MONTENEGRO 1 A 16 / Valencia Ibacache Milton
DIARIO OFICIAL VII DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior PEDIMENTOS, MANIFESTACIONES, SOLICITUDES DE MENSURA, EXTRACTOS DE SENTENCIA Núm. 44.192 Lunes 7 de Julio de 2025 Página 1 de 2 BOLETÍN OFICIAL DE MINERÍA CVE 2666961 127 N 54 MANIFESTACIÓN MONTENEGRO 1 A 16 VALENCIA IBACACHE, MILTON REP:144 En Santiago de Chile, a veinticinco de Junio del año dos mil veinticinco, se me presentó para su inscripción la siguiente manifestación minera: "Pgina 2. Materia: Manifestación minera, /Código M01/. Solicitante MILTON VALENCIA 1BACACHE. Rut: 9.964.227 -0. EN LO PRINCIPAL: Manifestación minera. Señor Juez Letrado Colina.
MILTON VALENCIA IBACACHE, RUT 9.964.227 -0, chileno, casado, separado de bienes, factor de comercio, domiciliado en Esfuerzo Campesino Lote A-1 Lampa, a US., respetuosamente, dice: Que en terrenos abiertos e incultos, en virtud de exploraciones realizadas, he encontrado un yacimiento de sustancias concesibles que deseo explotar, cuyo punto de interés se ubica en la Comuna de Tiltil, Provincia de Chacabuco, Región Metropolitana. Las coordenadas UTM del punto de interés, ya señalado, referidas al Datum 1956, La Canoa, Zona 19, son las siguientes: Norte. 6.351.000,00 metros, Este: 326.900 ,00 metros. El área que se pide queda comprendida en un rectángulo, que tiene 2000 metros en el sentido Norte-Sur UTM, por 800 metros en el sentido Este-Oeste UTM, con una superficie total de 160 hectáreas.
Deseando constituir concesión de explotación sobre este hallazgo, solicito a US., se sirva concederme 16 pertenencias de 10 hectáreas cada una con una superficie total de 160 hectáreas, que se denominan “MONTENEGRO 1 A 16”. POR TANTO, conforme lo previsto en los artículos 34,44, 45,48 siguientes; del Código de Minería, Ruego a U.S. tener por presentada esta manifestación, ordenar su inscripción y publicación, dejando constancia del día y hora de presentación y declarar en definitiva constituida en mi favor la concesión minera de explotación denominada "MONTENEGRO 1 a 16". 9.964.227-0 Hay firma ilegible. Foja: 2. - dos. Nomenclatura: 1. /193/ Apercibimiento poder y/o título. Juzgado: Juzgado de Letras de Colina. Causa Rol: V-133-2025. Caratulado: Valencia/ Colina, veintidós de Mayo de dos mil veinticinco. Constitúyase el mandato judicial dentro del plazo y bajo el apercibimiento contenido en el artículo segundo inciso cuarto de la ley 18.120. En Colina, veintidós de Mayo de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Felipe Daniel García Riffo, Juez PJUD. Veintidós de mayo de dos mil veinticinco 09:55 UTC-4. Foja: 6. - seis. Nomenclatura: 1. /4690/ Ordena inscribir y publicar. Juzgado: Juzgado de Letras de Colina. Causa Rol: V-133-2025. Caratulado: Valencia/ Colina, doce de Junio de dos mil veinticinco/mbg/. Al escrito de folio 3, de fecha 23.05.2025: Estese a lo que se resolverá. A la presentación de folio 1, de fecha 20.05.2025. Por iniciada gestión, inscríbase en el Conservador de Minas competente y publíquese en el Boletín Oficial de Minería. En cuanto a las copias, obténganse del sistema de tramitación digital. Sirva la presente resolución como suficiente y atento oficio remisor. Autorizase su tramitación por mano del solicitante. Certifíquese al tenor de lo dispuesto en el artículo 47 del Código de Minería.
Se hace presente a la parte que, en virtud del Acuerdo Interinstitucional de Transmisión de Información entre el SERNAGEOMIN y los Juzgados Civiles de Santiago y el Juzgado de Letras de Colina, vigente a partir del 1 de marzo de 2025 y Auto acordado N71-2016 de fecha 17 de junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema, en relación con la Ley N20.886, artículos 6 y 12 N1, se establece un sistema de tramitación digital íntegro para las causas sobre pedimento y manifestación minera. De forma tal, en lo sucesivo, se elimina la entrega material de cualquier documento asociado a esta gestión voluntaria. Resolvió el Juez del Juzgado de Letras de Colina, cuya individualización consta en firma electrónica avanzada al pie de página de la presente resolución. En Colina, a doce de junio de dos mil veinticinco, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Felipe Daniel García Riffo, Juez PJUD. Doce de junio de dos mil veinticinco. 101:46 UTC-4. Foja: 7. - siete. Nomenclatura: 1. /4729/ Certificado ingreso solicitud. Juzgado: Juzgado de Letras de Colina. Causa Rol: V-133-2025. Caratulado: Valencia/ Certifico: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2666961 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.192 Lunes 7 de Julio de 2025 Página 2 de 2 Que el pedimento minero que antecede, denominado "Montenegro 1 a 16", se presentó el día 20 de mayo de 2025, a las 13:28 horas, por Milton Antonio Valencia Ibacache. Colina, doce de junio de dos mil veinticinco. Patricia Carla Ahumada Díaz, Secretario. PJUD. Doce de junio de dos mil veinticinco. 13:09 UTC-4. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http: // verificadoc. pjud. cl. Código: KQREXWXXCEY. " Conforme con la copia digitalizada que dejo archivada al final del presente Registro, bajo el N53. Requirente, don Milton Valencia I. Se da copia. Autorizo como Conservador de Minas Reemplazante. - GONZALO MENDOZA GUINEZ NOTARIO SUPLENTE 16 NOTARIA DE SANTIAGO.
MANIFESTACION MONTENEGRO 1 A 16 16 NOTARIA DE SANTIAGOEl Conservador de Minas Reemplazante de Santiago, certifica que la copia de la inscripción de fojas 127 número 54 correspondiente al Registro de Descubrimiento del año 2025, adjunta al presente documento, está conforme con su original al día 25 de Junio de 2025. - Firmado digitalmente por: Gonzalo Sergio Mendoza Guinez Fecha: 27.06.2025 13:29 Razón: Notario Suplente Ubicación: Las Condes. Certificado Nro 123456903600 Verifique validez en http://www.fojas.cl. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2666961 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl