SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA NEW PATH SpA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.095 Lunes 10 de Marzo de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2619973 EXTRACTO JORGE CARVALLO VELASCO, Notario Público y Conservador de Comercio, Titular de la Segunda Notaría de ésta ciudad, con oficio en calle Claudio Cancino número 60, Pasaje Marcel, certifica: que por escritura de hoy ante mí, don LUIS ALBERTO MELLA CARVAJAL, chileno, factor de comercio, divorciado, cédula nacional de Identidad número 11.760.592-2, domiciliado Guindo Alto sin número, comuna de Santa Cruz, constituyó sociedad por acciones al tenor de lo prescrito en el artículo 424 y siguientes del Código de Comercio, la que se regirá por las normas señaladas y en especial por el siguiente estatuto: Título Primero. - Nombre, domicilio, duración y objeto.
El nombre de la sociedad por acciones será: “SOCIEDAD COMERCIAL AGRÍCOLA NEW PATH SpA”, en adelante la “sociedad”, sin perjuicio de lo anterior, la sociedad podrá indistintamente actuar con la abreviatura, sigla, nombre de fantasía de “AGRÍCOLA NEW PATH SpA”, incluso ante los Bancos e Instituciones Financieras u otras instituciones públicas o privadas. - El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santa Cruz, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pueda establecer en otros puntos del país o del extranjero. - La sociedad tendrá una duración indefinida. - La sociedad tiene por objeto, a) la comercialización, compra, venta, distribución, exportación e importación, la plantación y siembra de toda clase de productos agropecuarios, frutales, forestales, hortalizas y frutos del país, así como la realización de toda clase de negocios relacionados con dichos productos; b) la compraventa, explotación, arriendo, mediería, y cualquier otra forma de explotación de predios agrícolas, ya sea por cuenta propia o ajena; c) la importación, exportación, la compra, venta, comercialización y administración de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos, y demás insumos para la agricultura e industria agrícola; d) la prestación de servicios agrícolas, prestación de servicios profesionales y servicios técnicos, representaciones y consignaciones, actuaciones como comisionistas o mandatarios, en relación a todos los productos señalados en las letras anteriores; y e) cualquier otra actividad permitida por la legislación chilena que los socios pudieran acordar en el futuro. - Para el cumplimiento de su objeto, siempre considerando por ley de carácter comercial, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos celebrados al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos sociales disponibles, en especial, podrá participar en toda clase de sociedades civiles o comerciales cualquiera sea su objeto, ya sean, colectivas, anónimas, de responsabilidad limitada, por acciones, o en comanditas, pudiendo concurrir en estas últimas como socia comanditaria o gestora.
Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social Y todas las demás actividades similares, conexas, accesorias, relacionadas y complementarias de las actividades antes señaladas. -Capital y Acciones. - El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000. -, dividido en 1.000, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal las cuales serán emitidas sin imprimir laminas físicas de dichos títulos. - El capital de la sociedad se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio. - La sociedad no se disolverá por reunirse todas las acciones en un mismo accionista; Administración de la sociedad. - la Sociedad será administrada por un Gerente General, pudiendo éste ser o no accionista, designado y esencialmente revocable por la Junta de Accionistas, mediante acuerdo adoptado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto presentes o representadas en la Junta.
Sin embargo, no será necesaria la celebración de Junta de Accionistas para efectos de la designación o revocación del Gerente General en caso que tal designación o revocación conste por escritura pública firmada por el único accionista o por todos los accionistas de la Sociedad.
Para todos los efectos, el Gerente General tendrá todas las facultades, atribuciones y responsabilidades que de conformidad a la Ley dieciocho mil cuarenta y seis correspondan al directorio, a los directores y al gerente general de una sociedad anónima.
Lo anterior es sin perjuicio de los apoderados especiales de la Sociedad que el único accionista o todos los accionistas por unanimidad nombren por escritura pública. - Poderes de Administración Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2619973 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.095 Lunes 10 de Marzo de 2025 Página 2 de 2 y Representación. - Conforme al artículo anterior, el Administrador o Gerente General tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. El Administrador o Gerente General podrá delegar libremente sus facultades, sea en forma general o especial.
Inicialmente y hasta que se revoque su nombramiento por la Junta de accionistas, el Administrador y Gerente General de la sociedad será doña LUIS ALBERTO MELLA CARVAJAL Cédula de identidad N 11.760.592-2 quien gozará de todas las facultades señaladas en los presentes estatutos. - será el Gerente General de la sociedad, quien entrará en funciones con la fecha de esta escritura. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santa Cruz, a 14 de Febrero de 2025. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2619973 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl