«Funa» en Hospital porteño: ordenan abstenerse a republicar información denostativa
«Funa» en Hospital porteño: ordenan abstenerse a republicar información denostativa 1W «Funa» en Hospaal porteno: ordenan abstenerse a repubhcar información denostativa Fue a Primera Sa[a del thbuna[de alzada a que acogió acogió la acción constitucional tras estab[ecer e[ actuar arbitrario arbitrario e ilegal de las recurridas recurridas al subir información a la red lnstagram, en que acusan a la contraparle de comp[icidad comp[icidad en actos de connotación sexua[, en una causa que se encuentra judicia[izada en sede pena[. El objetode[ presente recurso recurso dice relación con dec[arar dec[arar ilegal y arbitraria la pub[icación pub[icación de la red socia[ nstagram nstagram que tiene por objeto funar a[ recurrente como cómplice de [os actos de otro funcionario de[ Hospita[ de Coquimbo, en que se ha denunciado denunciado acoso hacia funcionanas funcionanas de[ hospita[ por medio de grabaciones sin autorización autorización de estas, por e[ cua[ se ha comenzada una investigación investigación por e[ Ministerio Público, Público, y asimismo, se ha dado inicio a un sumario administrativo administrativo por e[ Hospital; pero que el recurrente alega que han vulnerado su honra, la invio[abi[idad invio[abi[idad de su hogar a[ rayar rayar sus paredes con frases acusatonas, gua[dad ante la [ey, y se han erigido como un tribuna[ condenándo[o, por úitimo que estos actos afectan afectan su derecho a desarrol[ar una actividad económica pues [e será difícil que lo contraten», contraten», p[anteael fa[1o NEGARON CREACIÓN DE PÁGINA Por su parle as recurridas, recurridas, niegan haber creado la página por la cual se l[eva a cabo la funa al recurrente, perosíreconacen habeila rep[icado rep[icado en sus cuentas persona[es», persona[es», releva Para e[ tribunal de a[zada, a[zada, en a especie: «(. ) sin perjuicio del derecho a a crítica crítica que tiene toda persona y, por cierto, a a información y a emitir opinión, nada de aquel[o puede implicar insu[tos insu[tos que puedan menoscabar a otros (las publicaciones profieren insu[tos y garabatos), garabatos), por lo que a imputación de hechos deshonrosos, por parte de una persona en contra contra de otra por medio de las lamadas redes socia[es afecta, afecta, sin duda a[guna, los derechos derechos de [as personas imputadas, imputadas, en particular su derecho derecho a a honra» «En relación con las demás demás conductas imputadas a estas en el [ibe[o (rayado de a propiedad de[ actor y otras) no ha resu[tado acreditada su autoría sobre e[las, por [oque malamente puede achacársees achacársees su ejecución Y, en lo reativoa reativoa la intervención en movimientos movimientos socia[es, entendemos entendemos que aquel[o se enmarca en el legítimo derecho a opinión, opinión, en cuanto se mantenga dentro de la esfera de imitaciones imitaciones a las que nos hemos referido», afirma el fa[1o El recurso nada tiene que ver con la veracidad de os dichos [o que es propio de a decisión judicial en el proceso, entendemos, iniciado iniciado para su investigación, esc[areci esc[areci miento yjuzgamiento sino con exponer a un sujeto, sujeto, inocente a esta fecha, a un descrédito y escarnio púb[ico púb[ico por asuntos expuestos por una de [as partes invo[ucradas, invo[ucradas, según su propia visión de las cosas, [o que se puede puede traducir en el padecimiento padecimiento de riesgos importantes a esa persona [oque ocurra en el proceso proceso será propio de[ orden socia[, cuya decisión emanará emanará del órgano competente», conc[uye La Corte de Apelaciones de La Serena acogió el recurso de protección impetrado y le ordenó a un grupo de usuarias usuarias abstenerse de republicar y masificar por redes sociales sociales información que denoste la honra del recurrente. ;1]. - -