Resolución exenta número 2.704, de 2024.- Delega facultades en Jefa de Departamento de Abastecimiento del Hospital Clínico Herminda Martín de Chillán, en materias exentas del trámite de toma de razón
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior y Seguridad Pública LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.002 Martes 19 de Noviembre de 2024 Página 1 de 2 Normas Generales CVE 2570844 MINISTERIO DE SALUD Subsecretaría de Redes Asistenciales / Servicio de Salud Ñuble Región de Ñuble Hospital Clínico Herminda Martín DELEGACIÓN DE FACULTADES EN JEFA DE DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO DEL HOSPITAL CLÍNICO HERMINDA MARTÍN DE CHILLÁN, EN MATERIAS EXENTAS DEL TRÁMITE DE TOMA DE RAZÓN (Resolución) Núm. 2.704 exenta. - Chillán, 29 de octubre de 2024.
Vistos: Lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley Nº 18.575 "Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado"; la ley Nº 19.880 /2003 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado en particular, lo dispuesto en la letra b) del artículo 48; el DFL Nº 1/2005 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763 entre otros; el DS Nº 140/2004, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud; el artículo 23 letra s) del DS Nº 38/2005, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y Establecimientos de Autogestión en Red, del Ministerio de Salud; la resolución exenta Nº 1.169 del 31 de diciembre de2007, que otorga la calidad de Establecimiento de Autogestión en Red; la resolución Nº 7 de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; resolución exenta Nº 9.861/2020 del Director del Hospital sobre Delegaciones de Facultades en Subdirector de Recursos Físicos y Financieros y Jefatura del CR de Finanzas, publicada el 9 de julio de 2021, en materias exentas del trámite de toma de razón.
Considerando: La necesidad de optimizar el proceso administrativo tratándose de licitaciones públicas cuyo monto es inferior a 100 UTM, denominadas L1, en el marco de Licitaciones que se efectúan a través del Sistema de Información, dicto la siguiente Resolución: I. - Delégase en el/la Jefe de Departamento de Abastecimiento del Hospital Clínico Herminda Martín, en materias exentas del trámite de toma de razón la facultad que a continuación se indica, circunscrita en el marco de gestión del establecimiento: 1. - A partir de operaciones que involucren montos parciales y/o totales inferiores a 100 UTM comprar, vender y permutar toda clase de servicios asistenciales, servicios no asistenciales y bienes muebles; ceder y adquirir derechos sobre los mismos, incluyendo los valores mobiliarios, fijando precios, formas de pago y de entrega y toda clase de condiciones y modalidades: percibir o pagar precio, recibir o entregar la cosa adquirida y ejecutar todos los derechos que al comprador y al vendedor otorgan las leyes; convenir pactos accesorios, como el de retroventa y otros similares. Se excluye de esta facultad la suscripción de todo trato o contratación directa, cualquiera sea su monto o causal invocada. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2570844 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.002 Martes 19 de Noviembre de 2024 Página 2 de 2 II. - Reemplázase el Nº 2 de la letra A de la resolución exenta Nº 9.861 de fecha 29 de septiembre de 2020 que Actualiza Delegación de Facultades en el Subdirector de Recursos Físicos y Financieros y Jefatura del CR de Finanzas del Hospital Clínico Herminda Martín de Chillán, por el siguiente: 2. - A partir de operaciones que involucren montos parciales y/o totales iguales o mayores a 100 UTM e inferiores a 300 UTM comprar, vender y permutar toda clase de servicios asistenciales, servicios no asistenciales y bienes muebles; ceder y adquirir derechos sobre los mismos, incluyendo los valores mobiliarios, fijando precios, formas de pago y de entrega y toda clase de condiciones y modalidades: percibir o pagar precio, recibir o entregar la cosa adquirida y ejecutar todos los derechos que al comprador y al vendedor otorgan las leyes; convenir pactos accesorios, como el de retroventa y otros similares.
Se incluye en esta facultad el calificar, mediante resolución fundada, casos de emergencia, urgencia o imprevisto que autoricen el trato o contratación directa, de conformidad a la ley Nº 19.886 y su Reglamento, en montos parciales y/o totales inferiores a 300 UTM.
Asimismo, se incluye en esta facultad la suscripción de todo trato o contratación directa, cualquiera sea su monto o causal invocada (incluso montos parciales y/o totales inferiores a 100 UTM). III. - Déjase establecido que todas resoluciones que se dicten en virtud de las atribuciones que se les confieren por el presente documento, deberán anteponer a la firma la frase "Por facultad delegada del Director del Hospital" y singularizarse la presente resolución en los Vistos o parte considerativa, con su número y fecha. Anótese y publíquese. - Luz María Morán Ibáñez, Directora Hospital Clínico Herminda Martín de Chillán. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2570844 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl