SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.070 Sábado 8 de Febrero de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2608286 EXTRACTO Por escritura de fecha diecisiete de enero de dos mil veinticinco ante D.
D. PAOLA DEBORAH STACK LARA, abogada y Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Viña del Mar, con oficio en Avenida Libertad novecientos uno local Acertifico: que Doña ALEJANDRA VOIGT AMION, chilena, soltera, médico cirujano, cédula de identidad y rut 9.201.468 -1, domiciliada en domiciliada en 1 Oriente 87 departamento 31, Viña del Ma y don FERNANDO VOIGT CLAUS, chileno, casado, médico cirujano, cédula de identidad y rut 4.161.100 -6, domiciliado en calle Infante 227, Quilpué, vienen en modificar la sociedad “SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA o “WENUYEN LTDA. ” ANTECEDENTES. - Que por escritura pública otorgada ante Notario Público de Viña del Mar, don Luis Enrique Tavolari Oliveros, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada “SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA”, cuyo nombre de fantasía es “WENUYEN LTDA. ” Rut 76.474.699-6, habiéndose inscrito su extracto inscrito a fojas 1834 Número 1558 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar correspondiente al año 2015. El pacto social no ha sido modificado y sus únicos socios son los comparecientes.
CESIÓN DE DERECHOS SOCIALES. : Por el presente instrumento los comparecientes convienen en modificar el pacto social en los siguientes términos: a) Doña ALEJANDRA VOIGT AMION, quien actualmente es dueña del diez por ciento de los derechos sociales, vende, cede y transfiere, el total o cien por ciento del total de sus propios y personales derechos en la sociedad y que, a mayor abundamiento, según se dijo, representan el diez por ciento del total de los derechos sociales, a don FERNANDO VOIGT CLAUS. b) El precio de la cesión es la suma única y total de doscientos mil pesos, que se pagan por el cesionario a la cedente en este acto al contado y en dinero efectivo, declarando la cedente recibirlo a su entera satisfacción. c) Los comparecientes declaran que los derechos cedidos están libres de prenda, litigios y prohibiciones e incluyen, en las proporciones correspondientes al respectivo interés social, las pérdidas y utilidades del ejercicio comercial de la sociedad, el capital, reserva y revalorización, los saldos de las cuentas corrientes, todo ello conforme a la contabilidad interna de la empresa, que el cesionario declara conocer y aceptar; d) Asimismo, declaran que su interés sigue siendo que la sociedad se mantenga, y en este caso, y al quedar con un socio único, que se transforme a una sociedad por acciones, por lo que el perfeccionamiento de la cesión queda sujeto a la condición de que la misma se transforme en dichos términos; e) Como consecuencia de la cesión efectuada por los comparecientes, doña ALEJANDRA VOIGT AMION sale de la sociedad de forma absoluta y don FERNANDO VOIGT CLAUS pasa a ser dueño del cien por ciento de los derechos sociales de la sociedad SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA.
Los derechos a que se ha hecho referencia comprenden el capital social y cualesquiera otras cantidades que estén en favor de ellos, sean o no pasivo exigible para la sociedad, sin que importe su naturaleza, origen o denominación, tales como fondos de reserva, utilidades acumuladas, saldos en cuenta corriente o préstamos.
TRANSFORMACIÓN SOCIAL: Por el presente instrumento, y con la finalidad de persistir en el giro y en la explotación de los negocios sociales a través de la compañía, don FERNANDO VOIGT CLAUS, debido a la cesión de derechos efectuada por doña ALEJANDRA VOIGT AMION, y en la calidad que inviste, viene en modificar la sociedad denominada "SERVICIOS PROFESIONALES DR.
VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA", transformándola de sociedad de responsabilidad limitada a una Sociedad por Acciones, que será sin perjuicio de las modificaciones y nuevas estipulacionescontinuadora legal de su antecesora y que se regirá por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y los nuevos estatutos que a continuación se indican. RAZÓN SOCIAL: "SERVICIOS MEDICOS DR.
VOIGT SPA”. La sociedad se regirá por las disposiciones de los artículos cuatrocientos veinticuatro y siguientes del Código de Comercio y por los presentes estatutos y en forma supletoria por las normas que le fueren aplicables de la ley dieciocho mil cuarenta y seis Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2608286 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.070 Sábado 8 de Febrero de 2025 Página 2 de 2 respecto de las sociedades anónimas cerradas.
OBJETO:. El objeto de la sociedad será efectuar prestaciones en el área de la salud, pudiendo otorgar atenciones profesionales médicas en general y de cualquier especialidad, en particular aquellas relacionadas con la psiquiatría y la salud mental, así como también servicios de psicología, enfermería o paramédicos en general y todo tipo de procedimientos complementarios, tales como imágenes u otros, pudiendo además administrar y explotar por cualquier vía consultas o centros de atención de salud, todo o parte de clínicas u hospitales; asimismo podrá efectuar compra y venta de artículos, insumos y productos de utilidad en salud; también podrá realizar capacitación, investigaciones y asesorías en general, así como toda otra actividad que los socios acuerden, pudiendo participar en sociedades constituidas o por constituir.
ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada por un GERENTE GENERAL, nombrado por el propietario único o la Junta de Accionistas, según corresponda, y podrá ser accionista o no de la empresa, y que durará en su cargo por un plazo de tres años, pudiendo ser reelegido indefinidamente en su cargo y ser removido del mismo, por el propietario único o por Junta de Extraordinaria de Accionistas de la compañía, si la hubiere, debiendo contar para ello, en este caso, con un quórum del setenta y cinco por ciento de las acciones con derecho a voto. El cargo de GERENTE GENERAL podrá ser remunerado.
El GERENTE GENERAL de la sociedad la representará judicial y extrajudicialmente y, para el cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y de disposición que la ley o los estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarle poder alguno ni acreditarlas ante terceros, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exigen estas circunstancias, sin limitación alguna.
CAPITAL: El Capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, dividido en diez acciones ordinarias, sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma que señala el artículo segundo transitorio.
DOMICILIO: El domicilio legal de la sociedad será la comuna de Viña del Mar sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que la Junta de Accionistas acuerde establecer, en el país o en el extranjero. DURACIÓN: La sociedad será continuadora legal de su antecesora denominada "SERVICIOS PROFESIONALES DR. VOIGT Y COMPAÑIA LIMITADA”", Rol Único Tributario número 76.474.699-6. Sin perjuicio del plazo de duración originalmente pactado, la actual sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Viña del Mar, 05 de febrero de 2025. - Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2608286 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl