Autor: Bárbara Yáñez Directora ejecutiva del estudio de abogados Ruiz Salazar.
COLUMNAS DE OPINIÓN: Los principales obstáculos que enfrentará el proyecto de Ley de Aborto
COLUMNAS DE OPINIÓN: Los principales obstáculos que enfrentará el proyecto de Ley de Aborto El proyecto de Ley de aborto ingresado por el Gobierno en el Congreso abre el debate sobre cómo esta ley se va a desenvolver desenvolver junto con la que ya existe de tres causales.
Cabe señalar que el año pasado, las dificultades en la implementación de las tres causales impidieron que el Gobierno pudiera modificar el actual reglamento, y así presentar presentar el proyecto en esa oportunidad oportunidad cómo se había prometido.
Uno de los efectos legales que tendrá este proyecto será la inclusión como causal adicional adicional de despenalización del aborto hasta la semana 14 de gestación, que incluye además el garantizar un acceso oportuno oportuno a la prestación de salud y también de información a quien tome aquella decisión.
Aquellas mujeres que se encuentren con menos de 14 semanas de gestación podrán voluntariamente acceder a un procedimiento abortivo de forma segura en un centro de salud, contando además con toda la información disponible disponible para reafirmar la decisión tomada. Por otro lado, este proyecto también podría traer consigo algunos obstáculos para su aplicación si se convierte en ley.
Uno de ellos es la objeción de conciencia, ya que la iniciativa iniciativa mantiene las normas de protección hacia ésta, por lo que, en sistemas de salud privados, la aplicación de este proceso podría ser rechazado.
Si bien el proyecto por un lado intenta garantizar un acceso rápido, informado y seguro a un aborto a través de los sistemas de salud, los sistemas de salud privados principalmente podrían negarse negarse a realizar ese tipo de procedimientos alegando objeción objeción de conciencia, lo que finalmente dejaría sin acceso a la prestación a muchas mujeres mujeres quienes continuarán optando por procedimientos informales e inseguros.
En este punto, será fundamental fundamental el rol de los organismos organismos estatales no solo en lo relativo a generar las condiciones condiciones necesarias para la aplicación práctica de esta ley, es decir, que los servicios de salud realmente cuenten con la prestación de aborto, que existan los mecanismos de información información y acompañamiento acompañamiento a las mujeres, etcétera, sino que también exista una cobertura cobertura suficiente que no limite de aquel derecho a ninguna mujer por no existir una institución institución en su localidad que realice la prestación a causa de objeción de conciencia. Otro de los cuestionamientos que se han esbozado hacia esta iniciativa es la falta de constitucionalidad. constitucionalidad.
Si bien la Constitución Constitución establece la protección de la vida del que está por nacer, también garantiza otros derechos derechos a las personas como la integridad física y psíquica, al acceso libre e igualitario a la salud, y la libertad personal.
Son otros derechos que se ven justamente afectados ante la falta de regulación o despenalización despenalización de un aborto, precisamente precisamente negando la posibiOpinión seguro a aquellas mujeres que requieran uno, obligando a quienes tienen la intención de hacerlo a buscar mecanismos informales. Previo a la ley que permite permite el aborto en tres causales, Chile era uno de los pocos países donde las normas referidas referidas al aborto eran muy restrictivas en comparación con otros países. Esto evidentemente evidentemente nos deja muy lejos en la protección de otros tipos de derechos como son la autonomía autonomía reproductiva y la autodeterminación de las mujeres. mujeres.
Por tanto, este proyecto presentado por el gobierno se parece un poco más a las realidades realidades existentes en países como España o Alemania en el cual se permite el aborto durante las primeras semanas del embarazo (no más de 14) y que la madre haya tenido un acompañamiento profesional y de información respecto de la decisión a tomar.
Por otro lado, la no existencia existencia de una causal de despenalización despenalización de aborto adicional a las 3 existentes (que son en caso de violación, inviabilidad fetal y peligro para la madre) constituye, según lo ha expresado expresado incluso la Corte interamericana interamericana de los Derechos Humanos, Humanos, una forma de violencia institucional y de género hacia las mujeres. Lo que se busca, adicionalmente, es que se evite que las mujeres busquen mecanismos mecanismos informales que pueden afectar su salud y poner en riesgo su vida. Bárbara Yáñez Directora ejecutiva del estudio de abogados Ruiz Salazar. Los principales obstáculos que enfrentará el proyecto de Ley de Aborto lidad de acceder a un aborto.