servicio. 2.
Que, para la continuidad de funciones de dicha institución, mediante el decreto exento N 28, de 2022, se fijó un orden de subrogación para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, en caso de ausencia o impedimento de su titular. 3.
Que, encontrándose actualmente provistos los cargos titulares que siguen el orden legal de subrogación del cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, resulta innecesaria la vigencia del decreto referido en el numeral anterior, por lo que se procederá a dejarlo sin efecto.
Artículo 1: Déjase sin efecto el decreto exento N 28, de 2022, que fijó un orden de subrogación para el cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, en caso de ausencia o impedimento de su titular.
Artículo 2: En caso de ausencia o impedimento del titular del cargo de Director/a Nacional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, operará la subrogación legal conforme el orden establecido en el artículo 5 del DFL 35/2017, del Ministerio de Educación, esto es: 1 Orden de Subrogación, Jefe de División grado 3 2 Orden de Subrogación, Jefe de División grado 4 Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2565248 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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