MAQUINARIA TECNOLOGIA TRANSPORTE Y SERVICIOS AGRICOLAS LIMITADA
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.162 Sábado 31 de Mayo de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2653956 EXTRACTO NICOLÁS ALEJANDRO VALENZUELA GONZÁLEZ, Abogado, Notario Púbico Interino, oficio Mackenna N879, local C, Osorno, certifica: Por escritura pública, de hoy ante mí, señores MATÍAS NICOLÁS AÑAZCO GUZMÁN, C.I. NAC. N19.537.340-K, domiciliado Parcela Uno, Fundo Esmeralda, Río Negro, y RAÚL ALFONSO GUZMÁN URIBE, C.I. NAC. N10.550.958-8, domiciliado Parcela Siete, Fundo Esmeralda, Río Negro, constituyen Sociedad de Responsabilidad Limitada, ley 3.918, disposiciones pertinentes del Código Civil y del Código de Comercio en lo no regulado en el contrato. RAZÓN SOCIAL: MAQUINARIA TECNOLOGIA TRANSPORTE Y SERVICIOS AGRICOLAS LIMITADA, pudiendo usar nombre de fantasía MATECSA LTDA.
DOMICILIO: ciudad de Río Negro, sin perjuicio de agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios agrícolas de todo tipo; preparación de suelo, siembra, fertilización, fumigación, cosechas de forrajes; la compra, venta, arriendo, importación, exportación y comercialización de equipos y maquinaria agrícola y forestal; la compra, venta, arriendo, importación y exportación de maquinarias, vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, frutos de todo tipo, abonos, productos químicos y demás insumos para la agricultura e industria agrícola, forestal o cualquier otra área que los socios determinen; b) La compra, venta, intermediación, arriendo, administración, explotación y corretaje de toda clase de bienes agrícolas sean muebles o inmuebles, la comercialización de productos derivados de la agricultura; c) La compraventa, producción, cultivo y cosecha de productos agrícolas, naturales o deshidratados, compra y ventas de productos frutales, semillas e insumos y la compraventa de mercaderías en general; d) La compraventa, producción, cultivo y cosecha de productos forestales, semillas e insumos; e) La compraventa de ganado para la producción de leche y/o carne; f) La crianza y reproducción de ganado vacuno, ovino, caprino, caballares, porcinos u otros para su explotación o venta; g) La prestación de servicios personal para la agricultura, agroindustria, industria agrícola, forestal o cualquier otra área que los socios aprueben de común acuerdo, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles, administrativos o de cualquier naturaleza que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; h) La prestación de asesorías, consultorías, y elaboración de informes, estudios, evaluación y desarrollo de proyectos, evaluaciones de impacto en el medioambiente, implementación de sistemas de gestión y capacitación de personal en las áreas antes mencionadas o en cualquier otra área, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles, administrativos o de cualquier naturaleza que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; i) La realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, la producción agropecuaria, lechería, ganadería, frutícola o maderera, la compra, venta, importación de la producción agropecuaria, sea propia o ajena, servicios de embalaje, packing, maquinaria de transporte de carga propia y ajena; j) Prestación de servicios integrales de transporte, ya sea en vehículos propios o ajenos, en actividades de explotación, comercialización, distribución, representación, e intermediación relacionados con transporte terrestre, en general el transporte de carga y servicios de transporte de pasajeros, en cualquiera de sus formas, como también la logística y distribución de todo tipo de carga y encomiendas; k) La gestión de recursos humanos, pudiendo prestar servicios como contratista o subcontratista, en todo tipo de labores de personal para las actividades agropecuarias, forestales, de servicios y de transporte, pudiendo también contratar y subcontratar a terceros para dichas labores; l) La prestación de servicios personal para la agricultura, agroindustria, industria agrícola, forestal o cualquier otra área que los socios aprueben de común acuerdo, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles, administrativos o de cualquier naturaleza que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales; m) La prestación de asesorías, consultorías, y creación de informes, estudios, evaluación y desarrollo de proyectos, implementación de sistemas de gestión y capacitación de personal en las áreas antes mencionadas o en cualquier otra área; n) El Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2653956 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.162 Sábado 31 de Mayo de 2025 Página 2 de 2 transporte de todo tipo de carga por carretera, ya sea en vehículos propios o ajenos; ñ) El transporte de personal destinado a faenas agrícolas, pecuarias, frutícolas y forestales; o) El objeto social comprenderá la contratación y subcontratación de personal necesario para llevar a cabo el giro social, la prestación de servicios de apoyo agrícola o forestal, por medio del cual, podrá entre otras actividades proporcionar personal o recursos humanos para todo tipo de servicios relacionados con las actividades agropecuarias y forestales, como asimismo la realización de cualquier otro negocio que sea relacionado con las actividades señaladas; p) Y, en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y de toda otra actividad o negocio relacionado con el objeto principal que acuerden efectuar los socios. CAPITAL: $4.000.000. - socios aportan, enteran y pagan en efectivo en partes iguales $2.000.000. - cada uno, ingresados a caja social. Socios limitan su responsabilidad hasta monto de sus respectivos aportes.
ADMINISTRACION: En conjunto por ambos socios en los actos que se indican en primera parte de la cláusula OCTAVA del pacto social, e individualmente en los actos indicados en la segunda parte de dicha cláusula OCTAVA del pacto social; en los dos casos, con amplias facultades. DURACION: indefinida. Se facultó para publicar e inscribir. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Osorno, 28 Abril 2025. DOY FE. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2653956 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl