Proyecto de parcelas deberá ingresar a evaluación de impacto ambiental
Redacción cronica(Adiariollanquihue. cl a Superintendencia del L Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento derequerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) respec-toal proyecto “Loteo Praderas del Pedernal”, y cuyo titulares la empresa Agrícola Ceres Limitada.
Lo anterior, informó la SMA, debidoa que el proyecto no cuenta con una ResoluciónCalificación Ambientaldecuando se trataría iniciativa de desarrollo urbano, comprendiendo 399 nal y que contempla obras de(RCA), aun de una parcelas con destino habitacioedificación y urbanización enuna zona rural de Frutillar.
Además, este proyecto contempla, entre otras características, el desarrollo de un sistema eléctrico subterráneo y empalmes eléctricos, agua potableconredesenzanja paralela al camino y al costado opuesto dela línea del sistema eléctrico, sistema de riego, habilita-ción de caminos internos, áreas comunes y de esparcimiento. Dichas características furon constatadas en una actidad defiscalización iniciada de oficio por parte de la Oficina Regional de la SMA, en el contexto de una estrategia de fiscalización por parte del equipo regional. INGRESO AL SEIA Con esos antecedentes y un análisis jurídico de la Fiscalía institucional, se inició el procedimiento de requerimiento de ingreso al SEA, una vez quese constató que existían indicios ese prosuficientes parainiciar cedimiento.
Como definió ese ente regulador, se identificó que podía resultar aplicable el literal 8) del artículo 10 de la LeyN*19.300, desarrollado en elsubliteral g. 1.1 del artículo 3* del RSEIA, y que exige la evaluación ambiental previa de aquellos proyectos de desarrollo urbano “que contemplen conjuntos habitacionales con unacantidadigual osuperioraochenta (80) viviendas o, tra-tándose de vivienda social, vivienda progresiva o infraestructura sanitaria, a ciento se-senta (160) viviendas”, comoasítambién del subliteral 1.2)del artículo 3 del RSEIA, que exigela evaluación ambiental aaquellos “proyectos de equipamiento que correspondan a predios y/o edificios destinados en forma permanente... deporte, esparcimiento (... ) y que contemple una superficie igual o mayor a veinte mil metroscuadrados (20.000 m2)”. POSIBLE ELUSIÓN Al respecto, Ivonne Mansilla, jefa de la Oficina Regional de esaSuperintendencia especilicóqueentrelos hechosconstatados “se pudo identificar que, en este proyecto de desarrollo urbano, considerará un númerosignificativo de parcelas con destino habitacional, donde ha se desarrollarán habido o obras de edificación, intervención deterrenos, construcciónde caminos, traslo cual, se podría configurar una posible elusión al SEIA.
Hipótesis queserá analizada en el marco del procedimientoiniciado por estaSuperintendencia”. Mientras que la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explicó que conel inicio de este procedimiento de requerimiento de ingreso al SETA, “esta Superintendencia busca adoptar una postura correctiva respecto a este proyecto que, en caso deLA SUPERINTENDENCIA DEL MEDIO AMBIENTE. confirmarse la elusión, deberá ingresar obligatoriamente a una evaluación ambiental”. Unavez que seanotificada, la empresa tiene un plazo de15 días hábiles para hacer valer sus observaciones, alegaciones, o pruebas que estime pertinente frente ala hipótesis deelusión. Luego de ello, y previo pro-nunciamiento del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA)respecto a este proyecto, la “3 SMA deberá resolver. subliteral g. 1.1. FrurmLaR. SMA detectó que desarrollo inmobiliario no cuenta con permiso ambiental einició procedimiento por una posible elusión. EL PROYECTO EN FRUTILLAR CONSIDERA 399 PARCELAS CON DESTINO HABITACIONAL, ESPECIFICÓ