Resolución exenta número 760, de 2025.- Prohíbe circulación de todo tipo de vehículos pesados en Puente Lo Saldes, comuna de Vitacura
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.093 Viernes 7 de Marzo de 2025 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2618110 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES Secretaría Regional Ministerial Región Metropolitana PROHÍBE CIRCULACIÓN DE TODO TIPO DE VEHÍCULOS PESADOS EN PUENTE LO SALDES, COMUNA DE VITACURA (Resolución) Núm. 760 exenta. - Santiago, 14 de febrero de 2025.
Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.059 ; en las resoluciones Nº 39 de 1992 y Nº 59 de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1 de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en el decreto supremo Nº 83/85 y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; en la resolución exenta Nº 347 de 1987, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y sus modificaciones posteriores; Oficio Nº 69 de 14 de febrero de 2025 de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas Región Metropolitana de Santiago; Resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando: 1. - Que mediante Oficio Ordinario Nº 69,14 de febrero de 2025, de la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, Región Metropolitana, se solicita implementar restricción de circulación de todo tipo de vehículos pesados por el puente Lo Saldes, ubicado en la comuna de Vitacura, mientras duren los trabajos de reparación.
Funda su solicitud, en que con fecha 13 de febrero de 2025, profesionales del Departamento de Puentes de la Dirección de Vialidad del referido Ministerio efectuaron una visita técnica de emergencia, constatando un descenso de un tramo de viga metálica en su último vano, correspondiendo a la primera viga aguas arriba, lo que provocó el desprendimiento de la sección de hormigón armado y conectores de corte de la losa del puente, apreciándose descenso en la cara superior de esta, dicha falla estructural se debería a sobrepesos sistemáticos que sobrepasan el límite de peso para la estructura, siendo necesario adoptar la medida antes señalada. 2.- Que, los fundamentos esgrimidos por la Secretaría Regional Ministerial de Obras Públicas, de la Región Metropolitana, a juicio de esta Secretaría Regional, constituyen un riesgo para la seguridad en materia de seguridad de tránsito, lo que amerita que se adopten medidas con carácter de urgencia, que eviten el paso de vehículos pesados en el puente Lo Saldes, que aumenten el riesgo de colapso del mismo. 3.- Que, sin perjuicio de lo anterior, la presente medida estará en continua evaluación, la que se realizará en coordinación con la Dirección de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas, a fin de evaluar sus efectos y su continuidad. 4.- Que, en consideración a las razones expuestas por la Secretaría Regional Ministerial de Obras públicas, en el oficio citado en el considerando 1 y los antecedentes que se adjuntan, esta autoridad regional estima conveniente y pertinente disponer, la prohibición de circulación de todo tipo de vehículos pesados por el puente, en la forma que se dispondrá en el resolutivo del presente acto. 5.- Que, el DFL Nº 1 de 2007, citado en vistos, señala en sus artículos Nº 107 y Nº 113 inciso primero, respectivamente, que: Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2618110 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
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Esta facultad será ejercitada de oficio o a petición de las Municipalidades o de la Dirección de Vialidad, según corresponda. " 6. - Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113 del DFL Nº 1 de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo.
Resuelvo: 1. - Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos pesados por el puente Lo Saldes, comuna de Vitacura, hasta la finalización de los trabajos de reparación, que permitan asegurar dicha infraestructura. 2.- Se excluirán de la aplicación de la referida prohibición, los siguientes vehículos: a) Vehículos de emergencia. b) Vehículos cuyo origen o destino comprenda faenas y/o establecimientos autorizados, situados dentro de los tramos de la prohibición respectiva. c) Vehículos destinados o autorizados exclusivamente por el municipio para realizar labores de aseo de bienes nacionales de uso público y/o extracción y transporte de residuos sólidos domiciliarios. d) Camiones tipo aljibe. 3.- La Dirección Regional de Vialidad del Ministerio de Obras Públicas y la I.
Municipalidad de Vitacura, dispondrán de las señalizaciones informativas y de tránsito en aquellas vías ya señaladas y que se encuentren bajo su responsabilidad. 4.- La presente medida será monitoreada en forma periódica para evaluar, en conjunto con la antes referida Dirección Regional y el municipio respectivo, su continuidad y/o mejora. 5.- Carabineros de Chile, inspectores municipales e inspectores del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones son los encargados de fiscalizar el estricto cumplimiento de la medida precedentemente descrita, de conformidad a lo dispuesto en el DFL Nº1 de 2007, citado en Vistos. Anótese y publíquese en el Diario Oficial. - Rodrigo Ignacio de la Paz Valladares Marchant, Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región Metropolitana. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2618110 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl