Extracto de otorgamiento de ampliación de concesión de servicios sanitarios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas
DIARIO OFICIAL II DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior DECRETOS, RESOLUCIONES, SOLICITUDES Y NORMAS DE INTERÉS PARTICULAR Núm. 44.187 Martes 1 de Julio de 2025 Página 1 de 1 Normas Particulares CVE 2663773 MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Superintendencia de Servicios Sanitarios AMPLIACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIOS SANITARIOS PARA ATENCIÓN DEL ÁREA DENOMINADA "LA CATANA 2", COMUNA DE COLINA, REGIÓN METROPOLITANA (Extracto) Por decreto Nº 8 del Ministerio de Obras Públicas, de 17 de enero de 2025, tramitado el 10 de junio de 2025, se otorgó a Sacyr Agua Chacabuco S.A., RUT Nº 86.915.400-8, con domicilio en Avenida Isidora Goyenechea Nº 2800, oficina 2102, de la comuna de Las Condes, Región Metropolitana, Ampliación de las Concesiones de Producción y Distribución de Agua Potable y de Recolección y Disposición de Aguas Servidas a la empresa Sacyr Agua Chacabuco S.A., para la atención del área denominada "La Catana 2" de la comuna de Colina, Región Metropolitana.
La zona de concesión o territorio operacional de los servicios de distribución de agua potable y de recolección de aguas servidas que se otorgan, corresponderá a un área de aproximadamente 4,58 hectáreas, que se encuentra identificada y delimitada en plano denominado: "La Catana" Código: SC-13-01 F" del Plan de Desarrollo, que forma parte integrante del decreto extractado.
En el primer establecimiento (2028) y al final del período de previsión (2038), los arranques y uniones domiciliarias son las siguientes: Hay un cuadro que señala que el sector CAT dos-uno tendrá veinte arranques en el año cinco (año dos mil veintiocho) y veinte arranques en el año quince (año dos mil treinta y ocho) y tendrá veinte uniones domiciliarias en el año cinco (año dos mil veintiocho) y veinte uniones domiciliarias en el año quince (año dos mil treinta y ocho). El sector CAT dos-dos tendrá veintinueve arranques en el año cinco (año dos mil veintiocho) y veintinueve arranques en el año quince (año dos mil treinta y ocho) y veintinueve uniones domiciliarias en el año cinco (año dos mil veintiocho) y veintinueve uniones domiciliarias en el año quince (año dos mil treinta y ocho). El total son cuarenta y nueve arranques en el año cinco (año dos mil veintiocho) y cuarenta y nueve arranques en el año quince (año dos mil treinta y ocho), y cuarenta y nueve uniones domiciliarias en el año cinco (año dos mil veintiocho) y cuarenta y nueve uniones domiciliarias en el año quince (año dos mil treinta y ocho). El servicio público de producción de agua potable para el sistema que se amplía por este decreto será abastecido por las fuentes que se indican en el numeral 3.1 letra a), de la respectiva Ficha de Antecedentes Técnicos (F.A.T. ), sobre las cuales la concesionaria tiene los derechos que se individualizan en los informes de títulos respectivos, que son suficientes para satisfacer la demanda del servicio, en los términos exigidos por el artículo 26º del DS MOP Nº 1.199/04, y se encuentran afectos a la concesión, documentos que forman parte integrante del presente decreto. Las demás condiciones de prestación de los servicios otorgados en la ampliación son las establecidas en la Ficha de Antecedentes Técnicos (F.A.T. ) Nº SC-13-01 F que forma parte integrante del decreto.
Forma parte integrante del presente decreto, el Programa de Desarrollo, los cronogramas de inversiones y la Ficha de Antecedentes Técnicos correspondientes a los servicios sanitarios otorgados en ampliación, que otros antecedentes, forman parte integrante del decreto extractado, el que se redujo a escritura pública, con fecha 17 de junio de 2025 ante doña María Patricia Donoso Gomien, Titular de la Vigésimo Séptima Notaría de Santiago. - Jorge Rivas Chaparro, Superintendente de Servicios Sanitarios. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2663773 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl