AGROPLAN LIMITADA 96.595.210-1*
DIARIO OFICIAL V DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS Núm. 44.154 Jueves 22 de Mayo de 2025 Página 1 de 2 Empresas y Cooperativas CVE 2648800 EXTRACTO RAFAEL ORLANDO CORVALÁN GUERRA, Suplente de don PABLO MARTÍNEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales N 5841, comuna de La Reina, CERTIFICO: que mediante escritura pública de fecha 17 de abril de 2025, repertorio N16.182 -2025, ante mí, comparecieron: MARGARITA MARÍA CRESPO LARRAÍN, PATRICIO OSVALDO CRESPO LARRAÍN, JUAN LUIS CRESPO LARRAÍN, SERVICIOS MECANIZADOS SANTA MARGARITA LIMITADA, JAIME ANDRÉS CRESPO LARRAÍN y OSVALDO CRESPO LARRAÍN, domiciliados para estos efectos en Avenida Vitacura dos mil novecientos sesenta y nueve, oficina ochocientos uno, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acuerdan la transformación de la sociedad “AGROPLAN LIMITADA” en sociedad por acciones.
I. Transformación a Sociedad por Acciones: Los socios de la “Sociedad”, MARGARITA MARÍA CRESPO LARRAÍN, PATRICIO OSVALDO CRESPO LARRAÍN, JUAN LUIS CRESPO LARRAÍN, SERVICIOS MECANIZADOS SANTA MARGARITA LIMITADA, JAIME ANDRÉS CRESPO LARRAÍN y OSVALDO CRESPO LARRAÍN, acuerdan transformar la sociedad “AGROPLAN LIMITADA”, desde una sociedad de responsabilidad limitada, a una sociedad por acciones, cuyos estatutos quedan del siguiente tenor: Nombre o Razón Social: La sociedad se denomina “AGROPLAN SpA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) Desarrollar y explotar, por cuenta propia o de terceros, toda clase de actividades agrícolas, frutícolas y forestales, pudiendo llevar a cabo esta explotación ya sea en predios de su propiedad, arrendados o cualquiera sea la tenencia sobre los mismos; b) La comercialización, compra, venta, importación o exportación de los productos agrícolas, frutícolas, forestales y comerciales relacionadas al agro en general; c) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales tales como acciones, bonos, debentures y otros instrumentos mercantiles, bienes raíces agrícolas y urbanos, estando facultado para subdividirlos, lotearlos, urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos, otorgarlos en arrendamiento, leasing o explotarlos de cualquier forma, pudiendo celebrar todo tipo de contratos y actos jurídicos.
Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualesquier negocio que acuerden los socios.
Para el cumplimiento de su objeto social, la Sociedad podrá concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos; y, d) La inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales tales como acciones, bonos, cuotas de fondos de inversión públicos o privados, debentures y otros instrumentos mercantiles y mobiliarios; y, la prestación de servicios profesionales y técnicos en materias financieras, económicas y contables.
Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Domicilio: Su domicilio será la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero, y de los domicilios especiales que pueda fijar para actos y contratos determinados. Duración: La duración de la sociedad será indefinida.
Capital: El capital de la sociedad es la suma de seis millones quinientos un mil seiscientos tres pesos, dividido en seis mil acciones iguales, de una misma serie, y sin valor nominal, íntegramente suscritas y totalmente pagadas de acuerdo al artículo primero transitorio de los estatutos sociales, de la forma que sigue: a) MARGARITA MARÍA CRESPO LARRAÍN, con mil acciones por un valor de un millón ochenta y tres mil seiscientos un pesos aproximados; b) PATRICIO OSVALDO CRESPO LARRAÍN, con mil acciones por un valor de un millón ochenta y tres mil seiscientos un pesos Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2648800 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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