Cuando el ladrido de un perro termina con el dueño y los vecinos en tribunales
Cuando el ladrido de un perro termina con el dueño y los vecinos en tribunales Tenencia Responsable de Mascotas: “Dejad que los perros ladren, Sancho, es señal de que avanzamos”, se lee en el clásico Don Quijote de la Mancha, de Miguel de Cervantes y Saavedra. Pero la realidad es bastante más perturbadora que esa frase tan esperanzadora. Escuchar al perro del vecino ladrando sin parar, especialmente de noche, termina con la paciencia de más de alguno.
A fines de diciembre, la Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección interpuesto por una mujer de 90 años que se quejaba por el ruido molesto que provocaba una mascota en su barrio de Hualpén. En su relato a un canal de TV, la afectada comentó que “le gusta ladrar y, como no lo limitan, lo hace todo el día.
Estoy enferma con tanto ladrido”. El tribunal, en su dictamen, estableció que el actuar de la mascota constituye lo que se denomina “violencia sorda”, que afecta el derecho a la salud y la vida digna de una persona mayor. Le ordenó a la demandada adoptar las medidas que eviten que su animal perturbe la tranquilidad, salud física y síquica de su vecina. La fiscalización quedó a cargo de la Municipalidad de Hualpén.
La resolución también señalaba que si bien la Ley N21.020 (sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, conocida como Ley Cholito) protege a estos últimos, a la par se requiere una tenencia responsable; vale decir, “exigiendo del tenedor actividades que eviten daños o molestias causados por los animales, entre ellos los canes”. El tribunal precisó que aunque los intereses de ambas partes son legítimos, “el derecho fundamental a la integridad y la vida digna de un ser humano, más aún cuando pertenece a un grupo de especial protección constitucional como son los adultos mayores, razonablemente debe prevalecer sobre el derecho de propiedad o la simple tenencia de un animal que está causando una afectación grave a la salud de la señora”. Ruidos molestos Hay comunidades donde los ladridos no paran de día ni de noche, algunas veces, por el poco espacio que tienen los perros.
Diego Hernández, gerente general de Edifito. com, software online utilizado por más de 6.000 comunidades para la administración de edificios y condominios, nos especificó que los ladridos califican como “ruido molesto” y que cuando son reiterados y afectan la convivencia, corresponde actuar. En la práctica, puntualiza, lo primero es canalizar la situación a través de la administración, para que verifique lo que está ocurriendo y deje constancia. Si el problema continúa, se puede escalar la denuncia a la municipalidad o a Carabineros, que pueden fiscalizar y derivar estos casos al JPL. Además de la regulación de ruidos molestos, hay un segundo plano igual de relevante que es la Ley No 21.020, advierte. El ladrido incesante puede ser una señal de que no está en condiciones adecuadas y se podría configurar una “tenencia irresponsable”. Diego Hernández dice que para reclamar en los condominios hay varias vías. Lo primero es quejarse ante la administración y si no hay respuesta, en la municipalidad. También en Carabineros si se denuncia en el momento. Y si se trata de condiciones sanitarias o de bienestar más complejas, puede intervenir la respectiva seremi. En casos más graves, incluso se puede derivar a fiscalía. Conforme a su experiencia, este tipo de quejas ha aumentado. “Hoy se ve con mayor frecuencia denuncias por ladridos constantes, especialmente en comunidades. Muchas veces estos casos parten como un problema de convivencia, pero terminan evidenciando algo más de fondo: perros que pasan muchas horas solos, con altos niveles de ansiedad o en condiciones inadecuadas”, sostiene. Explica que en muchos casos la solución parte por la gestión interna, con advertencias o mediación desde la administración. Pero cuando eso no basta, se activa la fiscalización municipal o policial, lo que puede derivar en multas.
Y cuando se comprueba que hay tenencia irresponsable por ejemplo, perros en balcones, espacios reducidos o sin condiciones básicas, la situación puede escalar: desde sanciones económicas hasta medidas más severas, como el retiro del animal en caso de reincidencia o maltrato.
Conducta natural Le preguntamos a Viviana Valenzuela, directora de la Comisión Nacional de Tenencia Responsable del Colegio Médico Veterinario de Chile, quien nos explicó que un amo puede controlar los ladridos, pero no en forARERREHLEAFAR ma absoluta, pues es una conducta natural. Sí es posible mediante la gestión de sus causas, dice, pues el control efectivo se basa en el enriquecimiento ambiental, manejo de la ansiedad por separación (en caso de diagnosticarse) y adecuación del entorno. “Muchos ladridos en edificios ocurren por aburrimiento o falta de estimulación. Utilizar juguetes cognitivos o de olfato ayudan a canalizar esa energía”, dice. Añade que si el animal ladra cuando está solo, requiere un protocolo de desensibilización guiado por un etólogo clínico. Otra indicación importante es reducir estímulos visuales (como la vista a pasillos transitados) para ayudar a disminuir el ladrido territorial o por alerta. Sin decibeles La profesional aclara que la Ley Cholito no define técnicamente los decibeles ni los horarios de ruidos molestos (lo cual se delega en las ordenanzas municipales), pero establece marcos de responsabilidad claros. Esto es que el responsable de la mascota debe responder por los daños que esta cause. Si bien se suele pensar en algo físico, se ha avanzado hacia perjuicios en la calidad de vida de los vecinos, afirma. A su vez, la Ley de Copropiedad Inmobiliaria (21.442 ), exige que el tenedor mantenga condiciones de higiene y seguridad, y que no altere la tranquilidad de los residentes.
Si se acredita que el ladrido es producto de negligencia o falta de bienestar (maltrato), asegura Viviana Valenzuela, las sanciones pueden incluir multas que van de 1 a 30 UTM (hasta casi $3 millones). En casos de fallos judiciales, como el de la Corte de Apelaciones mencionado, se suelen dictar órdenes para que el dueño implemente medidas de mitigación o, en casos extremos, se evalúe el retiro del animal si hay maltrato subyacente. Para fiscalizar esto, generalmente se recurre al Decreto 38 del Ministerio del Medio Ambiente, que regula la emisión de ruidos, y a la fiscalización de las unidades de inspección municipal correspondientes. El maltrato incluye la omisión de cuidados, señala, como ladridos por hambre, sed, falta de protección ante el clima o por confinamiento. A su vez, hay que chequear si presenta una condición corporal deficiente o falta de atención médica evidente. MUNICIPIOS Si bien es la citada Ley No 21.020 la que regula el tema de la tenencia responsable de mascotas, algunos municipios establecen reglamentos más precisos al respecto.
Por ejemplo, Peñalolén, que tiene una ordenanza que indica que “los tenedores de perros, gatos o cualquier animal doméstico, serán responsables de las molestias provocadas a los vecinos a causa de los ruidos por ladridos o aullidos excesivos y malos olores generados por la tenencia de estos animales”.. Hay barrios donde esta situación afecta tanto la convivencia que algunas personas han tenido que recurrir a la justicia, donde un fallo determinó que se trataba de un tipo de “violencia sorda”. MUNICIPIOS Si bien es la citada Ley No 21.020 la que regula el tema de la tenencia responsable de mascotas, algunos municipios establecen reglamentos más precisos al respecto.
Por ejemplo, Peñalolén, que tiene una ordenanza que indica que “los tenedores de perros, gatos o cualquier animal doméstico, serán responsables de las molestias provocadas a los vecinos a causa de los ruidos por ladridos o aullidos excesivos y malos olores generados por la tenencia de estos animales”. MALESTAR. — Cuando un perro ladra sin interrupciones suele estar en un estado de sufrimiento psicológico que constituye una falta al bienestar animal, asegura la especialista Viviana Valenzuela.