Resolución exenta número CP 10.949, de 2025.- Declara zona de riesgo sanitario
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.184 Viernes 27 de Junio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2660635 MINISTERIO DE SALUD Secretaría Regional Ministerial Región de la Araucanía DECLARA ZONA DE RIESGO SANITARIO (Resolución) Núm. CP 10.949 exenta. - Temuco, 11 de junio de 2025.
Visto: 1. - Artículo 67 del Código Sanitario que establece que es deber de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar porque se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes; 2. - Artículo 9 letra b) del Código Sanitario, conforme al cual corresponde a la Autoridad Sanitaria las órdenes y medidas de carácter general, local o particular, que fueren necesarias para su debido cumplimiento; 3. - Artículo 14 del Código Sanitario que señala que corresponderá al Servicio Nacional de Salud la supresión de cualquier factor que, originado en un territorio municipal, ponga en peligro la salud, seguridad o bienestar de la población de otro territorio municipal; 4. - Artículo 12 N 2 de DFL 1 de 2006, según el cual las Seremis de Salud tendrán las siguientes funciones: Ejecutar las acciones que correspondan para la protección de la salud de la población de los riesgos producidos por el medio ambiente y para la conservación, mejoría y recuperación de los elementos básicos del ambiente que inciden en ella, velando por el debido cumplimiento de las disposiciones del Código Sanitario y de los reglamentos, resoluciones e instrucciones sobre la materia, para lo cual se encontrará dotado de todas las facultades y atribuciones que el Código Sanitario y demás normas legales y reglamentarias sanitario ambientales le confieren, de conformidad con lo previsto en el artículo 13; 5. - Decreto N 236, de 1926, Reglamento de alcantarillados particulares, fosas sépticas, cámaras filtrantes, cámaras de contacto, cámaras absorbentes y letrinas domiciliarias; 6. - Informe N 3, emitido por el Jefe (S) de la Oficina de Acción Sanitaria de Pitrufquén, de la Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Araucanía; 7. - Instrucciones del Secretario Regional Ministerial de Salud.
Considerando: 1. - Que, en documento de Vistos N 6 se informa que con fecha 06.06.2025 se realizó fiscalización constatándose el escurrimiento de aguas servidas desde las fosas sépticas hacia los patios de al menos 10 viviendas de la Villa El Resplandor y según el relato de la Junta de Vecinos, en los días con más lluvia, al menos el 70% de los domicilios presenta problemas de un total de 200 casas.
Se agrega, que en la Villa Araucanía se presenta el mismo problema y que respecto de la población Ferro Villa, no se constata escurrimiento de aguas servidas en los patios de las viviendas y en vía pública, pero donde se ubica la fosa séptica y el sistema de infiltración no se cuenta con tubo de ventilación para gases lo que genera malos olores en el lugar; por lo que se sugiere declarar zona de riesgo sanitario en la Villa El Resplandor y en Villa Araucanía, de la localidad de Hualpin, comuna de Teodoro Schmidt. 2.- Que, es un deber legal de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud velar por que se eliminen o controlen todos los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y bienestar de los habitantes y que se constituyan en un riesgo sanitario. 3.- Que, se deben adoptar medidas inmediatas de mitigación que permitan abordar la grave situación sanitaria que afecta a la Villa El Resplandor y en Villa Araucanía, de la localidad de Hualpin, comuna de Teodoro Schmidt, debido al rebasamiento de aguas servidas en las viviendas y espacios públicos, por lo que resulta necesario declarar zona de riesgo sanitario, a fin de que el Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2660635 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Teniendo presente: 1. - DFL N 1 de 2006 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N 2.763/79 y de las leyes N 18.933 y N 18.469.2. - DS 136/2005 que establece el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud. 3.- Decreto N 32, de fecha 18.03.2022, del Ministerio de Salud, que designa a don Ricardo Andrés Cuyul Soto, en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Salud de la Región de la Araucanía. 4.- DFL N 725/67, Código Sanitario. 5.- Resolución 36/2024 de la Contraloría General de la República; dicto la siguiente; Resolución: Primero: Declárese zona de riesgo sanitario a la Villa El Resplandor y en Villa Araucanía, de la localidad de Hualpin, comuna de Teodoro Schmidt, debido al rebasamiento de aguas servidas en las viviendas y espacios públicos; por el tiempo que sea estrictamente necesario para la eliminación del riesgo sanitario, en virtud de Vistos y Considerando de la presente resolución.
Segundo: Déjese establecido que la Municipalidad de Teodoro Schmidt deberá implementar todas las medidas sanitarias de mitigación conducentes a asegurar que la salud de los habitantes de las villas indicadas precedentemente no se vea afectada debido al rebasamiento de aguas servidas. Tercero: Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de esta Secretaría Regional Ministerial de Salud.
Cuarto: La presente resolución entrará en vigencia sin esperar su publicación en el Diario Oficial, en razón de la urgencia requerida para adoptar las medidas necesarias a fin de hacer frente a la situación ya descrita. Anótese y comuníquese. - Ricardo Andrés Cuyul Soto, Secretario Regional Ministerial de Salud Región de La Araucanía. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2660635 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl