Extracto de Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Parque Solar Portezuelo
DIARIO OFICIAL I DE LA REPUBLICA DE CHILE SECCIÓN Ministerio del Interior LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL Núm. 44.193 Martes 8 de Julio de 2025 Página 1 de 4 Normas Generales CVE 2668276 MINISTERIO DEL MEDIO AMBIENTE Servicio de Evaluación Ambiental / Región del Libertador General Bernardo OHiggins Carta Nº 20250600311 Rancagua, 27 de junio de 2025 Emiliano Agustín Espinoza Labbé Portezuelo SpA Quilicura Presente. De nuestra consideración: Envío a usted extracto del proyecto "Parque Solar Portezuelo", visado por el Servicio de Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins.
Al respecto le solicito a usted, según lo establecido en el artículo 28 de la ley 19.300 y en el artículo 88 del DS 40/12 del Ministerio del Medio Ambiente, Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, disponer la publicación del siguiente extracto: EXTRACTO ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO "PARQUE SOLAR PORTEZUELO" Se informa a la comunidad, que con fecha 17 de junio de 2025, Portezuelo SpA, RUT Nº 76.194.623-4 (en adelante, "Titular"), representado legalmente por don Emiliano Espinoza Labbé, ambos domiciliados en calle Las Araucarias Nº 9130, comuna de Quilicura, Región Metropolitana de Santiago, se informa a la comunidad que ha ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, ante la Comisión de Evaluación de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins (en adelante, "Región de O'Higgins"), el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Solar Portezuelo" (en adelante, "Proyecto"), correspondiente a la construcción y operación de una nueva Central Solar Fotovoltaica (en adelante "CSF"), enmarcado dentro de las Energías (en adelante "ER"), ydestinado a la generación de energía eléctrica a partir de la tecnología solar por medio del uso de paneles fotovoltaicos, cuya potencia instalada sería de 147 megawatts de potencia (en adelante "MWp") y una potencia nominal de 121 megawatts en adelante "MW"). El Parque Solar Portezuelo estaría compuesto por doscientos tres mil ochocientos doce (203.812 ) módulos fotovoltaicos de 670 watts de potencia en adelante "Wp"), con 28 inversores, siendo 25 inversores de una capacidad de 4,38 MW, y3 inversores de 3,82 MW.
La evacuación de la energía generada sería por medio de una Línea Eléctrica de Alta Tensión (en adelante "LAT") de 220 kilovoltios (en adelante "kV"), de una longitud aproximadamente de 4,7 kilómetros, constituida por 21 torres, para luego conectarse con la Nueva Subestación Eléctrica Portezuelo, de propiedad de CGE Distribución S.A. Por su parte, 19 hectáreas corresponden a la servidumbre de la línea eléctrica de alta tensión.
Además de los paneles solares y sus elementos de conexión, el Proyecto requeriría de edificaciones permanentes necesarias para el funcionamiento de la Planta, tales comouna Subestación Eléctrica, un cerco perimetral, caminos internos del Parque Solar, una línea aérea interna de 33 kV compuesta por 22 postes de hormigón, y dos salas de control asociadas a instalaciones para el servicio al personal, así como instalaciones para el manejo deresiduos e insumos.
Además de los paneles solares, el Proyecto requeriría de edificaciones permanentes necesarias para el funcionamiento de la Planta, entiéndase por estas: Estacionamientos, Patio de salvataje de residuos industriales no peligrosos, Bodega de Residuos peligrosos (Respel), Bodega Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2668276 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.193 Martes 8 de Julio de 2025 Página 2 de 4 de sustancias peligrosas (en adelante "Suspel"), Área de residuos domiciliarios, Sala de control, Bodega de repuestos, Baterías de almacenamiento de energía (en adelante "BESS"), Área de reserva de baterías, Centros de transformación, Depósito de agua potable para instalaciones sanitarias, Sistema de Fosa Séptica, LAT área 33 kV exterior (faja seguridad 11 metros), LAT área 220 kV (faja de seguridad 40 metros), Subestación, Caminos de acceso y Caminos internos. Cabe destacar que la operación y vigilancia de la Planta sería realizada de manera remota y en tiempo real.
Adicional a lo anterior, el Proyecto requeriría de obras temporales para prestar apoyo a la Fase de Construcción, entiéndase por estas una Instalación de Faenas (en adelante "IF"), la cual estaría conformada por las siguientes obras: Oficina Administración EPC, Servicios Higiénicos, Camarines, Comedor, Caseta de guardia de seguridad, Bodega, Zona descarga de material, Estacionamiento de instalaciones, Grupo electrógeno, Zona depósito de agua potable para instalaciones sanitarias, Sistema de fosa séptica, Zona de abastecimiento de combustible y patio de maniobras, Zona de acopio de material, Zona de trabajo, Áreapara residuos domiciliarios 1 (contenedor de basura), Patio de salvataje de residuos industriales no peligrosos, Bodega de residuos peligrosos (en adelante "Respel") y Bodega de Suspel.
En este contexto, el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto "Parque Solar Portezuelo", se somete obligatoriamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (en adelante "SEIA"), dado que le resultan aplicables las tipologías de ingreso establecidas en los literales b) y c) del artículo 10 de la ley Nº 19.300 y sus modificaciones posteriores, en particular, pormenorizadas en el artículo 3º del DSNº 30/2024, que modifica al DSNº 40 de 2012, ambos del Ministerio del Medio Ambiente, correspondiente al Reglamento del SEIA, según se detalla a continuación: c) Centrales generadoras de energía mayores a 3 MW. Lo anterior, debido a que el Proyecto corresponde a una Central Solar Fotovoltaica con una potencia nominal de 121 MW. A su vez, el proyecto considera las siguientes tipologías secundarias: b) Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestaciones. b. 1. Se entenderá por líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas líneas que conducen energía eléctrica con una tensión mayor a veintitrés kilovoltios (23 kV). b. 2.
Se entenderá por subestaciones de líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje aquellas que se relacionan a una o más líneas de transporte de energía eléctrica, y que tienen por objeto mantener el voltaje a nivel de transporte.
Dado que el Proyecto habilitaría una línea interna y aérea de alta tensión (LAT) de 33 kV que llevaría la energía generada por los paneles hasta la subestación elevadora, línea de alta tensión (LAT) de 220 kV, y se contaría además con una subestación eléctrica. El Proyecto No deriva de un requerimiento de ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental o un programa de cumplimiento aprobado por la Superintendencia del Medio Ambiente, o de una sentencia judicial. El Proyecto se ubicaría en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, provincia de Cardenal Caro, comuna de Marchigüe, específicamente en un terreno rural.
El predio corresponde al Rol Servicio de Impuestos Internos Nº 163-3, de la comuna de Marchigüe, yse encuentra inscrito a Fojas 19 Vuelta, Número 18 del año 2008, correspondiente al Registro del Conservador de Bienes Raíces de Peralillo, denominado como predio rústico "El Molino", con una superficie indicada de 1639,4 hectáreas.
El Proyecto abarca una superficie de intervención máxima de 283,59 ha, de las cuales 260,86 hectáreas corresponderían al área destinada al Parque Solar, 19 hectáreas corresponderían a la servidumbre de la línea eléctrica de alta tensión (220 kV), 1,07 hectáreas corresponderían a la servidumbre de la Línea de Alta Tensión de 33 kV, y2,57 hectáreas corresponderían a los caminos de accesoque serían habilitados para llegar a las partes y obras del Proyecto.
Para acceder al Proyecto, a partir de la Ruta H-90 se recorrerían 4,6 kilómetros hacia el norte, por la Ruta H-76, para luego empalmar hacia el poniente por la Ruta I-20, por aproximadamente 8 kilómetros, hasta el punto de acceso al camino de acceso proyectado. Cabe señalar que la Ruta I-20 también es conocida como Ruta H-20. El acceso al Proyecto se realizaría desde la Ruta I-20, hasta llegar al acceso al predio donde se insertaría el Proyecto, coincidiendo con el término del pavimento.
Desde esta ruta, el acceso al Proyecto se haría a partir del camino de acceso a ser habilitado, el cual tiene un largo aproximado de 4,2 kilómetros y un ancho de 6 metros hasta llegar al área del Proyecto. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2668276 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.193 Martes 8 de Julio de 2025 Página 3 de 4 El Proyecto señala como objetivo la generación de energía eléctrica a partir de la energía solar, para ello se instalaría un Parque Solar con una potencia nominal de 121 MW, y se implementaría una línea de alta tensión (220 kV), de longitud de 4,7 km, punto donde se conectaría a la Nueva Subestación Eléctrica Portezuelo.
Cabe señalar que la inyección de energía al Sistema Eléctrico Nacional contribuiría al cumplimiento de las metas de descarbonización y diversificación en la matriz energética nacional, destacando la contribución con la Política Energética 2050 del Ministerio de Energía. La vida útil por Fase correspondería a: Construcción (16 meses para las obras proyectadas), y requeriría de una dotación máxima de 550 trabajadores.
La Fase de Operación tendría una duración de 30 años, y sería operada de forma remota, por lo que no se encontrarían trabajadores de forma permanente, sin embargo, se contaría con un equipo máximo de 15 trabajadores en labores de mantención programadas.
Finalmente, la Fase de Cierre tendría una duración de seis meses y contempla la desenergización de las instalaciones, desmantelamiento de la Planta Fotovoltaica, de la subestación elevadora y de la línea de alta tensión, retiro de equipos y maquinaria y posterior limpieza y cierre del sector. Para esta fase se proyecta un requerimiento máximo de 250 trabajadores.
Los principales elementos del medio ambiente consideradosen la línea base declarados por el Proponente, en el Estudio de Impacto Ambiental en su Capítulo 3 y Anexos se caracteriza la situación actual (línea base) del medio ambiente en el área de influencia del Proyecto, para cada uno de los elementos clima y meteorología, ruido, hongos y líquenes, geología, geomorfología y riesgos naturales, hidrología ehidrogeología, suelos, flora y vegetación, fauna, fauna invertebrados, ecosistemas terrestres, patrimonio cultural; arqueología y paleontología, paisaje, áreas protegidas y sitios prioritarios para la conservación, atractivos asociados a flujos de visitantes o turistas, uso del territorio y su relación con la planificación territorial, medio humanoy proyectos con resolución de calificación ambiental en el área de influencia del Proyecto.
La implementación del Proyecto requiere de un monto de inversión de ciento cuarenta y seis millones de dólares (USD$146 millones). A partir del análisis de cada uno de los literales establecidos en el artículo 11 de la ley Nº 19.300, detallados en los artículos 5 al 11 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, el Titular declara que el Proyecto requiere ser evaluado a través de un Estudio de Impacto Ambiental, debido a que su ejecución genera los efectos, características o circunstancias descritas en el artículo 11 letra b), pormenorizada en el artículo 6º, letra b) del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, relativo a lo siguiente: FV-1: Pérdida de ejemplares de flora en categoría de conservación FV-2: Pérdida de bosque nativo En atención a lo establecido en el artículo 97 del RSEIA, el Titular presenta un Plan de Medidas de Mitigación, Reparación y Compensación ambiental que consiste en lo siguiente: Medida de Mitigación MMFV-1: Rescate y relocalización de ejemplares de flora en categoría de conservación. Medida de Compensación MCFV-2: Programa de manejo de germoplasma de flora en categoría de conservación, y Medida de Compensación MCFV-3: Restauración, Reforestación y Resguardo del Sitio de Compensación. El Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto se encuentra a disposición para su consulta de los interesados en el sitio web www.sea.gob.cl, enlace electrónico id_expediente= 2165501331, link: https://seia.sea.gob.cl/expediente/ficha/fichaPrincipal.php?modo=ficha&id_ expediente=2165501331 y en las siguientes instituciones: a.
Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, ubicada en calle Campos Nº 241, piso 7, ciudad de Rancagua, de lunes a viernes de 8:30 a 13:30 horas. b. Gobierno Regional del Libertador General Bernardo O'Higgins: Plaza de Los Héroes sin número, ciudad de Rancagua. Horario de atención de lunes a viernes de 8:30 a 13:30 horas y 14:30 a 17:30 horas. c. Ilustre Municipalidad de Marchigüe: Calle Libertad 490, ciudad de Marchigüe. Horario de atención de lunes a jueves de 8:30 a 18:05 horas, y viernes de 8:30 a 14:30 horas. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2668276 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada.
Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Núm. 44.193 Martes 8 de Julio de 2025 Página 4 de 4 De conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la ley N19.300 y en los artículos 88,89, 90 y 91 del Reglamento del SEIA, cualquier persona, natural o jurídica, podrá formular observaciones al presente Estudio de Impacto Ambiental, dentro del plazo de 60 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente a la fecha de la última publicación del presente extracto en el Diario Oficial y en el diario de la capital regional o de circulación nacional. Las observaciones deberán formularse por escrito, o a través de medios electrónicos de la página web www.sea.gob.cl, icono Realiza observaciones ciudadanas en proyectos con PAC en Proceso. Dichas observaciones podrán realizarse por medio de la firma con clave única, siguiendo los pasos que le indique la plataforma electrónica de realización de observaciones ciudadanas en proyectos con Participación Ciudadana.
También podrán realizar de manera escrita, presentadas en la Oficina de Partes Virtual del Servicio de Evaluación Ambiental o ser presentadas directamente en el domicilio de la Oficina de la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, ubicada en calle Campos Nº 241, piso 7, ciudad de Rancagua.
En tal caso, deberá señalar el nombre del proyecto de que se trata, el nombre completo de la persona natural o de la persona jurídica (y de su representante) que las hubiere formulado, los respectivos domicilios y/o correos electrónicos, para efectos de la notificación, yademás contener sus fundamentos y referirse a la evaluación ambiental del Proyecto. En caso de que las observaciones se expresen a través de medios electrónicos, se deberá suplir la indicación del domicilio por el señalamiento de una dirección de correo electrónico. Asimismo, en el caso de las personas jurídicas, deberán acreditar su personalidad jurídica y representación, además de la vigencia de ambas.
La fecha o plazo máximo para emitir las observaciones ciudadanas será hasta 60 días hábiles, contado desde el día hábil siguiente a la última publicación del extracto en el Diario Oficial y en un diario de circulación regional con alcance en el área de influencia del Proyecto, cuestión a realizar por el Titular.
Se deja constancia que el presente extracto ha sido visado por la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, sobre la base de los antecedentes proporcionados por el Titular del Proyecto en el Estudio de Impacto Ambiental presentado. Lo anteriorNoconstituye pronunciamiento por parte del referido Servicio, respecto a la Calificación Ambiental del Proyecto.
Solicito a usted remitir el mismo día de las publicaciones, a la Dirección Regional del Servicio de Evaluación Ambiental de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins, un ejemplar de cada una de las publicaciones en formato PDF, cuya visualización debe permitir una correcta lecturapara ser incorporadas al expediente electrónica del Proyecto. Solicito a usted remitir al Servicio de Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins un ejemplar de las publicaciones para ser incorporadas al expediente del proyecto. Sin otro particular, le saluda muy atentamente, Yamal Karim Suez Muñoz, Director Regional, Servicio de Evaluación Ambiental Región del Libertador General Bernardo O'Higgins. Director: Felipe Andrés Peroti Díaz Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl CVE 2668276 Sitio Web: www.diarioficial.cl Dirección: Dr. Torres Boonen N511, Providencia, Santiago, Chile. Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl