Resolución exenta número 1.495, de 2024.- Aprueba Plan de Acción Regional de Cambio Climático de la Región Metropolitana de Santiago
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.018 Sábado 7 de Diciembre de 2024 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2581202 MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA Delegación Presidencial Regional Metropolitana de Santiago APRUEBA PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE CAMBIO CLIMÁTICO DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE SANTIAGO (Resolución) Núm. 1.495 exenta. - Santiago, 22 de noviembre de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 21.455, de 2022, sobre Ley Marco de Cambio Climático del Ministerio del Medio Ambiente; decreto supremo Nº 16, de 06.06.2023, del Ministerio del Medio Ambiente, que aprueba Reglamento que Establece Procedimientos Asociados a los Instrumentos de Gestión del Cambio Climático; resolución exenta Nº 2.384, de 06.10.2023, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, que “Da Inicio a Proceso de Participación Ciudadana de la Propuesta de Plan de Acción Regional de Cambio Climático Región Metropolitana de Santiago”; resolución exenta Nº 504, de 20.03.2024, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, que Homologa Procedimiento de Elaboración del Plan de Acción Regional de Cambio Climático Región Metropolitana de Santiago; Certificado Acuerdo Nº 157, de 17.04.2024, del Consejo Regional del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, que aprueba la Propuesta del “Plan de Acción Regional de Cambio Climático de la Región Metropolitana de Santiago”;oficio Nº 4995, de 04.10.2024, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, que Remite Plan de Acción Regional de Cambio Climático; oficio Nº 4976/2024 del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, que invita a cuarta sesión del Comité Regional de Cambio Climático; decreto Nº 16, de 2024, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba Reglamento que Establece Conformación y Funcionamiento del Equipo Técnico Interministerial para el Cambio Climático y de los Comités Regionales para el Cambio Climático; las facultades conferidas por el DFL 1, de 2005, que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; lo dispuesto en la ley Nº 19.880 que establece las Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; las resoluciones Nº 7/2019 que modifica normas sobre exención del trámite de toma de razón y Nº 14/2022 que determina montos a partir de los cuales ciertos actos quedarán sujetos al control preventivo, de la Contraloría General de la República; decreto Nº 214/2024 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Delegado Presidencial Regionalde la Región Metropolitana de Santiago.
Considerando: 1º Que, en materia de cambio climático, Chile se ha hecho parte de los esfuerzos globales para combatirlo, a través de la adopción de los instrumentos internacionales más relevantes en la materia, a saber, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París, los que fueron promulgados en nuestro país, respectivamente, a través de los decretos supremos Nº 123, de 1995,349, de 2004, y 30, de 2017, todos del Ministerio de Relaciones Exteriores. 2º Que, a nivel nacional, se están desarrollando instrumentos y acciones para enfrentar el cambio climático y dar cumplimiento a lo comprometido en los instrumentos internacionales anteriormente mencionados. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2581202 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.018 Sábado 7 de Diciembre de 2024 Página 2 de 3 3º Que, en relación a lo anterior, de acuerdo al artículo 70 letra h) de la ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, corresponde especialmente al Ministerio del Medio Ambiente: “h) Proponer políticas y formular los planes, programas y planes de acción en materia de cambio climático.
En ejercicio de esta competencia deberá colaborar con los diferentes órganos de la Administración del Estado a nivel nacional, regional y local con el objeto de poder determinar sus efectos, así como el establecimiento de las medidas necesarias de adaptación y mitigación.
” 4º Que, en dicho contexto, la ley Nº 21.455, de 2022, sobre Ley Marco del Cambio Climático del Ministerio del Medio Ambiente, consagra en su artículo 11 los Planes de Acción Regional de Cambio Climático, los que contendrán los objetivos, acciones y medidas concretas para la gestión del cambio climático en la región, y mandata que estos instrumentos sean elaborados por los Comités Regionales para el Cambio Climático, organismos contemplados en el artículo 24 de la señalada ley.
Asimismo, el artículo segundo transitorio de dicha leydisponía que los Planes de Acción Regional de Cambio Climáticodeberían elaborarse en el plazo de 2 años, contados desde la publicación de la Estrategia Climática de Largo Plazo, a saber, el día 3 de noviembre de 2024.5º Que, la ley Nº 21.455 /2022, contempla la creación de organismos colaboradores en la gestión de combatir el cambio climático, específicamente el Equipo Técnico Interministerial para el Cambio Climático (ETICC) y los Comités Regionales para el Cambio Climático (CORECC). A mayor abundamiento, en su artículo 24 dispone que: “En cada región del país habrá un Comité Regional para el Cambio Climático, CORECC, cuya principal función será coordinar la elaboración de los instrumentos para la gestión del cambio climático a nivel regional y comunal. () Los Comités Regionales para el Cambio Climático serán integrados por el Gobernador Regional, quien lo preside, el Delegado Presidencial Regional, los secretarios regionales de los Ministerios que integran el Consejo de Ministros, establecido en el artículo 71 de la ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, dos representantes de la sociedad civil regional según lo señale el respectivo reglamento, y uno o más representantes de las municipalidades o asociaciones de municipios de la región.
” 6º Que, para el cumplimiento del compromiso referido, el Gobierno Regional Metropolitano de Santiago aprobó y financió la ejecución del estudio “Diagnóstico Plan de Acción Regional de Cambio Climático”, Código BIP Nº40033690-0, proceso licitatorio, ID1261-5-LQ22, que fue adjudicado y cuyo contrato fue aprobado mediante resolución exenta Nº1.867/2022, dando inicio el 3 de octubre de 2022, al proceso de elaboración del Plan Regional de Acción Climática de la Región Metropolitana de Santiago. Dicho contratofue modificado posteriormente, en el sentido de ampliar su plazo de ejecución.
Finalmente, con fecha 24 de noviembre de 2022, se conformó el Comité Regional de Cambio Climático - CORECC RM, según Acta de Sesión Nº 1/2022.7º Que, la elaboración de la Propuesta de Plan de Acción Regional de Cambio Climático de la Región Metropolitana de Santiago, en adelante “PARCCRM”, fue consecuencia del trabajo encabezado por el Gobierno Regional, con la colaboración de aquellas autoridades comunales, regionales y nacionales que integran el CORECC RM, y el soporte técnico de profesionales del Ministerio del Medio Ambiente, de las Secretarías Regionales Ministeriales de la Región Metropolitana, de instituciones públicas sectoriales, funcionarios municipales y personas pertenecientes a organizaciones sociales ambientales. 8º Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 11 de la ley Nº 21.455, Marco de Cambio Climático, mediante resolución exenta Nº 2.384, de 6 de octubre de 2023, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, se inició el proceso de participación ciudadana, recabándose opiniones, comentarios y observaciones de la ciudadanía, mediante la habilitación de un portal web de consultas ciudadanas que tuvo como finalidad alojar el proceso https://consultas.gobiernosantiago.cl/. 9º Que, con fecha 21 de diciembre de 2023, se publicó en el Diario Oficialel DSNº 16 del Ministerio del Medio Ambiente, que aprobó el Reglamento que establece el procedimiento asociado a los instrumentos de gestión del cambio climático, el cual, en su artículo segundo transitorio, señala que: “las disposiciones del presente decreto supremo se aplicarán en forma inmediata respecto de los procedimientos de elaboración o actualización de los instrumentos de gestión del cambio climático que se encuentren iniciados previo a la fecha de publicación del presente Reglamento, homologándose los actos de instrucción conforme a la etapa en que se encuentre cada procedimiento”. 10º Que, con fecha 24 de enero de 2024, en la tercera sesión del Comité Regional de Cambio Climático (CORECC), se aprobó de forma unánime por los presentes la propuesta de Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2581202 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.018 Sábado 7 de Diciembre de 2024 Página 3 de 3 Plan de Acción Regional de Cambio Climático, según Acta de Sesión Nº 3/2024, lo cual esequivalente al proceso indicado en el DS Nº 16/2023, Artículo 61, párrafo final y que indica: “esta etapa concluirá con la aprobación del proyecto definitivo del instrumento por parte del Comité Regional para el Cambio Climático.
” 11º Que, mediante oficio Nº 4995/2024, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, se remitió a esta Delegación Presidencial Regional Metropolitana de Santiago, copia del Acuerdo Nº 157, de 17 de abril de 2024, favorable del Consejo Regional Metropolitano, junto con el Certificado del Secretario Ejecutivo del Consejo Regional del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, en su calidad de Ministro de Fe, por medio del cual se comunicaba al Delegado Presidencial Regionalsobre el Plan de Acción Regional de Cambio Climático, con el fin de cumplir con el procedimiento de aprobación finaly dar inicio a su implementación. 12º Que, asimismo, mediante el oficio señalado precedentemente, se remitió la resolución exenta Nº 504, de 20 de marzo de 2024, por medio de la cualel Gobierno Regional Metropolitano de Santiagohomologó el procedimiento de elaboración del Plan de Acción Regional de Cambio Climático en la Región Metropolitana de Santiago, de acuerdo a lo establecido en el decreto supremo Nº 16, de 6 de junio de 2023, el cual disponía que sus disposiciones se aplicarían en forma inmediata respecto de los procedimientos de elaboración o actualización de los instrumentos de gestión del cambio climático que se encuentren iniciados previo a la fecha de publicación del presente Reglamento, homologándose los actos de instrucción conforme a la etapa en que se encuentre cada procedimiento.
Dado que la propuesta de Plan de Acción Regional de Cambio Climáticofue aprobada con fecha 24 de enero de 2024, en la tercera sesión del Comité Regional de Cambio Climático (CORECC), resultaba del todo necesario homologar el procedimiento actual de dicho Plan, de acuerdo a lo establecido en el DSNº 16, de 2023, del Ministerio del Medio Ambiente. 13º Que, la propuesta de Plan de Acción Regional de Cambio Climáticocumple con lo indicado en el decreto supremo Nº 16, de 2023, artículo 50, respecto al contenido básico del mismo, el que cuenta con una duración inicial de diez años y revisiones programadas cada cinco, y representa el primer instrumento de gestión del cambio climático en la región, siendo el único que cumple plenamente con la Ley Marco de Cambio Climático y su reglamentación. 14º Que, en virtud de todo lo anteriormente expuesto, y las facultades establecidas en el DFL 1, de 2005, que fija texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, resulta del todo necesario declarar constituido dicho Comité, Resuelvo: 1º Apruébese el “Plan de Acción Regional de Cambio Climático, Región Metropolitana de Santiago” (PARCC RMS) aprobado por unanimidad de los votos de los Consejeros Regionales de la Región Metropolitana de Santiago presentes en la Sesión Ordinaria Nº 8, celebrada el día 17 de abril de 2024, por el Consejo Regional Metropolitano de Santiago, y aprobado mediante resolución exenta Nº 504, de 20 de marzo de 2024, del Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, la cual se entiende parte del presente acto. 2º Publíquese la presente resolución en el Portal de Transparencia de la Delegación Presidencial Regional Metropolitana de Santiago. Anótese, comuníquese y publíquese. - Gonzalo Durán Baronti, Delegado Presidencial Región Metropolitana. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2581202 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl