Decreto número 39, de 2024.- Nombra a don Hernán Guillermo Astaburuaga Inostroza en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación de la Región del Maule
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.173 Viernes 13 de Junio de 2025 Página 1 de 3 Normas Generales CVE 2657285 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN NOMBRA A DON HERNÁN GUILLERMO ASTABURUAGA INOSTROZA EN EL CARGO DE SECRETARIO REGIONAL MINISTERIAL DE CIENCIA, TECNOLOGÍA, CONOCIMIENTO E INNOVACIÓN DE LA REGIÓN DEL MAULE Núm. 39. - Santiago, 29 de octubre de 2024.
Visto: Lo dispuesto en el artículo 32, Nº 10, de la Constitución Política de la República de Chile, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto Nº 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; los artículos 3º, 7º, 12,13, 14 y 16 de la ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; la Ley Nº19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior; la ley Nº21.105 que crea el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación, que fijó la planta de personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; el decreto supremo Nº 19, de 2024, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación; y la resolución Nº6, de 2019, de la Contraloría General de la República. Considerando: 1.
Que, el artículo sexto transitorio de la ley Nº 21.105, que creó el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, establece que a la fecha de entrada en funcionamiento el Ministerio se desconcentrará en cinco Secretarías Regionales Ministeriales, cada una de las cuales estará a cargo de un Secretario o Secretaria Regional Ministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación y que representará al Ministerio en una o más regiones. 2.
Que, por su parte, el inciso segundo del artículo sexto transitorio de la ley Nº21.105, establece que durante el quinto año de funcionamiento de esta Cartera de Estado, mediante decreto supremo expedido a través de este Ministerio y suscrito además por el Ministro de Hacienda, se establecerá un calendario de instalación que determine las fechas en que iniciarán sus funciones las secretarías regionales ministeriales restantes, las cuales deberán estar en funciones, en su totalidad, en el plazo máximo de diez años contado desde la entrada en funcionamiento del Ministerio. 3.
Que, de conformidad con lo anterior, mediante el decreto supremo Nº 19, de 2024, el Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación estableció el calendario de instalación de las secretarías regionales ministeriales de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación que se indican y reemplazó el artículo único del decreto supremo Nº7, de 2019, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. 4. Que, el citado decreto supremo estableció que, durante el año 2024, iniciarán sus funciones, entre otras, la Secretaría Regional Ministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación de la Región del Maule. 5.
Que, en este contexto, el Delegado Presidencial Regional del Maule, mediante oficio Nº 728, de fecha 22 de julio de 2024, y conforme a lo dispuesto en el artículo 62 del decreto con fuerza de ley Nº1-19.175, de 2005, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2657285 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.173 Viernes 13 de Junio de 2025 Página 2 de 3 Administración Regional, presentó la terna para el cargo de Secretario/a Regional Ministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación de la Región del Maule. 6.
Que, el decreto con fuerza de ley Nº 5, de 2019, del Ministerio de Educación, que fijó la planta de personal de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación, crea el cargo de Secretario(a) Regional Ministerial en el escalafón directivo de confianza de dicha planta. Decreto: I.
Nómbrase, a contar del 2 de octubre de 2024, a don Hernán Guillermo Astaburuaga Inostroza, cédula de identidad Nº15.137.699-1, como Secretario Regional Ministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación de la Región del Maule, grado 4º EUS, de la Planta de Directivos de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. II.
Por razones impostergables de buen servicio, la persona que se nombra asumirá sus funciones a contar del 2 de octubre de 2024, sin esperar la total tramitación del presente decreto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 de la ley Nº18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo texto, refundido y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº29, de 2004, del Ministerio de Hacienda. III. Se establece que la persona singularizada tendrá derecho a percibir la asignación profesional por el Título de Ingeniero en Industrias de la Madera. IV. Impútese el gasto que demande el presente decreto al Subtítulo 21, Asignación 001 (Personal de Planta), del Presupuesto para el año 2024 de la Subsecretaría de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Anótese, tómese razón, comuníquese y publíquese. - GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República. - Aisén Etcheverry E., Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento, decreto Nº39, de 29 de octubre de 2024. - Atentamente, Cristian Cuevas Vega, Subsecretario de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación. CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA División de Función Pública Cursa con alcance el decreto Nº 39, de 2024, del Ministerio de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación Nº E81537. - Santiago, 19 de mayo de 2025.
Esta Contraloría General ha dado curso al documento de la suma, que nombra a don Hernán Guillermo Astaburuaga Inostroza en el cargo de Secretario Regional Ministerial de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación de la Región del Maule, por encontrarse ajustado a derecho.
No obstante, considerando que en el numeral III de la parte resolutiva del anotado acto administrativo se establece que la persona singularizada tendrá derecho a percibir la asignación profesional por el título de Ingeniero en Industrias de la Madera, ha debido hacerse el alcance que se desarrollará en los párrafos siguientes.
Al respecto, cumple con hacer presente que, el artículo 38 bis de la Constitución Política de la República, establece que las remuneraciones del Presidente de la República, de los senadores y diputados, de los gobernadores regionales, de los funcionarios de exclusiva confianza del Jefe del Estado que señalan los números 7º y 10º del artículo 32 -entre los cuales se encuentran los Secretarios Regionales Ministeriales-, y de los contratados sobre la base de honorarios que asesoren directamente a las autoridades gubernativas ya indicadas, serán fijadas, cada cuatro años y con a lo menos dieciocho meses de anticipación al término de un período presidencial, por una comisión cuyo funcionamiento, organización, funciones y atribuciones establecerá una ley orgánica constitucional.
Enseguida, conforme con lo indicado en la disposición trigésima octava transitoria de la Constitución Política de la República, el Consejo de Alta Dirección Pública, a través de la resolución Nº 2, de 25 de julio de 2020, fijó como remuneración para los cargos de Secretarios Regionales Ministeriales, la última percibida, reducida en un 10%. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2657285 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.173 Viernes 13 de Junio de 2025 Página 3 de 3 Luego, la ley Nº 21.603, que regula el funcionamiento, organización, funciones y atribuciones de la Comisión para la Fijación de Remuneraciones que indica el artículo 38 bis de la Constitución Política, dispuso, en su artículo tercero transitorio, que "Dentro del plazo de treinta días desde la entrada en vigencia de la presente ley, la Comisión podrá determinar el reajuste de las remuneraciones que hayan sido fijadas en virtud de lo señalado en la disposición trigésimo octava transitoria de la Constitución Política de la República". Así entonces, mediante resolución Nº 1, de 2023, la Comisión estableció, como reajuste de las remuneraciones que fueron fijadas en virtud de lo señalado en la disposición trigésimo octava transitoria de la aludida Carta Fundamental, la variación del Índice de Precios al Consumidor acumulado por 12 meses desde noviembre de 2022 a noviembre de 2023, esto es, un 4,8%, de conformidad a lo informado en la Edición Nº 301, de 7 de diciembre de 2023, del Boletín Estadístico del Instituto Nacional de Estadísticas, tomándose como base de cálculo la última remuneración o dieta percibida, añadiendo, quedicho acto administrativo entrará en vigencia a contar del 1 de diciembre de 2023. os Por otra parte, cabe considerar quelas leyes N 21.306, 21.405, 21.526, 21.647 y 21.724, que otorgaron reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, excluyeron expresamente de dicha actualización al personal a que se refiere el artículo 38 bis de la Constitución Política de la República.
En tal contexto, debe tenerse presente que, aun cuando, el cargo, cuya provisión se pretende mediante el decreto en estudio, no se encontraba vigente al momento de determinarse las remuneraciones según los instrumentos descritos, se trata de una plaza que sí se encuentra afecta a tal fijación, por cuanto, corresponde a un cargo de exclusiva confianza del Presidente de la República, de aquellos señalados en el artículo 32, Nº 10, de la Constitución Política de la República.
Así las cosas, el señor Astaburuaga Inostrozatendrá derecho a las remuneraciones correspondientes al cargo directivo profesional grado 4 de la Escala Única de Sueldos, de acuerdo a los montos vigentes a agosto de 2020, reducidos en un 10%, y luego reajustados en un 4,8%. Con el alcance que antecede, se ha tomado razón del acto administrativo del epígrafe. Saluda atentamente a Ud., Dorothy Pérez Gutiérrez, Contralora General de la República. A la señora Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación Presente. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2657285 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl