Resolución exenta número 133, de 2025.- Actualiza y aprueba listado de pequeñas localidades objeto del Programa para Pequeñas Localidades, regulado por el decreto Nº 39, de 2015
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.066 Martes 4 de Febrero de 2025 Página 1 de 1 Normas Generales CVE 2604560 MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO ACTUALIZA Y APRUEBA LISTADO DE PEQUEÑAS LOCALIDADES OBJETO DEL PROGRAMA PARA PEQUEÑAS LOCALIDADES, REGULADO POR EL DS Nº39 (V. Y U. ), DE 2015 (Resolución) Santiago, 27 de enero de 2025. - Hoy se resolvió lo que sigue: Núm. 133 exenta.
Visto: a) Lo dispuesto en la Ley 16.391, que crea el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. b) Lo dispuesto en el decreto ley Nº1.305, de 1975, que Reestructura y Regionaliza el Ministerio de Vivienda y Urbanismo. c) El decreto supremo Nº39 (V. y U. ), de 2015, que reglamenta el Programa para Pequeñas Localidades. d) La resolución Nº7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas de exención del trámite de toma de razón.
Considerando: a) Que el artículo 2º, párrafo tercero, del decreto supremo Nº39 (V y U) de 2015, dispone que por resolución exenta del Ministro de Vivienda y Urbanismo, se sancionará listado de pequeñas localidades que puedan ser objeto del programa. b) Que se entenderá por "Pequeña Localidad" para efectos del Programa, aquellos asentamientos urbanos y/o rurales que sean centros proveedores de servicios de educación - nivel básico - y de salud - servicio de atención permanente-, de hasta 20.000 habitantes. c) Que a través de la resolución exenta Nº5.430, de 2018, se aprueba el listado de pequeñas localidades objeto del Programa para Pequeñas Localidades. d) Que, a través de la resolución exenta Nº1.189, de fecha 6 de julio de 2023, se actualizó y aprobó el listado de pequeñas localidades, objeto del Programa para Pequeñas Localidades, regulado por el DS Nº39 (V. y U. ). e) El estudio de actualización del universo de gestión de localidades del Programa o "de localidades objeto del Programa para Pequeñas Localidades", realizado entre los meses de septiembre y diciembre de 2024.
Proceso que utilizó las bases de datos públicas disponibles del Censo de Población 2017, del Ministerio de Educación y del Ministerio de Salud, para la definición de localidades objetos, como se señala en el artículo 2º, párrafo primero del DS Nº39 (V. y U. ), de 2015. Resuelvo: 1.
Apruébese el listado de pequeñas localidades que pueden ser objeto del Programa para Pequeñas Localidades, conforme a lo establecido en el artículo 2º del decreto supremo Nº39 (V. y U. ), de 2015, listado que se adjunta a la presente resolución y que se entenderá formar parte integrante de la misma. Anótese, comuníquese, publíquese en el Diario Oficial y archívese. - Carlos Montes Cisternas, Ministro de Vivienda y Urbanismo. Lo que transcribo para su conocimiento. - Gabriela Elgueta Poblete, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2604560 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl