Decreto número 30, de 2025.- Deroga decreto Nº 51, de 2016, que designa integrantes permanentes del Comité de Ministros y Ministras para el Fomento y Promoción de la Inversión Extranjera
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.209 Lunes 28 de Julio de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2676815 MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño DEROGA DECRETO SUPREMO Nº 51, DE 2016, QUE DESIGNA INTEGRANTES PERMANENTESDEL COMITÉ DE MINISTROS Y MINISTRAS PARA EL FOMENTO Y PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA Núm. 30. - Santiago, 28 de marzo de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en los artículos 32 Nº 10 y 35 de la Constitución Política de la República, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto supremo Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el Título III de la ley Nº 20.848, que establece el marco para la inversión extranjera en Chile y crea la institucionalidad respectiva; en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2015, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fijó la planta de personal y fecha de iniciación de actividades de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera; el decreto supremo N 51, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que designa integrantes permanentes del Comité de Ministros para el Fomento y Promoción de la Inversión Extranjera; la resolución Nº 36, de 2024, de la Contraloría General de la República, y Considerando: 1.
Que, en el Título III de la ley Nº 20.848, que establece el marco para la inversión extranjera en Chile y crea la institucionalidad respectiva, se crea y regula el Comité de Ministros para el Fomento y Promoción de la Inversión Extranjera, en adelante "Comité de Ministros", que tiene por objeto asesorar al Presidente de la República en las materias vinculadas al fomento y promoción de la inversión extranjera. 2.
Que, el artículo 13 de la ley Nº 20.848, establece que el Comité de Ministros estará integrado por el Ministro de Economía, Fomento y Turismo, quien lo presidirá, por el Ministro de Hacienda y por los demás Ministros que, con carácter permanente, determine la Presidencia de la República mediante decreto supremo. 3.
Que, mediante decreto supremo Nº 51, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, se designó como integrantes permanentes del Comité de Ministros para el Fomento y la Promoción de la Inversión Extranjera, al Ministro de Relaciones Exteriores, al Ministro de Obras Públicas, al Ministro de Agricultura, la Ministra de Mineríay el Ministro de Energía. 4. Que, no obstante lo anteriormente expuesto, resulta necesario ampliar dicho Comité, incorporando alMinisterio de Transportes y Telecomunicaciones.
Decreto: Artículo primero. - Deróguese, a contar de esta fecha, eldecreto supremo Nº 51, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que designa integrantes permanentes del Comité de Ministros para el Fomento y la Promoción de la Inversión Extranjera.
Artículo segundo. - Desígnese, a contar de la fecha del presente decreto, como integrantes permanentes del Comité de Ministros y Ministras para el Fomento y Promoción de la Inversión Extranjera a los siguientes ministerios: Ministerio de Relaciones Exteriores, Ministerio de Obras Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2676815 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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