Autor: CATALINA MUÑOZ-KAPPES
Gobierno objeta el nuevo fallo del Tribunal Ambiental sobre Dominga y busca extender el proceso judicial
Desde el Ministerio del Medio Ambiente señalaron que el SEA no tiene la atribución para modificar una resolución en los términos en que lo ordena el juzgado ambiental.
El Gobierno anunció que apelará la sentencia del Primer Tribunal Ambiental (1TA) que dejó sin efecto los aspectos centrales del rechazo del Comité de Ministros al proyecto minero-portuario Dominga, decisión que la instancia adoptó en enero de este año. “Respecto a la resolución del Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, como ministerio estamos analizando el contenido.
Pero desde ya hay elementos que llaman la atención como, por ejemplo, que obliga a pronunciarse a la Secretaría Técnica, que es el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), para alterar una decisión del Comité de Ministros, cuando esa secretaría no tiene las competencias para aquello”, dijo ayer el ministro (s) del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño.
Agregó que el SEA “presentará en los próximos días un recurso de apelación contra esta resolución, argumentando que el Comité de Ministros revisó su composición, sesionó y tomó una decisión apegada a la ley y a la sentencia del propio tribunal ambiental. Usar las herramientas de defensa que nuestro sistema jurídico contempla es un derecho. Y vamos a ejercer ese derecho”. La acción prolongaría el camino judicial de un proyecto que partió en 2013 y ha zigzagueado entre apoyos y rechazos a través de distintos gobiernos.
La duda sobre el SEA El tribunal ambiental dejó sin efecto la resolución del Comité de Ministros que calificaba como “ambientalmente desfavorable” a Dominga, y que ordenaba que “los órganos del Estado quedaran obligados a denegar las autorizaciones o los permisos El Primer Tribunal Ambiental dejó sin efecto los aspectos centrales de la decisión adoptada por el Comité de Ministros en enero (en la imagen), instancia que debió ser conformada por subrogantes tras la inhabilitación de los miembros titulares. 66 El SEA presentará en los próximos días un recurso de apelación contra esta resolución, argumentando que el Comité de Ministros revisó su composición, sesionó y tomó una decisión apegada a la ley y a la sentencia del propio tribunal ambiental”, MAXIMILIANO PROAÑO, MINISTRO (S) DEL MEDIO AMBIENTE 6 (Esperamos) que en esta ocasión, se cumpla con lo instruido por la justicia ambiental”. ANDES IRON, TITULAR DEL PROYECTO DOMINGA Pareciera ser una intervención súper dirigida, dejando sin ámbito de libertad al Comité de Ministros”. MARCELO MENA, EXMINISTRO DEL MEDIO AMBIENTE Expertos debaten si dictamen del tribunal podría implicar una cuarta votación del Comité de Ministros: ambientales sectoriales”. En cambio, el tribunal sentenció que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), como secretaría técnica del Comité de Ministros, deberá dictar un acto complementario que se pronuncie sobre las resoluciones anuladas. Los abogados discuten si el SEA tiene la atribución para modificar una resolución del Comité de Ministros. Emanuel Ibarra, socio del estudio Moreno, Sáez y Avilés y exfiscal de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), plantea que “la ley no le entrega esas atribuciones a la Dirección Ejecutiva del SEA.
Lo lógico sería que el Comité de Ministros emita un nuevo pronunciamiento sobre el proyecto para complementar el acto que solicita el Tribunal Ambiental”. En cambio, Ricardo Irarrázabal, profesor de derecho ambiental de la PUC y exsubsecretario del Medio Ambiente en el primer gobierno de Sebastián Piñera, dice que “el SEA, como órgano de la administración, está sujeto al control de los Tribunales Ambientales.
El Tribunal ordena modificar, por lo que ya no hay espacio de discusión por parte del Comité de Ministros”. ¿ Cuarta votación? El rol del SEA no es la única duda que queda tras el fallo del ITA. Tampoco está claro si para la dictación del acto complementario por parte del SEA se necesitará una nueva votación del Comité de Ministros. Ibarra señala que “el punto es si el Ejecutivo estimará que, para dictar ese acto complementario, un requisito de legalidad es que el Comité de Ministros se vuelva a pronunciar.
Por ley, ese es el órgano que debe actuar”. Irarrázabal indica que no es necesario que el Comité de Ministros vote nuevamente, debido a que no hay necesidad de resolver reclamaciones, que es el objetivo de esta instancia. “Podría darse un incentivo a que el Comité quisiera volver a reunirse, aduciendo que esta temática requiere ser zanjada por el comité, y así agregar algún un elemento adicional que le permita mantener el rechazo. Eso, evidentemente, sería un descalabro institucional”, afirma. Marcelo Mena, exministro del Medio Ambiente en el segundo mandato de Michelle Bachelet, critica la sentencia del 1T'A. “En la práctica, lo que hace el tribunal ambiental es mirar cada aspecto de los considerandos y la resolución del Comité de Ministros y pide que se revierta. En el fondo tiene que ver con lo que dice Conaf, con el Plan de Contingencia.
Son cosas que han sido justificación del rechazo desde el comienzo del proyecto y, por tanto, pareciera ser una intervención súper dirigida, dejando sin ámbito de libertad al Comité de Ministros, sino que más bien obligándolo casi a una aprobación del proyecto”, dice. La RCA Por otro lado, no hay consenso sobre si la sentencia del tribunal ambiental resucita la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) de Dominga.
Andes Iron, dueña de Dominga, afirmó ayer que, “en el intertanto, dado que la sentencia del Primer Tribunal Ambiental restablece la RCA del proyecto, la empresa procederá a retomar la tramitación de los permisos sectoriales necesarios para poder iniciar su construcción”. Pero Marcos Emilfork, coordinador jurídico de ONG FIMA y representante de la Asociación Gremial de Pescadores y Mariscadores de Los Choros, que rechazan Dominga, señala que “la RCA de Dominga actualmente es de calificación desfavorable.
Para cambiar eso, tendría que ser reclamada como señala la ley ante el Tribunal Ambiental”. Además, Andes Iron manifestó “su esperanza en que, en esta ocasión, se cumpla con lo instruido por la justicia ambiental y, finalmente, se reconozca que la discusión técnica sobre nuestro proyecto está concluida”.