Tribunal admite a trámite la reclamación presentada por Engie
Tribunal admite a trámite la reclamación presentada por Engie 1 Primer Tribunal AmE biental (ITA) admitió a trámite la reclamación presentada por Engie Energía Chile en contra de la resolución de la Comisión de Evaluación Ambiental (Coeva) de Antofagasta, que rechazó las solicitudes de invalidación interpuestas por la empresa respecto del inicio del procedimiento de revisión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto "Central Termoeléctrica Mejillones Unidad 2". Engie fundamenta su acción, en que la resolución reclamada fue dictada por el secretario de la Comisión, lo que estaría fuera de su área de competencia. Asimismo, sostiene que la solicitud de revisión de la RCA fue acogida a trámite a pesar de que no cumpliría con los requisitos mínimos de admisibilidad. Además, cuestiona que la fundamentación utilizada para justificar el inicio del proceso de revisión, debido a que considera la variable cambio climático, pese a que la normativa respectiva no se encontraba vigente. La empresa multinacional solicitó al tribunal dejar sin efecto la resolución reclamada, así como todas las demás decisiones de la reclamada, incluida aquella que dio inicio al procedimiento de revisión de la RCA Nº 013/1997. MEDIDA CAUTELAR En la oportunidad, Engie requirió también la dictación de la medida cautelar consistente en la suspensión del procedimiento de revisión hasta que el tribunal resuelva de manera definitiva.
Lo anterior, fundado en que dicho proceso se encuentra en actual tramitación y su conclusión privaría de utilidad práctica a esta reclamación y expondría al titular a una eventual modificación de su permiso ambiental, así como a la imposición de exigencias y condiciones adicionales.
En resolución dictada por el 1TA, se decidió conceder la medida cautelar solicitada, por lo que se ordenó la suspensión del procedimiento de revisión de la RCA Nº 013/1997, procedimiento que partió en marzo de 2026.
La decisión se fundamentó en que las alegaciones de la reclamación resultan verosímiles en este estado de la causa y en que la continuación del procedimiento administrativo podría tornar infructuosa la decisión final, la que podría perder objeto.
Esta medida fue adoptaba con el voto en contra del ministro presidente, Alamiro Alfaro Zepeda, quien estuvo por no ordenar la medida cautelar en atención que la resolución dispone el inicio de un procedimiento de revisión de una resolución de calificación ambiental no es susceptible de producir los perjuicios que fueron planteados por parte de la reclamante. 03 1996 el proyecto Central Termoeléctrica Mejillones Unidad 2 fue ingresado a la, en ese entonces, CONAMA.. UNIDAD 2. Por la revisión del permiso ambiental de la Central Mejillones. 1996 el proyecto Central Termoeléctrica Mejillones Unidad 2 fue ingresado a la, en ese entonces, CONAMA. PROYECTO SE UBICA EN EL ÁREA INDUSTRIAL DEL PUERTO DE MEJILLONES.